NUEVA LEY SEGURIDAD PRIVADA EN EL HORNO

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Re: NUEVA LEY SEGURIDAD PRIVADA EN EL HORNO

Notapor Juramentado » Jue Ene 02, 2014 11:41 pm


Gama De Productos Anticorte

La proteccion ideal
materialpolicial.com
the wire escribió:
Juramentado escribió:Efectivamente, también nos han incluido en el código penal, con las mismas palabras que en la ley. Yo creo que la protección jurídica que se nos da, es la adecuada y suficiente para nuestras funciones.


Lo que más me chirría del artículo es: ¿ por qué no os han incluido con bomberos, sanitarios etc...? Da que pensar


Porque ése apartado se refiere al personal de emergencias en caso de una emergencia o siniestro : "que estuvieran
interviniendo con ocasión de un siniestro, calamidad pública o situación de emergencia", que no es nuestro caso.
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Re: NUEVA LEY SEGURIDAD PRIVADA EN EL HORNO

Notapor the wire » Jue Ene 02, 2014 11:47 pm



intervencionpolicial.com
Juramentado escribió:
the wire escribió:
Juramentado escribió:Efectivamente, también nos han incluido en el código penal, con las mismas palabras que en la ley. Yo creo que la protección jurídica que se nos da, es la adecuada y suficiente para nuestras funciones.


Lo que más me chirría del artículo es: ¿ por qué no os han incluido con bomberos, sanitarios etc...? Da que pensar


Porque ése apartado se refiere al personal de emergencias en caso de una emergencia o siniestro : "que estuvieran
interviniendo con ocasión de un siniestro, calamidad pública o situación de emergencia", que no es nuestro caso.

Creo que vosotros también podréis actuar , con la nueva ley, en ese tipo de situaciones y emergencias etc... Se pueden dar más en un carrefour , metro, edificio público que en la gran vía ...
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Re: NUEVA LEY SEGURIDAD PRIVADA EN EL HORNO

Notapor Juramentado » Jue Ene 02, 2014 11:59 pm



sector115.es
Si, pero nosotros no estaremos apagando el fuego con una manguera ni estaremos poniendo goteros a los heridos, estaremos apoyando a las ffccssee para aislar la zona o lo que se nos mande.
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Re: NUEVA LEY SEGURIDAD PRIVADA EN EL HORNO

Notapor the wire » Vie Ene 03, 2014 12:15 am


Juramentado escribió:Si, pero nosotros no estaremos apagando el fuego con una manguera ni estaremos poniendo goteros a los heridos, estaremos apoyando a las ffccssee para aislar la zona o lo que se nos mande.


Que no no! Que la situación, perfectamente se puede dar y tendréis que ser los primeros en actuar...porque así se os ha facultado...Un accidente en vuestra zona de trabajo, donde hay una gran afluencia de personas y hay que realizar un desalojo, inminente y rápido...no te puedes imaginar como se ponen algunos cuando les dices que se tienen que dejar de comer la hamburguesa y salir echando hostias....
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Re: NUEVA LEY SEGURIDAD PRIVADA EN EL HORNO

Notapor the wire » Vie Ene 03, 2014 12:19 am


Acceso al cuerpo de policía autonómica del País Vasco

nola2hurtu.eus
the wire escribió:
Juramentado escribió:Si, pero nosotros no estaremos apagando el fuego con una manguera ni estaremos poniendo goteros a los heridos, estaremos apoyando a las ffccssee para aislar la zona o lo que se nos mande.


