transporte

Temas sobre tráfico y circulación víal

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transporte

Notapor raj » Dom Feb 10, 2013 8:57 pm



intervencionpolicial.com
muy buenas, me gustaria saber si necesito tarjeta de transporte y tacografo para el furgon de 3500 kg que tengo mas un remolque de 1900 kg,dedicado a la venta ambulante y como servicio privado,es que me han contado muchas respuestas y estoy echo un lio,muchas gracias por vuestra respuesta. :venerar:
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raj
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Re: transporte

Notapor Usgo » Mar Feb 12, 2013 10:52 am



sector115.es
http://www.tarjetasdetransporte.com/mod ... e&artid=16

Artículo 3. Excepciones a la obligatoriedad de la autorización.

1. No será necesaria la autorización exigida en el

artículo anterior para realizar los siguientes transportes:

a) Transportes privados particulares definidos en el

artículo 156 del ROTT.

b) Transportes públicos o privados realizados en

vehículos de menos de 3 ruedas.

c) Transportes privados complementarios que se

realicen en vehículos de hasta 3,5 toneladas de masa

máxima autorizada, inclusive.

d) Transportes públicos realizados en vehículos de

hasta 2 toneladas de masa máxima autorizada, inclusive.

La referida masa máxima autorizada podrá ser modificada

por el Ministerio de Fomento, con carácter general,

o únicamente para los vehículos de determinadas características,

sin que en ningún caso pueda ser superior a 3,5

toneladas.

e) Transportes públicos y privados complementarios

que se realicen íntegramente en recintos cerrados dedicados

a actividades distintas del transporte terrestre, salvo

en los supuestos en que, por concurrir circunstancias de

especial repercusión en el transporte de la zona, el órgano

competente de la Administración de transportes, mediante

resolución motivada y previo informe del Comité Nacional

del Transporte por Carretera, establezca expresamente

la obligatoriedad de autorización.

f) Transportes oficiales.

g) Transportes privados complementarios realizados

por tractores agrícolas.

h) Transportes de equipajes en remolques arrastrados

por vehículos destinados al de viajeros.

i) Transportes fúnebres realizados en vehículos especialmente

acondicionados para ello.

j) Transportes de basuras e inmundicias realizados

en vehículos especialmente acondicionados para ello o

que, en cualquier caso, hubiesen sido adquiridos con este

fin por la correspondiente Entidad local.

k) Transportes de dinero, valores y mercancías preciosas,

realizados en vehículos especialmente acondicionados

para ello.

l) Transportes de medicamentos, de aparatos y equipos

médicos, y de otros artículos necesarios en casos de

ayudas urgentes, y en particular de catástrofes naturales.

2. Los vehículos que lleven unidos de forma permanente

máquinas o instrumentos, tales como los destinados

a grupos electrógenos, grúas de elevación, equipos

de sondeo, etc., constituyendo dichas máquinas o instrumentos

el uso exclusivo del vehículo, no necesitarán estar

amparados por autorización de transporte de clase

alguna, sin perjuicio de las que, en su caso, procedan de

conformidad con lo dispuesto en la legislación sobre tráfico,

circulación y seguridad vial por razón del peso o de

las dimensiones del vehículo.
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Re: transporte

Notapor sattelite » Jue Feb 21, 2013 3:26 pm


En resumen, NO te hace falta.
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Re: transporte

Notapor pakepake » Vie Feb 22, 2013 11:28 am


Prueba Gratis La Plataforma

7 días de prueba
nola2hurtu.eus
No necesaria la Tarjeta de transporte pero sí el taco ya que no se encuentra entre las excepciones del RD 640.
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Re: transporte

Notapor cherochi » Vie Feb 22, 2013 2:38 pm


No necesita tacógrafo ya que esta dentro del apartado C, furgón de 3500 Kg.-
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Re: transporte

Notapor pakepake » Sab Feb 23, 2013 1:16 pm


Fundas Para Grilletes Desde 7?

