Detención o traslado a efectos L.O. 1/92 art. 20.2

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Detención o traslado a efectos L.O. 1/92 art. 20.2

Notapor a_wisba » Sab Mar 09, 2013 3:50 am


Curso Oposición a la Ertzaintza

Original. Más Fácil. Online.
nola2hurtu.eus
En primer lugar, ¡¡COLT FELICIDADES POR EL LIBRO QUE HAS PARIDO OTRA VEZ!!, sobran elogios ya para tu obra.
En segundo lugar, quisiera compartir mi experiencia sobre el traslado de extranjeros a dependencias de CNP para cursar las infracciones a la L.E. por parte de otras FFCCS (en mi caso G.C.), basicamente por estancia irregular, tanto de extranjeros documentados como indocumentados. Haber que opinais:
Lo que yo he venido haciendo, y que he visto hacerse en las Unidades que he estado, es practicar la detención cautelar acordada por el Instructor de extranjería del CNP (previa comunicación y acuerdo con éste, por supuesto), procediendo a realizar el correspondiente Atestado, que es entregado simultáneamente al Instructor de extranjería y al Juez de Guardia. Tras leer el libro de Colt, comparto que el traslado de extranjeros en situación irregluar se puede realizar amparados en el art. 20.2 de la L.O.1/92, en lugar de proceder a la detención del extranjero y “judicializar” la actuación (libro de detenidos, comunicación al Juez, etc…).
En mi propia experiencia, e visto que la practica habitual es la de detener al extranjero en cuestion, no se si es por desconocimiento de la correcta aplicación del art. 20.2 para estos supuestos, o bien por interés estadístico (nº de detenidos). No he visto ni una sola vez aplicar la Ley 1/92, ¿Esto es normal?
También he visto alguna vez a algún compañero proceder a la “detención por extranjería” sin acordarlo siquiera con el Instructor de CNP, apareciendo con el detenido de repente en la Comisaría “pasando el marrón” (a él ya le consta la detención y por tanto, un buen servicio). Esto me parece todo un despropósito, ya que en ciertos horarios, no hay nadie en extranjería y no me parece correcto actuar de esta manera entre compañeros.
Me gustaría saber cual es la practica habitual en vuestras Unidades, ya sean Z`s de CNP, Mossos, Ertzaintza, P.L.s, etc.
Un saludo
a_wisba
-Policía en Prácticas-
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