detención por falta y posterior puesta en libertad!!

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Re: detención por falta y posterior puesta en libertad!!

Notapor Humberto » Lun Mar 18, 2013 6:29 pm


Curso Oposición a la Ertzaintza

Original. Más Fácil. Online.
nola2hurtu.eus
Zaix escribió:1---cuando el funcionario te insulta, ¿le pides su documentación? y este se niega, pero puedes identificarlo a través de un registro de funcionarios, ¿lo detienes igualmente por negativa reiterada a identificarlo o lo miras en el registro y procedes con sus datos?. ?

Si un funcionario me insulta no detengo bajo ningún concepto. Es una falta, algo leve, vamos. Y aunque no sepa su identidad sí sé dónde trabaja, esto es: me da fianza bastante. Sí, claro que puedo pedirle la documentación para saber a quién denunciar, aunque también se puede hacer eso mismo con una llamada de negociado a negociado, con un atento oficio, etcétera. Cuántas veces no se habrá recibido un oficio con lo de: «intereso la identificación de los policías que en la tarde de ayer, sobre las X horas, intervinieron en tal calle sobre la persona de… al haber sido denunciados en causa…y si, sobre el particular, se instruyó atestado». Pues lo mismo, pero a otra administración: «interesa identificación, localización y citación a estas dependencias policiales del funcionario que en la tarde de ayer… al haber sido denunciado por agentes de este cuerpo».
Que no obstante sigues por la vía de la identificación, porque por alguna razón te parece preceptivo, ¿Qué se niega reiterada y terca y obcecadamente a dártela? Y que esto podría considerarse desobediencia grave; pues detención. Claro. Un ilícito: una detención. No hay una respuesta concreta a un supuesto inconcreto, pero, en mi humilde opinión antes de nada, cuando todavía estamos en la primera fase, recién dicha la palabrita malsonante, yo sopesaría lo que es un insulto en sí mismo, su gravedad, el momento del improperio, si hay más público, el ánimo del maledicente y demás circunstancias de la intervención que solo nosotros vemos porque somos los únicos que actuamos, que lo que para unos el insulto puede ser una tempestad en un vaso de agua, para otros, por el contrario, puede convertirse una cosa personal; como dónde estoy, si en «casa ajena», en una administración, en un hospital, en los pasillos de un juzgado, o en la calle; sopesaría las posibilidades anteriores y además vería si es un subordinado y si por tanto no tendrá un superior con el que hablar, etcétera. De seguir por ese camino, el de identificar a toda costa, in situ, sin recular, y llegados al momento de detener, no hay vuelta atrás. Lo tenemos claro: Ley de enjuiciamiento criminal y adelante.

Ante un insulto, cada uno tenemos un aguante lo mismo que cada uno tenemos un modo de persuadir, de convencer para que el que tenemos delante no haga de una cosa leve una grave. Va con las personas y la experiencia. Lo que está claro es que si procedes a la detención de un funcionario, por algo que inicialmente era una falta y que se ha ido transformado en delito, entras en un terreno que es el pan nuestro de cada día: ¿Podía haberse hecho de otro modo? Si la respuesta es no, pues nada. Si la respuesta es sí, cuidado. Sobre todo cuando te pregunte el de la toga.

Zaix escribió: 2---y si el gasolinero trabaja con otro empleado mas, y aunque se niegue a darnos la documentación su compañero aporta sus datos, ¿lo detenemos igualmente?.

Hombre, si sabes su identidad que es lo que necesitas, porque alguien, que no es él, te la facilita y consideras además que es fiable, para qué diantre vas a seguir con la cantinela de que se identifique. Ya sabes quién es. A comparecer y a relatar añadiendo especial atención a esa parte de la negativa a identificarse.

Zaix escribió:3--- y lo de otro compañero que se pone loco con nosotros y es de otro cuerpo, y se niega a aportarnos el T.I.P, unos me dicen que sin duda se lo llevan, tu me dices que mientras se pueda identificar de otra forma, que no se detiene (obviamente me refiero a casos extremos, ¿que nos obliga la ley a hacer?.

