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El juez finaliza la investigación del supuesto chivatazo a ETA en el Faisán
PABLO RUZ REMITE EL SUMARIO A LA SALA DE LO PENAL DE LA AUDIENCIA NACIONAL PARA QUE FIJE FECHA DEL JUICIO
V.PRESS- Sábado, 17 de Noviembre de 2012 - Actualizado a las 05:40h
madrid. El juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz dio ayer por terminada la instrucción del caso Faisán, que investiga el supuesto chivatazo a la red de extorsión de ETA en 2006, y ha remitido el sumario a la Sala de lo Penal para que fije la fecha para juzgar al exjefe superior de Policía del País Vasco Enrique Pamiés y al inspector José María Ballesteros.
El magistrado decidió el pasado 11 de octubre procesar al exjefe superior de Policía del País Vasco, Enrique Pamiés, y al inspector del mismo cuerpo José María Ballesteros, acusados de los delitos de revelación de secretos y de colaboración con banda armada.
Los hechos tuvieron lugar en mayo de 2006, en pleno proceso de conversaciones entre el Gobierno y ETA. Desde hacía unos meses, la Policía mantenía bajo vigilancia el bar Faisán de Irun y a su propietario, Joseba Elosua, ya que tenía indicios de que en torno al mismo operaba la red de extorsión de la banda armada. Los investigadores del caso tuvieron conocimiento por la Policía francesa de que el 4 de mayo un activista de la banda se desplazaría desde territorio galo hasta el bar Faisán para recibir de Elosua una cantidad de dinero supuestamente procedente del llamado impuesto revolucionario de ETA.
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Dos mandos policiales irán al banquillo por el chivatazo a ETA
Pamies y Ballesteros están acusados de frustrar una operación contra la red de extorsión
Efe madrid | Actualizado 12.04.2013 - 05:05
La Audiencia Nacional acordó ayer juzgar al ex jefe superior de Policía del País Vasco Enrique Pamies y al ex inspector de la Brigada de Información de Álava José María Ballesteros como presuntos responsables del chivatazo a ETA, por el que se frustró una operación contra su red de extorsión en 2006.
La sección tercera de lo Penal dio así el último paso para sentar en el banquillo a ambos responsables policiales por el llamado caso Faisán -el nombre del bar de Irún en el que se produjo el soplo-, al decretar la apertura de juicio oral.
El juez Pablo Ruz procesó a ambos por colaboración con banda armada y revelación de secretos. Según su hipótesis, "los detalles del operativo policial que estaba preparándose en torno a la red de extorsión" de la banda "llegaron al conocimiento" de Pamies, a lo largo de la tarde y noche del 3 de mayo de 2006.
A raíz de conocer "todos los detalles" por parte de otros responsables policiales, Pamies contacta con Ballesteros para que al día siguiente se desplace a Irún "al objeto, presuntamente, de permitir el contacto con Joseba Elosua (dueño del bar Faisán) y poder trasladarle la información" sobre el operativo "con la intención de frustrar el mismo", indicaba el juez.
JUSTICIA Pamies fue condenado a un año y medio de cárcel por revelación de secretos
Interior releva de su puesto al comisario del 'chivatazo' a ETA sin esperar a que sea firme su condena
Desde este viernes, Enrique Pamies ya no es el comisario de Huesca
Pasará a desempeñar un cargo burocrático en la Jefatura Superior de la Policía de Aragón
El ministro del Interior dijo que no tomaría ninguna decisión mientras el TS no lo confirmara
EUROPA PRESS Madrid
Actualizado: 23/11/2013 19:56 horas
El Ministerio del Interior ha relevado de su puesto como responsable de la Comisaría de Huesca a Enrique Pamies, sin esperar a que el Tribunal Supremo confirme su condena como autor del chivatazo a ETA en el bar Faisán, han confirmado a Europa Press fuentes policiales.
Enrique Pamiés fue condenado junto al inspector José María Ballesteros por la Audiencia Nacional a un año y medio de cárcel y cuatro de inhabilitación por un delito de revelación se secretos.
Tras conocerse esta decisión de la Audiencia Nacional, el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, aseguró que no adoptaría ninguna decisión en torno a los condenados hasta que esta sentencia fuera confirmada por el Alto Tribunal.
"Cuando sea firme porque se han agotado los recursos a los que tengan derecho los interesados y los ejerzan, cuando ese fallo sea definitivo y se nos haya notificado, se cumplirá. Hasta que llegue ese momento no vamos a tomar ninguna decisión en el Ministerio", aseguró Fernández Díaz el mismo día que se conoció la sentencia el pasado 16 de octubre.
