articulo 57.2

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articulo 57.2

Notapor Basico » Mié Nov 07, 2007 9:30 am


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Para aplicar este articulo, a parte de tener la sentencia judicial, el Expediente supongo ¿ lo inicio por Preferente u Ordinario?.
Gracias
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Notapor alcala » Mié Nov 07, 2007 4:55 pm


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Si es solo por la sentencia judicial, es`por el ordinario
si el extranjero esta de forma irregular, le haces por el 53.a y 57.2 y por el preferente,
Si se le incoa solo por el 57.2, cuando haya sentencia, como esta lleva aparejada la anulacion de la tarjeta de residencia, se le incoa otro por el 53.a, con eso se asegura que cuando salga de la prision, de inmediato se le expulse
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Notapor Basico » Mié Nov 07, 2007 10:36 pm


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Pero, ¿tu estas seguro que el Juez aplica la anulación de la residencia?, Por que el art 57.2 dice que cabra la expulsion previa la tramitación del expediente, por lo que ¿ no sería más correcto que el fiscal nos de traslado de la sentencia y cuando se ordene la expulsion por el Subdelegado, proceder a ejecutarla?.
Además si el extranjero no entra en prisión, procederemos a incoarle el art.57.2.
Por lo que yo entiendo, el encargado de quitarle esta residencia es el Subdelegado de Gobierno, ¿no?.
Si está ilegal lo más probable es que el Juez le cambie la prisión por expulsion.
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Notapor alcala » Vie Nov 09, 2007 2:55 pm


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En la resolucion del expediente por el 57.2, se le propone y se dicta la expulsion, la cual conllega la perdida de la tarjeta de residencia( ojo con la permanente) NO LO DICTA EL JUEZ lo dicta de delegado sub-delegado del gobierno, y posteriormente comprobada la anulacion del permiso, se le incoa el 53.a
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Notapor Basico » Sab Nov 10, 2007 2:40 am


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si ya tiene una expulsion ordenada ¿porque aplicarle un 53.a?
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Re: articulo 57.2

Notapor alcala » Jue Sep 26, 2013 9:54 pm



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Para no tener que esperar los 30 dias
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