Nueva Placa V.S. en catalán

Foro sobre Seguridad Privada

Moderador: Moderadores Zonales

Reglas del Foro
Este foro está CERRADO, visita y participa en nuestro nuevo foro en: https://www.foropolicia.es.

Por decisión de la administración en este foro ya no se podrán escribir temas ni mensajes nuevos y solo permanecerá abierto a efectos de consulta. Si quieres saber los motivos de este cambio pincha aquí.

Para cualquier información, pregunta o duda puedes enviarnos un e-mail a info@foropolicia.es

Vigilantes agentes de la autoridad en Cataluña

Notapor Roaman » Jue Nov 01, 2012 10:13 pm


BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 262 Miércoles 31 de octubre de 2012 Sec. III. Pág. 76727
MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
13504
Resolución de 23 de octubre de 2012, de la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local, por la que se publica el Acuerdo de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado en relación con la Ley de Cataluña 10/2011, de 29 de diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa.
Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero,
Esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 23 de octubre de 2012.–La Secretaria General de Coordinación Autonómica y Local, Rosana Navarro Heras.
ANEXO
Acuerdo de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado en relación con la Ley de Cataluña 10/2011, de 29 de diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa
La Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado, en su reunión celebrada el día 25 de septiembre de 2012, ha adoptado el siguiente acuerdo:
1. De conformidad con las negociaciones previas celebradas por el Grupo de Trabajo constituido en cumplimiento de lo previsto en el acuerdo de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado, de fecha 21 de marzo de 2012, para el estudio y propuesta de solución de las discrepancias competenciales manifestadas en relación con el artículo 79 de la Ley de Cataluña 10/2011, de 29 de diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa, ambas partes las consideran solventadas en razón de la asunción del compromiso siguiente:
La Generalitat de Cataluña modificará el apartado primero de la disposición adicional séptima de la Ley 4/2003, de 7 de abril, de ordenación del sistema de seguridad pública de Cataluña, que fue incorporado por el artículo 79 de la Ley de Cataluña 10/2011, de 29 de diciembre, de forma que quede redactado conforme al siguiente texto:


«De acuerdo con las atribuciones de coordinación de los servicios de seguridad privada con la policía de las instituciones propias de Cataluña que son competencia de la Generalitat, el personal de seguridad privada, cuando preste servicios para garantizar la seguridad de las infraestructuras y los servicios de transporte público de Cataluña por cuenta de la Administración o de entidades del sector público o empresas operadoras, y siempre que el desarrollo de las funciones se derive del servicio contratado por la Administración o ente público de acuerdo con la legislación de contratación pública, tendrá la condición de agente de la autoridad como colaborador de los cuerpos policiales de Cataluña, en los términos previstos en la normativa estatal.»


Enviado desde Tapatalk con Xperia P
Avatar de Usuario
Roaman
Nivel: Básico -Policía-
Nivel: Básico -Policía-
 
Mensajes: 101
Registrado: Dom Oct 02, 2011 12:43 pm

Re: Vigilantes agentes de la autoridad en Cataluña

Notapor bulkan » Vie Nov 02, 2012 10:25 pm


Guantes Anticorte Policiales

Nivel 5 - modelos desde 38?!
desenfunda.com
Hola a todos. Me alegro por los compañeros pero pero yo lo hubiera ampliado como mínimo a todas las instituciones publicas hospitales, centros de menores, etc
bulkan
-Policía en Prácticas-
-Policía en Prácticas-
 
Mensajes: 55
Registrado: Mié Ago 15, 2012 8:34 pm
Ubicación: Barcelona (ESPAÑA)

Re: Vigilantes agentes de la autoridad en Cataluña

Notapor JASAN12 » Dom Nov 04, 2012 10:17 pm


HECKLER & KOCH SFP9 - SK

Subcompact 9mm x 19
uspsuministros.com
Hombre con el tiempo sera cualquier servicio dependiente de la administración de Cataluña ¿Pero el gobierno central no puede recorger esa ley? ¿sabeis como quedo te tema de la placa?
Avatar de Usuario
JASAN12
Nivel:Profesional -Comisario Principal-
Nivel:Profesional -Comisario Principal-
 
