Hola, soy nuevo en el foro, soy PL en província de Barcelona y con los compañeros nos ha surgido una duda, a ver si nos podéis ayudar.
Nos ha llegado una información que un local que es la sede social de una asociación, creo que es una asociación de excursionismo, esta ejerciendo de Bar. Tienen mesas, un futbolín, un billar, televisores, una barra donde venden todo tipo de bebidas alcohólicas, además está permitido fumar dentro. Según tenemos entendido sólo entran socios, aunque la mayoría de los socios se inscriben porque vale dos euros al año y les da derecho a entrar, consumir bebidas alcohólicas y demás. Hace el horario de Bar y en el local se accede directamente desde la calle.
Aunque no lo hayamos visto funcionar se plantean varias dudas, no sabemos si es un local de pública concurrencia (sólo permite entrada a los socios) y por tanto no sabemos a través de que normativa se rige. Se puede inspeccionar un local privado dónde sólo permite la entrada a socios? Si no nos dejaran entrar se podría aplicar las sanciones recogidas en locales de pública concurrencia???
Si nos podéis ayudar, nombrando algún articulado específico, nos ayudareis a echarle el guante a ésta gente que a mi modo de ver hace una competencia desleal a los bares de la ciudad.
Gracias de antemano