luismi33 escribió:Bavaro escribió:Pues no sé porque no se niegan varios que conozco y algunos ya llevan un tiempo haciéndolo, sobre todo Policías que hacen de jefe de equipo u Oficiales que hacen de jefe de subgrupo en la UIP, con la responsabilidad que ello conlleva.
Real Decreto 1484/1987, de 4 de diciembre, Naturaleza, régimen Jurídico, Dependencia, Escalas , Categorías, Relaciones de Personal y Administración del mismo, Uniforme, Distintivos y Armamento
CAPÍTULO II. ESCALAS, CATEGORÍAS, RELACIONES DE PERSONAL Y ADMINISTRACIÓN DEL MISMO
SECCIÓN PRIMERA. ESCALA, CATEGORÍAS Y DEMÁS PERSONAL DEL CUERPO NACIONAL DE POLICÍA
Artículo 9.
Cuando, por no existir funcionarios integrantes de la Escala correspondiente, las necesidades del servicio debidamente justificadas así lo exijan, el personal del Cuerpo Nacional de Policía podrá ser adscrito transitoriamente al desempeño de funciones propias de la Escala inmediatamente superior a la que pertenezcan. En dicho supuesto se percibirán las retribuciones correspondientes al puesto de trabajo que se desempeñe. Los puestos correspondientes serán ofertados para su provisión normal y definitiva, en la primera convocatoria posterior que se realice, cesando la adscripción transitoria al proveerse los indicados puestos.
http://www.policia.es/cnp/normativa/nor ... _1484.html
http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1987-27143
Según esto, hasta un Policía podría hacer funciones de Subinspector si tampoco hubiese Oficial.
No conozco a nadie que reciba las retribuciones correspondientes...
Pues hay Compañeros que en su día cobraron varios millones de pesetas por una cosa similar.