Mensajes: 3774
Registrado: Lun Oct 09, 2006 5:35 am
Ubicación: ESPAÑA

Re: Vigilantes agentes de la autoridad en Cataluña

Notapor alfa-30 » Lun Nov 05, 2012 5:29 am


Camiseta Guardia Civil

militariapiel.es
Como se comento en otros post, yo aun sigo buscando las competencias que tiene la Generalidad sobre la ley de seguridad privada y el personal dado que el estatuto de autonomía lo que recoge es lo siguiente:
http://www.gencat.cat/generalitat/cas/e ... 4.htm#a163

La Generalidad de Cataluña tiene competencias en materia de seguridad privada, de acuerdo con el artículo 163 del Estatuto de autonomía de Cataluña, con respecto a la autorización de las empresas de seguridad privada que tienen su domicilio social en Cataluña y cuyo ámbito de actuación no rebasa este territorio; la inspección y la sanción de las actividades de seguridad privada que se realizan en Cataluña, la autorización de los centros de formación del personal de seguridad privada y la coordinación de los servicios de seguridad e investigación privadas con la policía de la Generalidad y las policías locales de Cataluña.

Pero en ningún punto leo que tengan la capacidad para la modificación de dicha ley o la publicación de nuevas leyes.
Dado que la disposición final primera, apartado segundo, de la Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada, mencionada, establece que todo lo que en ella se regula, se dispone sin perjuicio de las competencias que, en su caso, hayan asumido las comunidades autónomas a través de sus estatutos de autonomía.
http://noticias.juridicas.com/base_dato ... 1-int.html

Aun así siendo egoístas y viendo que benéfica al sector, creo que lo mejor es no buscar los tres pies al gato y ver si esta medida puede ser con carácter estatal y general, no únicamente a los servicios en Cataluña y que se refieran a transportes.

Sobre el tema del idioma de la placa el Estatuto de autonomía de Cataluña, en el artículo 6, dispone que la lengua propia de Cataluña es el catalán y que es el idioma oficial de Cataluña, así como también lo es el castellano, oficial en todo el Estado español. Con el fin de garantizar, pues, el uso normal y oficial de ambos idiomas, la Generalidad tomará las medidas necesarias con el fin de asegurar su conocimiento y creará las condiciones que permitan llegar a su igualdad plena en cuanto a los derechos y deberes de la ciudadanía de Cataluña. En este marco estatutario, se aprobó la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística, que prevé en el artículo 9.2 que el Gobierno de la Generalidad tiene que regular, mediante disposiciones reglamentarias, el uso del catalán en las actividades administrativas de todos los órganos de su competencia; asimismo, el artículo 30 del mismo texto legal prevé, también, que las empresas que gestionan o explotan un servicio concedido por la Administración catalana, tienen que utilizar normalmente el catalán en sus actuaciones y documentación internas y en la rotulación, en las instrucciones de uso, en el etiquetado y en el embalaje de los productos o los servicios que produzcan u ofrezcan.

http://es.scribd.com/doc/82019631/PLACA-VS-CAT

pero aun no he visto que esto se aplique y en el caso de que se aplique me parece de todo menos correcto…….

Y aun que me sancione yo seguiré llevando mi placa en castellano

Saludos
Lex Paciferat
alfa-30
Nivel: Medio-Alto -Subinspector-
Nivel: Medio-Alto -Subinspector-
 
Mensajes: 842
Registrado: Dom Ago 22, 2010 11:17 pm

Re: Vigilantes agentes de la autoridad en Cataluña

Notapor Raúl78 » Lun Nov 05, 2012 4:23 pm


¿Quieres ser Policía Nacional?

Prepárate con los mejores
joyfepolferes.es
alfa-30 escribió:Como se comento en otros post, yo aun sigo buscando las competencias que tiene la Generalidad sobre la ley de seguridad privada y el personal dado que el estatuto de autonomía lo que recoge es lo siguiente:
http://www.gencat.cat/generalitat/cas/e ... 4.htm#a163

La Generalidad de Cataluña tiene competencias en materia de seguridad privada, de acuerdo con el artículo 163 del Estatuto de autonomía de Cataluña, con respecto a la autorización de las empresas de seguridad privada que tienen su domicilio social en Cataluña y cuyo ámbito de actuación no rebasa este territorio; la inspección y la sanción de las actividades de seguridad privada que se realizan en Cataluña, la autorización de los centros de formación del personal de seguridad privada y la coordinación de los servicios de seguridad e investigación privadas con la policía de la Generalidad y las policías locales de Cataluña.

