Cartera Mossos D`esquadra |
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Artículo 41 Jornada de Trabajo :
La jornada de trabajo será de 1.782 horas anuales de trabajo efectivo en cómputo mensual, con una horquilla de 144 a 176 horas.
Si mi interpretación es correcta entiendo que una persona que realice una jornada laboral de 144 ganara lo mismo que una que esté realizando 162 horas?
Ya que la jornada mínima es de 144 horas mensuales
El problema vendría dado a final del año, ya que una persona que haya trabajado 144 horas mensuales a final de año habrá realizado un total de 1.728 horas y faltarían 54 horas para llegar al computo anual que es de 1.782.
Entiendo que para recuperar esas 54 horas, la empresa puede solicitarme que las recupere en mi servicio u otro. Hasta llegar computo no?
Saludos