Bicicletas de Pedaleo asistido

Temas sobre tráfico y circulación víal

Moderador: Moderadores Zonales

Reglas del Foro
Este foro está CERRADO, visita y participa en nuestro nuevo foro en: https://www.foropolicia.es.

Por decisión de la administración en este foro ya no se podrán escribir temas ni mensajes nuevos y solo permanecerá abierto a efectos de consulta. Si quieres saber los motivos de este cambio pincha aquí.

Para cualquier información, pregunta o duda puedes enviarnos un e-mail a info@foropolicia.es

Bicicletas de Pedaleo asistido

Notapor nosepuedesabertodo » Lun Oct 07, 2013 3:59 pm


Buenas tardes, no se por que, pero observo que segun mi opinion se dejan en algunos lugares circular Bicicletas de Pedaleo asistido que no cumplen con la homoloacion pertinete, siendo esto un posible problema en caso de accidente y atestado pue necesetarian un seguro para poder asumir la responsabilidad civil subsidaria.

Que se considera bicicleta de Pededaleo Asistido:

Directiva 2002/24/CE

Según el Reglamento General de Vehículos (Real Decreto 2822/1998), se consideran las

siguientes definiciones:

• Ciclo: Vehículo de dos ruedas por lo menos, accionado por el esfuerzo muscular de las

personas que lo ocupan, en particular mediante pedales o manivelas.

• Bicicleta: Ciclo de dos ruedas

• Bicicleta con pedaleo asistido: Bicicleta que utiliza un motor, con potencia no superior a

0.5 kW como ayuda al esfuerzo muscular del conductor. Dicho motor deberá detenerse

cuando se dé cualquiera de los siguientes supuestos:

- El conductor deja de pedalear o presiona los frenos.

- La velocidad supera los 25 km/h

Adicionalmente la Directiva Europea relativa a la homologación de los vehículos a motor

de dos o tres ruedas (Directiva 2002/24/CE), de obligado cumplimiento por los estados

miembros y prevaleciendo sobre los Reglamentos Nacionales, establece que las bicicletas con

pedaleo asistido (bicicletas eléctricas)están exentas de la homologación de esta directiva si:

• Están equipadas con un motor eléctrico auxiliar, de potencia nominal continua máxima

de 250W, cuya potencia disminuya progresivamente y que finalmente se interrumpa

cuando la velocidad del vehículo alcance los 25 km/h, o antes si el ciclista deja de

pedalear o presiona los frenos.

Cumpliendo con ambos requisitos, la bicicleta eléctrica es a todos los efectos una bicicleta

convencional [b]y por tanto ha de ser homologada para circular por la vía pública
según el

Real Decreto 2406/1985, por el que se declaran de obligado cumplimiento las especificaciones técnicas de las bicicletas y sus partes y piezas y su homologación, modificado por el Real Decreto 82/1999, de 22 de enero.

Por otra parte, según el Real Decreto 2822/1998, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos, para circular por vías públicas las bicicletas eléctricas han de estar homologadas. La autorización la concede el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, basándose en un informe positivo de un Laboratorio Oficial y en el que se pondera la incorporación de un motor a dicha bicicleta. En este caso, se le autorizaría la circulación por vías públicas como bicicleta con pedaleo asistido.

Asimismo, para proceder a la homologación y posterior comercialización de cualquier tipo de vehículo en España, es requisito indispensable estar debidamente inscrito en el Registro de firmas autorizadas de fabricantes y/o representantes legales de la Subdirección General de Calidad y Seguridad Industrial.

Tras la homologación se le asignaría un código B0000 de homologación. Pero dada la especial naturaleza de las bicicletas con pedaleo asistido

y el hecho de no quedar recogidas en dicho Real Decreto, el MITyC define un conjunto de

requisitos adicionales que mediante los Laboratorios Acreditados verifica sobre las bicicletas

con pedaleo asistido y si éstas son aptas, concede la homologación según codificación

BPA0000. Si la bicicleta no se corresponde con las definiciones expuestas arriba (motor de

250W máx y 25km/h máx…), la Directiva 2002/24/CE se deberá de aplicar debiendo

corresponderse su homologación con la homologación para los ciclomotores
. Serían también

de aplicación todos los Reglamentos derivados de que el vehículo no sea una bicicleta y sea

un ciclomotor.