Respóndete a ti mismo: ¿Para qué quieres su TIP? Porque ¿no lo lleva visible en el uniforme como es reglamentario? ¿Va solo y sin vehículo? ¿No depende de ninguna emisora que a su vez pueda coordinarse con la nuestra?
¿Si está tan ido que hay que detenerlo, porque por ejemplo es un peligro público, para que quieres su TIP?



Un saludo.
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Humberto
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Re: detención por falta y posterior puesta en libertad!!

Notapor Zaix » Lun Mar 18, 2013 7:29 pm


:aplauso: :aplauso: :aplauso: si señor, humberto, por fin un forero con conocimientos suficientes como para saber contestar como dios manda, sin dar largas (por no saber o por no entenderme?¿¿?¿?¿?)te agradezco muchísimo tus conocimientos,eres un Crack, muchisimas gracias. :venerar: :venerar: :venerar:
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Re: detención por falta y posterior puesta en libertad!!

Notapor Zaix » Lun Mar 18, 2013 8:02 pm


Guantes Anticorte Policiales

Nivel 5 - modelos desde 38?!
desenfunda.com
Grandísima respuesta HUMBERTO, si señor, pero permíteme que rice el rizo y ya acabando:
----si el de la gasolinera esta trabajando solo en la misma y no hay forma de identificarlo, y ademas este se niega obcecadamente a ello...
¿Da suficiente fianza el sitio donde trabaja en caso de que solo cometiera una falta (no delito de desobediencia) y así no pedirle insistentemente su documentación para evitar su detencion por desobediencia grave en caso de que se niegue en rotundo (solo imputarle el delito de desobediencia, !!!no detenerlo!!! por si pudiera ser una extralimitación por nuestra parte ( por pedirle insistentemente el D.N.I sin causa justificada pues ya da la fianza y no necesitamos pedírselo) y por lo tanto detención ilegal)?
¿pedimos un oficio para que se identifique al propietario de la gasolinera, para que el mismo nos de la filiación de su empleado?, en este caso me parece sub-realista no? ¿cual sería el medio para identificarlo entonces, para que se de lo de la fianza bastante...?. Yo entiendo que si se niega obcecadamente ya comete delito de desobediencia,pero si da fianza no se justifica pedirle el D.N.I ¿NO? y en este caso si lo detenemos por desobediencia grave (por no darnos el D.N.I el cual no esta obligado a hacerlo), ¿COMETEMOS UNA DETENCIÓN ILEGAL?
¿el hecho de trabajar ahí le da fianza bastante para no detenerlo por falta? (imaginemonos que lo despiden al dia siguiente, o ... en este caso ya no da fianza, entiendo).
---- y a lo referente a un compañero de otro cuerpo, imaginémonos que va en patrulla a pie y él solito, y ademas no lleva su T.I.P en el pecho, y le pedimos que se identifique con su carnet profesional, y este no quiere (aunque sepamos de sobra que no es un " poli full "pero tampoco sabemos donde trabaja)¿se detiene por desobediencia grave o por falta sin domicilio conocido ni fianza bastante?

En caso de delito se va detenido sea quien sea, esta claro, excepto el rey y pocos mas (excepto cuando lo ordenen sus superirores).
Última edición por Zaix el Lun Mar 18, 2013 9:59 pm, editado 1 vez en total
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Re: detención por falta y posterior puesta en libertad!!

