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Buenas,me presento en este subforo, soy militar y entro en Avila el proximo 19 de febrero, el tema es que he leido que es posible mantener el sueldo del ejercito en la academia(REAL DECRETO 456/1986 de 10 de Febrero, por el que se fijan las Retribuciones de los Funcionarios en Prácticas. BOE 56/1986 de 06-03-1986); he llamado a la DFP y me han dicho que no se puede porque el ministerio de defensa dice que no cumplimos el requisito de ser "funcionarios de carrera o interinos, contratados administrativos o personal laboral", que son los tipos de empleados publicos (falta uno que es el de personal eventual, que en ese tipo no entramos) y digo yo, la ley de carrera militar dice que somos personal de la administracion publica, por lo tanto tenemos que ser de alguno de los tipos, me gustaria que alguien que supiera del tema me explicase como es realmente esto y si es de verdad posible mantener el sueldo del ejercito mientras se esta en Avila.
P.D: Espero haberme explicado bien, porque la verdad es que es un tema un poco complejo.
P.D.2:Les comente si contaban los trienios y me dijeron que si, que hacia falta presentar un certificado de servicios prestados y entregarlo una vez jurado el cargo.
Muchas gracias y un saludo.