Que no no! Que la situación, perfectamente se puede dar y tendréis que ser los primeros en actuar...porque así se os ha facultado...Un accidente en vuestra zona de trabajo, donde hay una gran afluencia de personas y hay que realizar un desalojo, inminente y rápido...no te puedes imaginar como se ponen algunos cuando les dices que se tienen que dejar de comer la hamburguesa y salir echando hostias....

http://www.larazon.es/detalle_hemerotec ... sXlcX-9KSM

Brillante actuación en primera instancia, de los compañeros VS, acordonando y sacando a gente del alrededor. Y puedo dar fe porque estuve presente.
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Re: NUEVA LEY SEGURIDAD PRIVADA EN EL HORNO

Notapor zildijan » Vie Ene 03, 2014 1:55 am


the wire escribió:
Juramentado escribió:Si, pero nosotros no estaremos apagando el fuego con una manguera ni estaremos poniendo goteros a los heridos, estaremos apoyando a las ffccssee para aislar la zona o lo que se nos mande.


Que no no! Que la situación, perfectamente se puede dar y tendréis que ser los primeros en actuar...porque así se os ha facultado...Un accidente en vuestra zona de trabajo, donde hay una gran afluencia de personas y hay que realizar un desalojo, inminente y rápido...no te puedes imaginar como se ponen algunos cuando les dices que se tienen que dejar de comer la hamburguesa y salir echando hostias....


-Es que eso ya lo tenemos que hacer somos los primeros en intervenir en donde préstamos servicios,apagar el primer fuego y socorrer al primer herido y somos la máxima autoridad hasta que lleguen las ffccss,bomberos etc cuando evacuamos etc.
Nadie lo entiende,pero engancha.
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Re: NUEVA LEY SEGURIDAD PRIVADA EN EL HORNO

Notapor emerito7 » Vie Ene 03, 2014 3:26 am



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desenfunda.com
the wire escribió:
Juramentado escribió:Efectivamente, también nos han incluido en el código penal, con las mismas palabras que en la ley. Yo creo que la protección jurídica que se nos da, es la adecuada y suficiente para nuestras funciones.


Lo que más me chirría del artículo es: ¿ por qué no os han incluido con bomberos, sanitarios etc...? Da que pensar

Sencillo. A ellos se les aplica con una restricción acorde al ejercicio de sus funciones, y a nosotros se nos aplica acorde al ejercicio de las nuestras. Si a nosotros se nos diera en el caso de "ocasión de un siniestro, calamidad pública o situación de emergencia", y además, solo cuando se dé "con la finalidad de impedirles el ejercicio de sus funciones", quedaríamos desprotegidos en muchos casos... es obvio. Nuestra consideración debe ser distinta, así como nuestro trabajo es distinto. Por qué no han recogido a los bomberos y sanitarios en 556?... exactamente por lo mismo, por que la naturaleza de sus funciones no lo requiere a nivel general, aunque personalmente, recogería algunos casos en los que podría aplicarse algo similar o parecido de no seguir sus instrucciones en caso de emergencia.
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Re: NUEVA LEY SEGURIDAD PRIVADA EN EL HORNO

Notapor Juramentado » Vie Ene 03, 2014 6:37 am


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the wire escribió:
Juramentado escribió:Si, pero nosotros no estaremos apagando el fuego con una manguera ni estaremos poniendo goteros a los heridos, estaremos apoyando a las ffccssee para aislar la zona o lo que se nos mande.


Que no no! Que la situación, perfectamente se puede dar y tendréis que ser los primeros en actuar...porque así se os ha facultado...Un accidente en vuestra zona de trabajo, donde hay una gran afluencia de personas y hay que realizar un desalojo, inminente y rápido...no te puedes imaginar como se ponen algunos cuando les dices que se tienen que dejar de comer la hamburguesa y salir echando hostias....

Que me vas a contar!, en alguna ocasión he tenido que hacerlo, y no sólo en simulacros, pero éso es precisamente lo que hace la policía, desalojar en caso de emergencia y acordonar la zona hasta que lleguen los servicios de emergencia, osea, bomberos y ambulancias.
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Re: NUEVA LEY SEGURIDAD PRIVADA EN EL HORNO

Notapor the wire » Vie Ene 03, 2014 1:32 pm


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"con la finalidad de impedirles el ejercicio de sus funciones", quedaríamos desprotegidos en muchos casos..."