En cordura o piel, 30 modelos
desenfunda.com
No quedan sometidos al ámbito de aplicación de los Reglamentos de la C.E. 561/2006 y 3821/85 los transportes realizados mediante vehículos destinados al transporte de mercancías cuyo peso máximo autorizado, incluido el de remolques o semirremolques, no supere los 3.500 kg.
Así mismo el 41.2 de la ROTT dice que la excepción del título habilitante no exime de la obligatoriedad del cumplimiento de las normas de ordenación de transporte que le sean de aplicación.
Es el mismo ejemplo que el si a este vehículo se le puede denunciar por exceso de peso por transportes o hay que acudir a la legislación de tráfico.

Y recordar que aunque sea pc si la carga útil supera los 3500 también Tarjeta.
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Re: transporte

Notapor jomabelca » Jue May 23, 2013 12:38 pm


HEKLER & KOCH P30-FX

Sistema de entrenamiento fx
uspsuministros.com
Por fin una pregunta relacionada con el tema que llevo intentando resolver desde hace mucho tiempo y que segun a quien pregunte me dice una cosa u otro. Todavia estoy en fase de estudio de mi negocio de venta ambulante y no tengo claro los pesos exactos de los vehiculos pero aproximadamente seria una furgoneta de 3500 mma y unos 1900 de tara y un remolque de 3500 mma y 1600 tara, por lo que la capacidad de carga de ambos vehiculos seria de 3500 kg. Mi pregunta es si necesito tarjeta de transporte complementaria (por lo tanto necesito que la furgoneta tenga menos de 5 meses), tacografo, limitador de velocidad o alguna cosa mas?

1. La guardi civil: Dice que no necesito tarjeta de transporte complementaria por ser dos vehiculos de menos de 3500 mma cada uno, pero si necesito tacografo y limitador de velocidad.

2. La Conselleria de Transportes: Si que necesito tarjeta de transportes complementario porque considera que los vehiculos se han de sumar y por lo tanto superan los 3500 kg de mma.

Fomento y dgt: hice la consulta hace 4 meses a la dgt por internet me informao que la paso servicio administrativo correspondiente y no reponde nadie, volvi a recordar y ahora no responde ni dgt ni el servicio administrativo...

Si hay que tener tarjeta por sumar los vehiculos entenderia que ninguna furgoneta de 3500 mma podria llevar ningun tipo de remolque, ligero o no, porque superaria los 3500 de mma y por lo que se ninguna furgoneta de mercadillos lleva nada de eso.

No quiero tener que espera a ver si el policia o guardia civil me pone o no la multa, ya que no son de dos duros! quiero ir legal y parece que tengo que remover cielo y tierra para saber como hacerlo? Al final en Valencia, que es mi comunidad, la ultima palabra la tiene la conselleria pero no me queda nada claro lo que me dicen!

Esperando contestaciones, muchas gracias de antemano!
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Re: transporte

Notapor cherochi » Vie May 24, 2013 11:10 am


Cartera Con Placa Escolta

militariapiel.es
Espero que entre todos podamos ayudarte un poco, a solucionar las preguntas.-

Vehículo de 3.500Kg más remolque de más 750 Kg. hasta 4.250Kg, solo necesitas el permiso de conducir B-96.- Y más de 4.250 kg. permiso B+E.-
Vehículo de 3.500 Kg. + remolque no necisita Tacografo, el tacografo, es para el vehículo tractor de más de 3.500 Kg. El tema de targeta de transporte no necesitas si el conjunto de los dos vehículos no supera los 3.500 kG. Si las supera de los dos vehículo superan 3.500 Kg, si necesita tarjeta de transporte según el Reglamento de C.E. 561/06 y 3821/85.-
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Re: transporte

