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En la normativa que indicas, en el artículo 6 está la frase mágica " siempre que sea posibe" ( se parece a la famosa "por necesidades del servicio" ) y por otro lado está el famoso artículo del Reglamento de Armas : 4. Quedan excluidos del ámbito de aplicación de este Reglamento, y se regirán por la normativa especial dictada al efecto, la adquisición, tenencia y uso de armas, por las Fuerzas Armadas y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Para el desarrollo de sus funciones también quedan excluidos los establecimientos e instalaciones de dichas Fuerzas y Cuerpos.
La normativa de seguridad e higiene en el trabajo dice : La presente Ley no será de aplicación en aquellas actividades cuyas particularidades lo impidan en el ámbito de las funciones públicas de:
Policía, seguridad y resguardo aduanero.
Resumiendo : La Administración obliga a los ciudadanos a que tengan sus armas de manera segura ( en armeros) pero ella misma se aplica una Ley distinta. ( como dicen en mi pueblo : El que hizo la Ley, hizo la trampa ) Por lo tanto en mi opinión NO .
PASO CORTO , VISTA LARGA Y MUCHA MUCHA MALA IDEA.