Notapor Zaix » Lun Mar 18, 2013 9:32 pm


Municion Marcadora 9mm Fx

Force on force
uspsuministros.com
Vereis complico tanto el asunto porque, yo entiendo que ante una falta solo se detiene ante "no domicilio y/o no fianza", por lo que entiendo que ante un funcionario de un juzgado por ejemplo que nos insulta (falta art.624) no le podemos detener por el hecho de que, al saber donde trabaja ( juzgado ), ya nos da fianza bastante, y no tenemos razón para identificarlo ( de obligarle a identificarse y negarse en rotundo, si se le detiene ¿podría ser detención ilegal por excedernos en nuestras funciones ? ) ,porque entiendo que seria suficiente con que lo identifiquemos mediante oficio mandado a dicho juzgado para que lo identifiquen alli,¿ o no ?
----.y en el caso de que los dos trabajemos en el mismo juzgado (yo como policia y el como funcionario), mucho mas fácil porque se supone que habra un registro con los datos de todo el personal del edificio ( aqui tema resuelto), lo que veo mas complicado es que si no trabajamos en la misma sede judicial como me aportan por oficio su identificación (si yo no se especificar quien es),
-----entiendo que al no trabajar en la misma sede, preguntaremos a mas funcionarios quien es esa persona, o incluso a sus superiores, o ¿incluso al juez?, no se, ¿ imaginemos que nadie nos quiere decir quién es esa persona? ¿que haríamos? ¿y el eso de que la gente se niegue a decirnos quien es tambien cometen una falta de desobediencia? y por lo tanto mismo procedimiento???...

----En el caso del gasolinero y el compañero que se niega entiendo que: ¿se haría lo mismo que en el caso del funcionario del juzgado no?.

Entiendo que son casos complicadísimos de responder, y que solo un crack sería capaz de explicarlos, pero estas son mis dudas, no existe ninguna mas.
Por preguntas no las hago con ninguna mala intención, quiero que quede claro, solo las hago porque me parece que son dificles de esclarecer y a todos nos quitarían estas dudas, pues estoy seguro que no soy el único que las tengo.
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Re: detención por falta y posterior puesta en libertad!!

Notapor BandidoGC » Mar Mar 19, 2013 9:24 am


Cuchillos Serie Policia

Police-air force-swat
militariapiel.es
Zaix escribió:---- y a lo referente a un compañero de otro cuerpo, imaginémonos que va en patrulla a pie y él solito, y ademas no lleva su T.I.P en el pecho, y le pedimos que se identifique con su carnet profesional, y este no quiere (aunque sepamos de sobra que no es un " poli full "pero tampoco sabemos donde trabaja)¿se detiene por desobediencia grave o por falta sin domicilio conocido ni fianza bastante?
.


Lo siento. Se acabó mi paciencia. Yo no soy ningún crack y además tampoco desbordo simpatía, así que sólo te voy a decir una cosa:

¿Cómo coj.....hiciste para salir de Ávila? Explícamelo, por favor.

Un saludo
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Re: detención por falta y posterior puesta en libertad!!

Notapor Humberto » Mar Mar 19, 2013 1:33 pm


Temario Escala Básica

90 euros. Hacemos envíos a toda España.
joyfepolferes.es
¿pedimos un oficio para que se identifique al propietario de la gasolinera, para que el mismo nos de la filiación de su empleado?, es este caso me parece sub-realista no?.Yo entiendo que si se niega obcecadamente ya comente delito de desobediencia.Y en el caso de que solo cometa falta de desobediencia nada mas,

Se dice «surrealismo» (es un préstamo del francés). Me parece que a esa cuestión ya se ha contestado sobradamente en el presente hilo. Y volver sobre ello es ocioso. Pero, no puedo resistirme: ¡Cómo vas a enviar un oficio a una gasolinera para que identifiquen al empleado! Los oficios están pensados para lo que todos sabemos. Oficiar, en este caso, más que surrealista sería de Perogrullo o de Abundio. Te respondes tú mismo: detención.
"no domicilio y/o no fianza"

¿el hecho de trabajar ahí le da fianza bastante para no detenerlo por falta (imaginemonos que lo despiden al dia siguiente, o ...).

Antes de nada voy a aclararte un error que creo tienes. Para proceder a detener por falta no es «domicilio y/o fianza bastante» sino «domicilio Y fianza». No una u otra sino ambas dos. La «fianza bastante» de que no se escapará a la acción de la justicia es algo que tú valoras y que queda a tu exclusivo criterio. Y hay que tener en cuenta que el domicilio, por lo general, no es el que figura en el DNI. En fin: Caminante no hay camino, se hace camino al andar, golpe a golpe, verso a verso.