En paralelo, a nivel comunitario el CEN (Comité Europeo de Normalización) desarrolló la

Norma Europea EN 15194:2009, para contemplar la especial naturaleza de las bicicletas

con pedaleo asistido cuando la asistencia es eléctrica. La norma española equivalente UNEEN 15194:2009 Ciclos. Ciclos con asistencia eléctrica. Bicicletas EPAC (del inglés

Ellectrically Power Assisted Cycles). Dicha norma EN 15194:2009 afecta a la parte eléctrica

de la bicicleta pero, además, esta misma norma obliga a que la bicicleta cumpla con los

requisitos de seguridad de la EN 14764 o su equivalente UNE-EN14764 para Bicicletas de

Paseo/Ciudad. Requisitos de seguridad y métodos de ensayo (es decir, la lleva implícita).

Adicionalmente toda Bicicleta EPAC fabricada bajo la EN 15194:2009/CE cumplirá con la

Directiva 2006/42/CE de Máquinas, y presentará por tanto el marcado CE, así como con

la Directiva 2004/108/CE de Compatibilidad Electromagnética. La Norma Europea EN

15194:2009 ha sido adoptada de obligado cumplimiento en pocos estados miembros de la

unión europea y en España a día de hoy es de obligatorio cumplimiento.

Toda bicicleta eléctrica fabricada bajo la Normativa Europea de Seguridad EN 15194

EPAC deberán de pasar los mismos ensayos que, por ejemplo, los coches, motocicletas

y ciclomotores. Esto quiere decir que cualquier bicicleta eléctrica así como todos sus

componentes eléctricos y electrónicos deberán de ser testados antes de ser montados en cada bicicleta y después de ser montados en ellas. Todo ello antes de despachar el producto

para su venta.

Esta Normativa Europea de Seguridad EN 15194 EPAC, está ligada a la Directiva Europea de

Seguridad EU 2001/95/CE que: "Obliga a los fabricantes a producir únicamente productos

seguros para el mercado."

La Normativa BATSO para Baterías (implícita también en la EN 15194:2009/CE):

BATtery Safety Organization (Organización para la seguridad en Baterías).

La Normativa BATSO regula el nivel de seguridad de una batería analizada bajo los estrictos

análisis establecidos por la BATSO. Esta Normativa cumple con todo lo establecido por los

tests de las UN, que analiza entre otros aspectos los medio ambientales.

BATSO es una cooperación nacida entre ExtraEnergy, ITRI y la TUV

La meta de BATSO es incrementar la seguridad en las nuevas tecnologías aplicables a

baterías.


Entonces, estas que tienen un acelerador ( que no un un tensiometro de potencia) osea que dejas de dar pedales y le das al gatillo este negro y estas con los pedales quietos siguen subiendo la cuesta.

otras que sobrepasan los 250 w, las he visto de 500 w.

Pues hay muchas y no cumplen las normativa ni de industria ni otras, pero como son importadas de..... china etc, parece ser que la gente las compra y no sabe que estan circulando con un Ciclomotor y no lo digo yo lo dice la normativa:

concede la homologación según codificación

BPA0000. Si la bicicleta no se corresponde con las definiciones expuestas arriba (motor de

250W máx y 25km/h máx…), la Directiva 2002/24/CE se deberá de aplicar debiendo

corresponderse su homologación con la homologación para los ciclomotores. Serían también

de aplicación todos los Reglamentos derivados de que el vehículo no sea una bicicleta y sea

un ciclomotor.
[/b]
Por que se estan dejando alquilar,circular, etc ?

No se si esque me equivoco al leer la normativa o hay una accion pasiva tremenda.

Un saludo.
Última edición por nosepuedesabertodo el Lun Oct 07, 2013 8:00 pm, editado 1 vez en total
nosepuedesabertodo
-Policía en Prácticas-
-Policía en Prácticas-
 
Mensajes: 21
Registrado: Jue Oct 03, 2013 6:28 pm

Re: Bicicletas de Pedaleo asistido

Notapor Mahonei » Lun Oct 07, 2013 6:06 pm


DEPOL Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Por favor, utiliza el botón de "citar" (quote) cuando copies y pegues un texto, de lo contrario se hace muy molesta la lectura, sobretodo si intercalas comentarios.
ImagenImagen
Avatar de Usuario
Mahonei
Nivel: Titan -Subdirector General-
Nivel: Titan -Subdirector General-
 
Mensajes: 15673
Registrado: Vie Abr 06, 2007 5:08 pm
Ubicación: País Vasco - Euskadi


Volver a Tráfico y Circulación Vial

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 0 invitados