Las fuentes policiales consultadas han informado que desde ayer Pamies ya no es el comisario de Huesca y pasará a desempeñar la función de secretario general de la Jefatura Superior de la Policía de Aragón, un cargo burocrático según explican estas fuentes.
Su lugar en la comisaría oscense lo ocupará a partir de ahora Fernando Pascual Grasa, que hasta ahora desempeñaba la función de Jefe de Seguridad Ciudadana en Zaragoza.
Tanto Pamies como Ballesteros, los dos condenados, tienen presentados sendos recursos ante el Tribunal Supremo en contra de la sentencia de la Audiencia Nacional que les condenó por el chivatazo.
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TERRORISMO Dignidad y Justicia recurre la sentencia al entender que hubo colaboración con la banda
El chivatazo a ETA llega al Supremo
FERNÁNDO LÁZARO Madrid
Actualizado: 10/12/2013 03:08 horas
Pasó por la Audiencia. Estuvo en manos de tres jueces de instrucción (Fernando Grande-Marlaska, Baltasar Garzón y Pablo Ruz). Pasó a la sala donde fue juzgado. Se dictó una primera sentencia y, por fin, el caso del chivatazo policial a ETA acaba en el Tribunal Supremo.
La sentencia de la Audiencia Nacional condenaba como autores de la delación a ETA en mayo de 2006 al que era jefe superior de la Policía en el País Vasco en aquella fecha, Enrique Pamies, y al inspector dedicado a luchar contra el terrorismo internacional José María Ballesteros. Pero la condena, de año y medio de cárcel, se contemplaba únicamente por revelación de secretos. Sobre la mesa tenían otra acusación: colaboración con organización terrorista.
Considera que los acusados sabían que estaban ayudando a etarras
Los magistrados de la Audiencia entendieron que esos mandos fueron los que facilitaron información sobre una operación inminente contra el entramado de extorsión de ETA a uno de los máximos responsables de la trama, Joseba Elosua, el dueño del bar Faisán. Y por ello les condenó. Pero entendió la Sala que no se había producido una colaboración con organización terrorista, sino que se trataba únicamente de una revelación de secretos.
Dignidad y Justicia acusaba a estos policías de ambos delitos. Y por ello entiende que debe recurrir, que debe acudir al Tribunal Supremo, ya que sostiene que los dos agentes, siguiendo órdenes de alguien que la Justicia no ha precisado, colaboraron con ETA al facilitar información reservada a un presunto etarra.
El fiscal acusaba únicamente de revelación de secretos. Por orden del fiscal general del Estado, finalmente tuvo que añadir a su acusación el delito de colaboración con banda armada. Pero excluía uno al otro. Entendía que si era condenado por uno de los delitos, no podía ser condenado por el otro: o colaboraba o revelaba secretos. Y así, con este criterio, entiende la Fiscalía que la Sala avalaba una de sus acusaciones, por lo que no ha recurrido la sentencia.
La abogada de Dignidad y Justicia, Vanessa Santiago, cree que hay jurisprudencia suficiente en el Supremo que sostiene que el comportamiento de los condenados corresponde a un acto de colaboración con banda armada, por lo que solicita al Alto Tribunal que condene a los dos acusados, Pamies y Ballesteros, a 10 años de cárcel.
El Partido Popular y la AVT también anunciaron que recurrirían
Cita, entre otras, la sentencia del Supremo 540/2010, que rezaba: "En el delito de colaboración con banda armada, partiendo de una cierta admisión ideológica -no exigida estrictamente en el tipo-, lo relevante es la puesta a disposición de la banda de informaciones, vigilancias de personas, medios económicos, alojamientos u ocultación de personas, etcétera, en definitiva, ayuda externa voluntariamente prestada por quien sin estar integrado en aquella realiza una colaboración de actividad que, en sí misma considerada, no aparece conectada con concreta actividad delictiva".
El recurso de Dignidad y Justicia es categórico: "Entiende esta parte que no cabe duda de que los dos acusados con tal actuación pusieron a disposición de personas de las que tenían plena consciencia de su vinculación con la organización terrorista ETA, determinadas informaciones y detalles sobre la operación montada en torno a su aparato de extorsión que, sin esa ayuda externa, hubiera acabado con la detención de los mismos y la desarticulación de dicho aparato de extorsión de la organización terrorista".
Las otras acusaciones -tanto el Partido Popular como la AVT- anunciaron también su intención de recurrir la sentencia.
La Sala avaló por completo el informe elaborado por el equipo policial dirigido por el comisario Carlos Germán. Clave en la sentencia condenatoria no fue sólo el movimiento de llamadas en las horas calientes entre los acusados, sino las grabaciones de las cámaras de vídeo recogiendo la entrada y salida de Ballesteros del bar Faisán.
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