Delito Contra la seguridad vial ??

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Re: Delito Contra la seguridad vial ??

Notapor Mahonei » Jue Jul 18, 2013 7:20 pm


Txaraina escribió:Por cierto Mahonei, entiendo que un taxista que hace transporte de viajeros desde Francia Hasta España jamas podrá enseñarme una categoria de BTP si en su país no la reconocen ni la canjean. Mientras no se ponga una fecha para funcionar todos con las mismas normas estamos ante estos choques. seguro que si le pido la autorización la autorización para hacer transporte dentro de la comunidad tampoco la tendrá ( no recuerdo bien si los taxis la necesitan pero entiendo que sí). .


¿Entonces qué hacemos con él? ¿Le dejamos proseguir tranquilamente haciendo su servicio? ¿Le sancionamos administrativamente y obligamos a dejar allí mismo a su cliente a la espera de un taxi español? ¿No es un agravio comparativo con los taxistas nacionales que deben sacarse un permiso especial? Y ya no me meto en las "autorizaciones de transporte", que me imagino que no serán problema si es para "dejar" clientes y no para recogerlos.
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Re: Delito Contra la seguridad vial ??

Notapor prodigo » Vie Jul 19, 2013 10:14 pm


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Hola, y apostillanod a lo que dice mi amigo satelite, si te muestra la tarjeta de residencia, y el PNC marroquí, algo raro hay, por que pueden canjearlo..... y si no lo hacen algo habra, de momento, cuenta hasta seis meses, y si han pasado mas de seis meses desde la primera residencia, ese PNC NO ES VÁLIDO PARA CONDUCIR.
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