Notapor cherochi » Vie May 24, 2013 11:13 am


Psicotécnicos Joyfepol FERES

joyfepolferes.es
cherochi escribió:Espero que entre todos podamos ayudarte un poco, a solucionar las preguntas.-

Vehículo de 3.500Kg más remolque de más 750 Kg. hasta 4.250Kg, solo necesitas el permiso de conducir B-96.- Y más de 4.250 kg. permiso B+E.-
Vehículo de 3.500 Kg. + remolque no necisita Tacografo, el tacografo, es para el vehículo tractor de más de 3.500 Kg. El tema de tarjeta de transporte no necesitas si el conjunto de los dos vehículos no supera los 3.500 kG. Si las supera de los dos vehículo superan 3.500 Kg, si necesita tarjeta de transporte según el Reglamento de C.E. 561/06 y 3821/85.-
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Re: transporte

Notapor jomabelca » Vie May 24, 2013 4:49 pm


Edición 175 Aniversario Gc

45
gafaspolicia.com
Hola buenas tardes cherochi, en primer lugar agradecer tu interes por resolver mi duda, dicho esto paso a plantear mis dudas, entonces entiendo que, aunque no es mi caso, si tienes una furgoneta de mma 3500 y le acomplas un remolque de + o + de 750 ya tendrias que sacar la tarjeta de transporte complementarioal pasar la suma de 3500 kg?

Pese a que la suma de mma son 7000 kg mi conjunto de vehiculos se considera ligero por no superar la capacidad de carga los 3500 kg.

En el caso de la tarjeta de transporte complementaria dice si los vehiculos pasan los 3500 kg, pero no especifica si es conjunto de vehiculos como si hace en el caso de los tacografos, por lo que yo entiendo que se refiere a vehiculos por separado, no? vamos forgoneta por un lado y remolque por otro y si ninguno pasa de 3500 kg....es mi interpretacion, y la que me dio un guardia civil de trafico pero no asi el de la conselleria que lo que hacia era sumar los dos, cuando en diferentes apartados del reglamento cada vez que dice vehiculos se refiere a individual furgoneta o tractora por un lado y remolque o semirremolque por otro y cuando se refiere a conjunto de vehiculos o vehiculo y remolque siempre lo especifica de ahi mi duda ya que en tarjeta solo dice vehiculos y no conjunto. No se si me he explicado, es lioso!

En el caso de tacografo el reglamento dice que cuando la masa maxima autoriaza de los vehiculos, incluido cualquier remolque o semirremolque , sea superior a 3.5 t se necesita, y del limitador de velocidad no he encontrado nada.

gracias de nuevo!
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Re: transporte

Notapor cherochi » Lun May 27, 2013 9:49 am



foropolicia.es
No tiene nada que ver una cosa con la otra. Primero es que si pasas los 3.500 Kg. necesitas tarjeta y otra el tipo de tarjeta en su caso seria privada complementaria y como bien dices la suma mma no superar los 7.000 Kg. se considera ligera. No podemos juntar las cabras con las ovejas...y para acabar no le des más vueltas.
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Re: transporte

Notapor jomabelca » Lun May 27, 2013 11:24 pm


Cartera Mossos D`esquadra

Realizada en piel
enpieldeubrique.com
Y que implica que sea ligero?y por último entonces un 4x4 de 2100 kg con un remolque de 1600 sí se dedica a venta ambulante, también necesita tarjeta transporte privado complementario?
Gracias
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Re: transporte

Notapor Txaraina » Jue May 30, 2013 7:03 pm


Si tienes la intención de utilizar de manera habitual unos vehículos como los que describes, usarlos para la venta ambulante y como pones en varias ocasiones vas a superar los 3500kg de carga( que si te llevan a pesar supere ese peso), necesitas una tarjeta de privado complementario para no tener disgustos con tráfico. Ademas si lo que transportas es tuyo y lo puedes demostrar con facturas, albaranes u otro documento que acredite que no estas haciendo transporte público te eximirá del uso del tacógrafo.
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