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¿Dónde viene esto regulado para poder protestar? ¿En la ley de pabellones? Es que tengo una, la verdad que un poco antigua y no viene nada el respecto.
GRACIAS de antemano.
Moderador: Moderadores Zonales
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BandidoGC escribió:Si hay Comunidad de usuarios, tendrá que autorizarlo la misma. Si no, en la O.G. de pabellones quizás explique algo. Supongo que será por alguna antena, ropa tendida o algo similar. Se requiere autorización, si mal no recuerdo.
Un saludo
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