Hola, he estado buscando en esta página sobre las pérdidas económicas así como plazos, excepciones, etc que nos afectan en una baja por una enfermedad o incapacidad temporal, muchas de ellas ya me han quedado claras pero otras no tanto así que si hay alguien que pueda responder le quedaría agradecido.
La duda principal después de haber estado informándome es que la reducción de salario que conlleva una incapacidad temporal (siempre que no sea en acto de servicio o por operación quirúrgica) no se si es sobre el sueldo base o sobre todo el salario, es decir sueldo base más complementos. Se que la turnicidad si la quitan pero ¿los demás complementos habituales? ¿Se quitan, se reducen igual que la paga base o no se ven afectados?
La siguiente duda es ¿cuanto tiempo después vemos reflejado el hachazo en la nómina?
Pienso que es un tema importante porque más o menos el 50% de nuestra nómina son complementos específicos, territorialidades, productividad funcionarial, etc y no es lo mismo un recorte sobre la paga base que sobre la nómina íntegra.
Gracias por responder.