--- y a lo referente a un compañero de otro cuerpo, imaginémonos que va en patrulla a pie y él solito, y ademas no lleva su T.I.P en el pecho, y le pedimos que se identifique con su carnet profesional, y este no quiere (aunque sepamos de sobra que no es un " poli full "pero tampoco sabemos donde trabaja)¿se detiene por desobediencia grave o por falta sin domicilio conocido ni fianza bastante?
No dices qué tipo de falta comete para que nos sea tan necesario saber su identidad. No es lo mismo que nos «insulte», que cometa una falta contra el patrimonio.

¿No sabemos dónde trabaja? Quieres decir que esa misma mañana se cayó de un guindo vestido de policía o algo así, porque por muy «libre» que vaya ningún policía que yo sepa va «suelto», siempre tendrá un sector, calle o distrito asignados, dependerá de una emisora que lo coordine, o tendrá un superior del que dependa, habrá salido ese día de un puesto, unidad o departamento, al que volverá finalizado el servicio. Tendrá otras patrullas de apoyo. En fin, esas cosas que tenemos los policías.
Mientras se está de servicio hay una serie de aspectos que no se contemplarían como cuando se está franco.
No especificas en tu supuesto qué tipo de falta comete para que a nosotros nos sea tan imperioso saber su identidad. Pero de darse esa pintoresca y tan singular estampa cinematográfica de no saber quién coño es, ni él querer decirnos quién es y no poder por alguna razón saberlo ni indagarlo por otro medio: detención y conducción para llevar a cabo dicha identificación. Como a cualquiera.

En caso de delito se va detenido sea quien sea, esta claro, excepto el rey y pocos mas (excepto cuando lo ordenen sus superirores).


Puestos a imaginar. Imagínate que paras a un motociclista en la villa y corte de Madrid por saltarse un semáforo. Se quita el casco y descubres, ¡oh, sorpresa!, que se trata de SM don Juan Carlos de Borbón y Borbón, el Jefe del estado. Nada menos. Este, con cara de pocos amigos, se mete la mano al bolsillo y, zas, con un golpe de muñeca se te identifica con su placa emblema del CNP, categoría: comisario principal. Número de carné: 1. Sabes que es cierto porque lo has leído hace tiempo en la revista Policía. SM admite el fallo, vale, pero te dice que era una urgencia, que te pongas a sus órdenes y que le des escolta hasta su residencia, allá en un palacio ubicado junto a El Pardo, aunque también lo sabes. Y además, que dará parte de ti por no haberlo saludado convenientemente: inobservancia del deber de saludo contemplado en la Instrucción 1/1989. No te llevaste la mano a la gorra, porque ni siquiera la llevabas. Glups. ¡Cielos Leoncio!
A su majestad, capitán general de los tres ejércitos y comisario principal del CNP, entre otros cargos, le emana la mala fe por todos sus poros en ese momento. ¿Qué haces? ¿Le das escolta? ¿Te niegas a obedecer a un superior jerárquico cuando te comisiona? ¿Te olvidas del asunto del semáforo porque es inimputable? ¿Le pides el DNI para hacer una minuta o basta solo con poner la filiación que conoces de los libros de historia? ¿Es fianza bastante conocer el lugar donde reside? ¿Es autoridad o agente de la misma?

Un saludo
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Re: detención por falta y posterior puesta en libertad!!

Notapor Zaix » Mar Mar 19, 2013 2:16 pm


Edición 175 Aniversario Gc

gafaspolicia.com
jjajaja, gracias por la respuesta, no os enfadais, solo quiero ponerme en los casos mas extremos, quizas porque tengo pánico a una detención ilegal, ya sabeis lo que es la misma, si ,god bye cnp, y a el que me dice que coño hice para salir de ávila, cuandos quieras chatín, te doy clases de penal, por cierto Humberto si me parece un CRACK, por la paciencia que tubo para contestarme..., no te pongas celoso si es mejor que tu bandido, hay muchisimos por encima tuya y no por eso los que estan encima de ti te dicen que coj... hiciste para salir de Ávila.
Saludos y Muchas gracias Humberto.
Ahhh y nunca subestimeis la inteligencia de nadie, podeis caer en un graso error, recordar esto cuando os pase.Un saludo
Zaix
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Re: detención por falta y posterior puesta en libertad!!