Hombre, ya sabes lo que pasa cuando sobrepasáis el ejercicio de vuestras funciones ...explícame eso que no me queda claro
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Re: NUEVA LEY SEGURIDAD PRIVADA EN EL HORNO

Notapor emerito7 » Vie Ene 03, 2014 7:31 pm


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the wire escribió:"con la finalidad de impedirles el ejercicio de sus funciones", quedaríamos desprotegidos en muchos casos..."



Hombre, ya sabes lo que pasa cuando sobrepasáis el ejercicio de vuestras funciones ...explícame eso que no me queda claro

No te quedes solo con esa parte, pues el artículo habla de cuando se les impida el ejercicio de sus funciones siempre cuando sean "con ocasión de un siniestro, calamidad pública o situación de emergencia", es decir, que si el caso se me da realizando mis labores en un estadio de futbol (cacheos preventivos), o actuando ante un hurto, o sencillamente ante una actitud incívica... nada, o incluso si solo se diera la condición de que fuera cuando se me impidiera realizar el ejercicio de mis funciones... cuando algún colgado al cual, en una ocasión anterior, cogí robando (por ejemplo) y lo crují, un día cualquiera, de repente, sin impedirme realizar mis funciones, sencillamente llega y me agrede... tampoco estaría protegido en tal caso, ni se me daría una consideración acorde a mi cargo. No se trata de sobrepasar el ejercicio de mis funciones, se trata de que en el ejercicio de MIS funciones (no de las que sean similar a las del personal de emergencias), esté protegido. POR ESO no se nos ha recogido en ese artículo, sino en el que nos corresponde.
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Re: NUEVA LEY SEGURIDAD PRIVADA EN EL HORNO

Notapor emerito7 » Vie Ene 03, 2014 7:43 pm


Gc Edicion 175 Aniversario

gafaspolicia.com
Por cierto, de verdad confiáis en una circular de la UCSP para saber cómo interpretar el artículo? no he visto una Unidad a la que los tribunales hayan llevado en más ocasiones la contraria, o que se desdiga o se contradiga a sí misma en tantísimas ocasiones... Lo último, por ejemplo, la imposición de la AN echando para atrás una disposición de estos, de obligado cumplimiento, y tan importante como son las características de nuestra TIP, así como muchas contradicciones de los tribunales hacia las disposiciones, o más bien "opiniones" de esta Unidad. Entiendo que para vosotros, es muy fácil decir que estáis siguiendo una circular y punto... pero que pasaría si sale una circular diciendo que la interpretación que ellos "creen correcta" (por que no olvidemos que siempre encabezan esos documentos diciendo que no es vinculante, basicamente diciendo que es "lo que ellos creen") es que se nos da solo cuando estemos acompañados de la policía, pero los tribunales, en su mayoría empiezan a castigar como atentados las agresiones a VS, o al menos a aceptar las detenciones o las denuncias por desobediencia? seguiríais siguiendo la "circular" de la UCSP? y si alguno detiene a un VS por detención ilegal, por que este ha detenido a alguien por desobediencia grave, y el VS pide un habeas corpus, y el juez da la razón al VS? sabeis, de alegar que estabais siguiendo una circular de la UCSP, lo que pasaría? que esa Unidad diría que sus escritos no son vinculantes, solo orientativos y en ningún caso aseguran que sean correctos... vamos, que se lavaría las manos como cuando han crujido a algún VS por seguirlos... entonces qué?...
Sigo sin entender cómo para vosotros, esas circulares son "palabra de Dios".
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Re: NUEVA LEY SEGURIDAD PRIVADA EN EL HORNO

