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Willyrex escribió:Si es tal como cuentas, los guardias se columpiaron pero bien, eso es detención de libro...esto m recuerda el otro día cuando un PL me dijo que se había cometido una falta de robo con fuerza... Si es que hay cada uno x ahi...Un saludo
Es posible tal circunstancia, compañero: en caso de robo de uso de vehículo con valor inferior a 400€ .
En cuanto al caso que nos ocupa, se trata claramente de un delito de malos tratos de género de art 153.1 y 3 CP y una falta de amenazas del 620.2º. Las faltas de amenazas hacia los sujetos mencionados en el art 173.2 son posibles y, de hecho, para apreciar delito de amenazas/coacciones leves del 171.4/172.2, hace falta bastante más lio del que armó el individuo.