Notapor Humberto » Mar Mar 19, 2013 2:58 pm



foropolicia.es
Gracias, pero no soy ningún crack y estoy lejos de poder dar lecciones. Mi «campo» no es el derecho. «La detención por falta» está ampliamente debatida en el foro, sólo hay que buscar. Entiende que es fácil levantar suspicacias cuando foreros nuevos y no acreditados preguntan sobre según qué cosas.
No es tanto paciencia cuanto mi personal forma de entender ésta profesión y el foro como una extensión del mismo. Así les hablo a mis compañeros, cuando se abre un debate y quieren escuchar y no solamente hacerse oír (porque eso es un debate). Y así escribo. Ocurre que simplemente fui alumno de un antiquísimo método empleado por mi mentor, llamado mayéutica. De ahí mi forma de responder, pretendiendo que tú mismo llegases a tus conclusiones. No sé si lo conseguí pero por ahí iban los tiros.

Un saludo.
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Re: detención por falta y posterior puesta en libertad!!

Notapor BandidoGC » Mar Mar 19, 2013 5:38 pm


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enpieldeubrique.com
Zaix escribió: y a el que me dice que coño hice para salir de ávila, cuandos quieras chatín, te doy clases de penal, por cierto Humberto si me parece un CRACK, por la paciencia que tubo para contestarme..., no te pongas celoso si es mejor que tu bandido, hay muchisimos por encima tuya y no por eso los que estan encima de ti te dicen que coj... hiciste para salir de Ávila.


Pues nada "chatín", a ver si con suerte un día de estos coincidimos en la vía pública de servicio y vienes a identificarme. Y cuando te mande a paseo, vienes e intentas proceder a mi detención, que nos vamos a reír. Así podrás darme esas lecciones de Derecho Penal.

Por un momento dudé de si habías superado la mayoría de edad pero igual va a ser cierto que eres policía. Perplejo me quedo.

Un saludo.

P.D: Humberto no es un "crack" por contestarte, es el Santo Job personificado. Y mira, de él sí que estaría encantado de recibir lecciones, no sólo de Penal sino de la vida en general.
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Re: detención por falta y posterior puesta en libertad!!

Notapor Frankcme » Mar Mar 19, 2013 7:44 pm


Zaix no es policía, es un TROLL y al TROLL no hay que alimentarlo, hay que pasar de él y denunciar sus mensajes, cosa que ninguno de vosotros ha hecho, ¿tan difícil es darle al botón de denuncia??
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Re: detención por falta y posterior puesta en libertad!!

Notapor BandidoGC » Mar Mar 19, 2013 9:06 pm


Frankcme escribió:Zaix no es policía, es un TROLL y al TROLL no hay que alimentarlo, hay que pasar de él y denunciar sus mensajes, cosa que ninguno de vosotros ha hecho, ¿tan difícil es darle al botón de denuncia??


Leí sus mensajes y yo no lo tengo tan claro, por desgracia.

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Re: detención por falta y posterior puesta en libertad!!

Notapor Frankcme » Mié Mar 20, 2013 9:44 pm


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BandidoGC escribió:
Frankcme escribió:Zaix no es policía, es un TROLL y al TROLL no hay que alimentarlo, hay que pasar de él y denunciar sus mensajes, cosa que ninguno de vosotros ha hecho, ¿tan difícil es darle al botón de denuncia??


Leí sus mensajes y yo no lo tengo tan claro, por desgracia.

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Pues será un policía-troll, pero lo que es seguro es que no merece estar entre nosotros.

Cuando veáis a alguien así, utilizar el botón de denunciar por favor, si no los moderadores no nos enteramos. :wink:
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