Notapor Hogueras con sidra » Vie Ene 03, 2014 9:04 pm



foropolicia.es
Es simple, no son palabra de dios, son palabras de un comisario, jefe de una unidad con competencia plena en ello, por eso nos gusta hacerle caso, porque no contienen órdenes ilegales y somos un cuerpo jerarquizado y subordinado.
Pero tampoco creo yo que se sigan mucho esas circulares, pero vienen bien para llevarte la contraria Emerito7 :lol:
Yo en mi etapa de zetero nunca ponía el DNI del v.s, ni su tfno particular y tenía que poner su filiación porque me lo exigía el policía de la ODAC para rellenar los campos de la citación en el programa específico y con el que yo tenía no era nada fácil debatir.
Pero en los casos de delito en mi comparecencia ponía el TIP, pero claro, al Señor Instructor del atestado no le discutía tampoco, que mi labor y competencia estaba muy limitada.
Y si tú sabes escribir tan bien como lo dices tantas veces, los policías también nos defendemos en ese campo, que alguna intervención fastidiada tenemos y no nos "cruje" el juez, como te empeñas en predecir cada poco.
Pero tú puedes estar todo lo seguro de detener y lo harás, pero si el policía que llega a hacerse cargo del detenido, si no comparte tu criterio, pues es muy fácil que no lo detenga y tramite un JIF por falta de lesiones, porque tus palabras, Emerito7, tampoco son palabra de Dios.
Pero estoy seguro que cuando suceda eso, tú si irás al juzgado a denunciar a esos policías y hablarás con tus amigo juez y el otro amigo inspector, jefe de la unidad provincial de seguridad privada, para que les tiren de las orejas a los policías, como ya has dicho que has hecho en más de una ocasión.
Última edición por Hogueras con sidra el Sab Ene 04, 2014 5:51 pm, editado 1 vez en total
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Re: NUEVA LEY SEGURIDAD PRIVADA EN EL HORNO

Notapor the wire » Vie Ene 03, 2014 9:59 pm


Cartera porta placa CNP

fabricado en piel de vacuno
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emerito7 escribió:Por cierto, de verdad confiáis en una circular de la UCSP para saber cómo interpretar el artículo? no he visto una Unidad a la que los tribunales hayan llevado en más ocasiones la contraria, o que se desdiga o se contradiga a sí misma en tantísimas ocasiones... Lo último, por ejemplo, la imposición de la AN echando para atrás una disposición de estos, de obligado cumplimiento, y tan importante como son las características de nuestra TIP, así como muchas contradicciones de los tribunales hacia las disposiciones, o más bien "opiniones" de esta Unidad. Entiendo que para vosotros, es muy fácil decir que estáis siguiendo una circular y punto... pero que pasaría si sale una circular diciendo que la interpretación que ellos "creen correcta" (por que no olvidemos que siempre encabezan esos documentos diciendo que no es vinculante, basicamente diciendo que es "lo que ellos creen") es que se nos da solo cuando estemos acompañados de la policía, pero los tribunales, en su mayoría empiezan a castigar como atentados las agresiones a VS, o al menos a aceptar las detenciones o las denuncias por desobediencia? seguiríais siguiendo la "circular" de la UCSP? y si alguno detiene a un VS por detención ilegal, por que este ha detenido a alguien por desobediencia grave, y el VS pide un habeas corpus, y el juez da la razón al VS? sabeis, de alegar que estabais siguiendo una circular de la UCSP, lo que pasaría? que esa Unidad diría que sus escritos no son vinculantes, solo orientativos y en ningún caso aseguran que sean correctos... vamos, que se lavaría las manos como cuando han crujido a algún VS por seguirlos... entonces qué?...
Sigo sin entender cómo para vosotros, esas circulares son "palabra de Dios".

