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Tengo dudas sobre si realmente se llega a cobrar las indemnizaciones por lesión en acto de servicio.
En mi caso, tras proceder a la detención de un individuo ,que se resistió fuertemente, sufrí una lesión en el brazo, no muy grave, pero que de momento me impiide trabajar y hacer cualquier tipo de esfuerzo con dicho miembro.
LLevo mes y medio de baja y parece ser que la recuperación es lenta.
El "individuo", en cuestión, probablemente sea declarado insolvente (a pesar de que si tiene dinero para pagarse abogado y procurador particular).
Me dicen en el sindicato que si le declaran insolvente, el Estado se encarga de pagarnos la indemnización.
¿Sabeis si eso es cierto? ¿A alguno de vosotros le ha ocurrido?
Muchas gracias de antemano.