Vivienda que no es de nadie??

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Re: Vivienda que no es de nadie??

Notapor Duelsinth » Vie Feb 01, 2013 9:18 pm


Sin estar acreditada la oposición del propietario a la ocupación del inmueble, la denuncia por usurpación es imposible que prospere. Y en este caso la propiedad está transitoriamente indeterminada por lo tanto no puede haber oposición ("sin autorización debida", o "contra la voluntad de su titular", que dice el artículo 245.2 C.P.). Es más, aunque esa señora parece ser que no tiene título para ello, podría llegar a convertirse en legítima propietaria del inmueble, por usucapión, transcurridos los plazos y con los requisitos que establece el Código Civil, si los herederos no lo evitan. Es necesario que alguien legitimado para ello, los herederos o cualquiera que por algún título válido se atribuya un derecho real sobre el inmueble, ejerciten las acciones civiles/penales correspondientes para recobrar la posesión. Tú no puedes hacer nada en ese sentido ya que no ostentas ningún derecho sobre el inmueble, careces de legitimación. La comunidad de propietarios tampoco está legitimada en este sentido, con independencia de reclamar a quien corresponda las cuotas vencidas y no satisfechas de la comunidad.

Para lo que sí estás totalmente legitimado es para exigir el respeto a tu derecho al descanso, a que se respeten los estatutos de la comunidad (que suelen prever normas de convivencia en este sentido), a que se respeten las ordenanzas municipales de ruidos, etc. Para ello tiene los recursos que tiene todo el mundo frente a vecinos molestos y ruidosos ....hablar con ellos, con la arrendadora (la vecina listilla), el Presidente de la comunidad, el Ayuntamiento...

Siento tu situación compañero, la he vivido y padecido y es jodido...Un saludo.
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Duelsinth
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Re: Vivienda que no es de nadie??

Notapor MXTL » Lun Feb 11, 2013 6:49 pm


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osito creasy escribió:El problema de los ruidos pienso que es que va a ser difícil sacar una medición positiva, ya que lo que les ocurre a estos inquilinos es que tienen unas costumbres u horas de descanso parece ser bastante diferente a las nuestras, ejemplo, dos niños de 2 y 3 años de edad aproximadamente, a las dos de la madrugada siguen jugando, correteando por todo el piso, con sus respectivos gritos y llantos, quien sea padre, sabrá, que una familia normal no tiene a sus hijos con esas edades despiertos, otro ejemplo, las constantes discusiones entre la pareja, por supuesto en horas de descanso, ellos no discuten por la tarde, la última que conte duro hasta las 5 de la madrugada y porque llame a la policía, pero claro al llegar los compañeros, se callan, todo son buenas caras, si señor disculpe señor, con la voz muy bajita.

Y así pues montones que puedo contar, es un piso muy antiguo, donde se escucha todo por las noches, y entre el ruido, y la irritación que coges, no puedes pegar ojo, muchas noches tengo que dormir con tapones, pero ni por esas.


¿Medición positiva? Creo que si yo por ejemplo con animo de molestar hago un ruido leve pero continuado que pueda ocasionar malestar psicológico ya se podría meter mano por hay.
Creo que la medición de ruido es para un momento determinado no continuo.
Corregidme si me equivoco.
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