Por lo pronto creo que tu no crujes a a nadie, ya que no eres juez, fiscal o policía judicial. En cuanto algunas afirmaciones, no pecas en algunas ocasiones de pseudojuez o pseudopolicia? yo sinceramente tus interpretaciones sobre algunas cuestiones las veo surrealistas. Cuando seas Policía, cambiarás el chip, supongo, si no te esperan bastantes disgustos. Lo que veo claro, es que en la ley, CP, os dieran esas atribuciones las dejarían cristalinas, pero ya te digo, tiempo al tiempo. Te ánimo a detener,a denunciar y meterte en jaleos acordes a tu sueldo y tu categoría profesional, supongo que eres joven y osado y como ya me dijiste, no tienes complejos.Un saludo
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Re: NUEVA LEY SEGURIDAD PRIVADA EN EL HORNO

Notapor Dani90 » Vie Ene 03, 2014 10:34 pm


the wire escribió:
emerito7 escribió:Por cierto, de verdad confiáis en una circular de la UCSP para saber cómo interpretar el artículo? no he visto una Unidad a la que los tribunales hayan llevado en más ocasiones la contraria, o que se desdiga o se contradiga a sí misma en tantísimas ocasiones... Lo último, por ejemplo, la imposición de la AN echando para atrás una disposición de estos, de obligado cumplimiento, y tan importante como son las características de nuestra TIP, así como muchas contradicciones de los tribunales hacia las disposiciones, o más bien "opiniones" de esta Unidad. Entiendo que para vosotros, es muy fácil decir que estáis siguiendo una circular y punto... pero que pasaría si sale una circular diciendo que la interpretación que ellos "creen correcta" (por que no olvidemos que siempre encabezan esos documentos diciendo que no es vinculante, basicamente diciendo que es "lo que ellos creen") es que se nos da solo cuando estemos acompañados de la policía, pero los tribunales, en su mayoría empiezan a castigar como atentados las agresiones a VS, o al menos a aceptar las detenciones o las denuncias por desobediencia? seguiríais siguiendo la "circular" de la UCSP? y si alguno detiene a un VS por detención ilegal, por que este ha detenido a alguien por desobediencia grave, y el VS pide un habeas corpus, y el juez da la razón al VS? sabeis, de alegar que estabais siguiendo una circular de la UCSP, lo que pasaría? que esa Unidad diría que sus escritos no son vinculantes, solo orientativos y en ningún caso aseguran que sean correctos... vamos, que se lavaría las manos como cuando han crujido a algún VS por seguirlos... entonces qué?...
Sigo sin entender cómo para vosotros, esas circulares son "palabra de Dios".

Por lo pronto creo que tu no crujes a a nadie, ya que no eres juez, fiscal o policía judicial. En cuanto algunas afirmaciones, no pecas en algunas ocasiones de pseudojuez o pseudopolicia? yo sinceramente tus interpretaciones sobre algunas cuestiones las veo surrealistas. Cuando seas Policía, cambiarás el chip, supongo, si no te esperan bastantes disgustos. Lo que veo claro, es que en la ley, CP, os dieran esas atribuciones las dejarían cristalinas, pero ya te digo, tiempo al tiempo. Te ánimo a detener,a denunciar y meterte en jaleos acordes a tu sueldo y tu categoría profesional, supongo que eres joven y osado y como ya me dijiste, no tienes complejos.Un saludo



quien ha hablado de crujir? en todo caso, HAN CRUJIDO A VS. creo que se te ha traspapelado alguna frase :victoria:
Todos nos interponemos entre la víctima y el agresor. Todos tendemos la mano al indefenso. Y todos daríamos todo por un compañero. O acaso miramos el uniforme que viste?

Claro que no. El uniforme se lleva por dentro.
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Re: NUEVA LEY SEGURIDAD PRIVADA EN EL HORNO

Notapor Juramentado » Sab Ene 04, 2014 12:03 am


Lo que emerito7 quiere decir es muy fácil, que las circulares de las USP, no son fiables, en el sentido, de que después de haber metido la pata, algunas veces, han tenido que poner en sus escritos que no son vinculantes, solo orientativos, porque ya algún vigilante, por seguir ésas circulares, se ha metido en problemas, incluso han perdido el puesto de trabajo. Y en ningún momento ha puesto que él se va "crujir" a nadie, creo que wire se ha confundido en la frase, donde dice que se han "crujido" a algún vigilante, refiriéndose a los jueces.
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