Sanción con luz de corto alcance fundida

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Sanción con luz de corto alcance fundida

Notapor camaro023 » Lun May 06, 2013 1:26 pm


Gc Edicion 175 Aniversario

gafaspolicia.com
Hola a todos, tengo una duda, ¿Es sancionable llevar una luz de corto alcance fundida durante horas de uso de las mismas? En casi afirmativo me gustaría saber la cuantía de la misma, puntos etc. Saludos y gracias!
camaro023
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Re: Sanción con luz de corto alcance fundida

Notapor Usgo » Lun May 06, 2013 4:04 pm


Usgo
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Re: Sanción con luz de corto alcance fundida

Notapor camaro023 » Lun May 06, 2013 4:33 pm


Cartera Mossos D`esquadra

Realizada en piel
enpieldeubrique.com
Habiendo aquí profesionales de la seguridad vial que saben con certeza la respuesta a mi pregunta con sólo leerla creo que me ayudarían más si me la dieran directamente, es un "si" o un "no" con una cifra en €uros y supongo que alguna matización al respecto. Es cómo si alguien pregunta si es delito robarle la radio a un coche y le pasan el enlace del código penal. Aún así agradecido por el enlace de antes. Saludos

PD: He buscado por el foro de la Agrupación de Tráfico pero no he encontrado nada en relación a mi pregunta y en otros foros son todo divagaciones al respecto.
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Re: Sanción con luz de corto alcance fundida

Notapor jotxe » Lun May 06, 2013 4:35 pm


Si ni tú te molestas en buscar lo que necesitas(que se encuentra en 10 sg en el enlace de Usgo)por qué hacerlo los demás por tí?
Cuando no se está cómodo , lo mejor es irse.
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Re: Sanción con luz de corto alcance fundida

Notapor camaro023 » Lun May 06, 2013 10:21 pm


En ningún momento he pedido que nadie lo busque por mi, eso lo dice usted, he pedido una aclaración a los profesionales de la Agrupación de Tráfico que saben perfectamente la respuesta y de hecho he visto mil y una respuestas a preguntas relacionadas con los temas que se tratan en foropolicia. Saludos
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Re: Sanción con luz de corto alcance fundida

Notapor camaro023 » Lun May 06, 2013 10:31 pm


DEPOL Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
El Artículo 15 del Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos habla el tema del alumbrado, pero no dice o he encontrado nada al respecto de alumbrado defectuoso o sin funcionamiento, ¿Alguien me pudiera orientar?
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Sanción con luz de corto alcance fundida

Notapor Usgo » Lun May 06, 2013 10:34 pm



60?
materialpolicial.com
No entiendo que hay que aclarar.
Va al codificado busca el artículo mira la cuantía y ya esta, no hace falta ningún profesional de la agrupación de tráfico.
Una preguntita es usted del gremio?
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Sanción con luz de corto alcance fundida

Notapor Usgo » Lun May 06, 2013 10:36 pm



intervencionpolicial.com
camaro023 escribió:El Artículo 15 del Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos habla el tema del alumbrado, pero no dice o he encontrado nada al respecto de alumbrado defectuoso o sin funcionamiento, ¿Alguien me pudiera orientar?


Algo es algo, ves ya te has molestado un mínimo.
Vas al reglamento de circulación y buscas a partir del artículo 98 en adelante, que hacen referencia al alumbrado.
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Re: Sanción con luz de corto alcance fundida

Notapor camaro023 » Mar May 07, 2013 1:21 pm


Academia Acceso CNP

sector115.es
Y me molestaré en buscar mas cosas que precise consultar, desde luego! Como ya dije he guardado los enlaces. Saludos
camaro023
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Re: Sanción con luz de corto alcance fundida

Notapor Usgo » Mar May 07, 2013 1:28 pm


camaro023 escribió:Y me molestaré en buscar mas cosas que precise consultar, desde luego! Como ya dije he guardado los enlaces. Saludos


De nada, ha sido un placer... :okguay:
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