Pero en ningún punto leo que tengan la capacidad para la modificación de dicha ley o la publicación de nuevas leyes.
Dado que la disposición final primera, apartado segundo, de la Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada, mencionada, establece que todo lo que en ella se regula, se dispone sin perjuicio de las competencias que, en su caso, hayan asumido las comunidades autónomas a través de sus estatutos de autonomía.
http://noticias.juridicas.com/base_dato ... 1-int.html

Aun así siendo egoístas y viendo que benéfica al sector, creo que lo mejor es no buscar los tres pies al gato y ver si esta medida puede ser con carácter estatal y general, no únicamente a los servicios en Cataluña y que se refieran a transportes.

Sobre el tema del idioma de la placa el Estatuto de autonomía de Cataluña, en el artículo 6, dispone que la lengua propia de Cataluña es el catalán y que es el idioma oficial de Cataluña, así como también lo es el castellano, oficial en todo el Estado español. Con el fin de garantizar, pues, el uso normal y oficial de ambos idiomas, la Generalidad tomará las medidas necesarias con el fin de asegurar su conocimiento y creará las condiciones que permitan llegar a su igualdad plena en cuanto a los derechos y deberes de la ciudadanía de Cataluña. En este marco estatutario, se aprobó la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística, que prevé en el artículo 9.2 que el Gobierno de la Generalidad tiene que regular, mediante disposiciones reglamentarias, el uso del catalán en las actividades administrativas de todos los órganos de su competencia; asimismo, el artículo 30 del mismo texto legal prevé, también, que las empresas que gestionan o explotan un servicio concedido por la Administración catalana, tienen que utilizar normalmente el catalán en sus actuaciones y documentación internas y en la rotulación, en las instrucciones de uso, en el etiquetado y en el embalaje de los productos o los servicios que produzcan u ofrezcan.

http://es.scribd.com/doc/82019631/PLACA-VS-CAT

pero aun no he visto que esto se aplique y en el caso de que se aplique me parece de todo menos correcto…….

Y aun que me sancione yo seguiré llevando mi placa en castellano


Saludos


:aplauso: :aplauso:
Avatar de Usuario
Raúl78
Nivel: Medio-Alto -Subinspector-
Nivel: Medio-Alto -Subinspector-
 
Mensajes: 909
Registrado: Sab Sep 17, 2011 11:23 am

Nueva Placa V.S. en catalán

Notapor mosso1986 » Lun Nov 05, 2012 10:34 pm


CNP Modelo Squad

gafaspolicia.com
No sé si vuestra empresa(para los que trabajais en Cataluña), os ha dicho que teneis que solicitar la nueva placa(porsupuesto pagando); que a partir de Enero tenemos 6 meses para solicitarla y llevarla en servicio la nueva placa que pondrá; "VIGILANT DE SEGURETAT".

Hemos visto aberraciones pero es que se les está iendo la olla y mucho.

Mi pregunta es...........dependemos aun del Ministerio del Interior o del hombre llamado Artur Mas que lo que está haciendo es ir clavandonos la espada poquito a poco a todos los catalanes, incluído a los de su ideología??? ay señor...... :cabreado: :cabreado: :cabreado: :cabreado:
mosso1986
-Policía en Prácticas-
-Policía en Prácticas-
 
Mensajes: 60
Registrado: Dom Oct 09, 2011 7:48 pm

Re: Nueva Placa V.S. en catalán

Notapor SERPYCO » Mar Nov 06, 2012 12:12 am



foropolicia.es
Como dices tu , indignante y a la vez ILEGAL. Por lo que veo ya no saben que hacer para llamar la atención y hacerse notar. Que triste.
Avatar de Usuario
SERPYCO
-Policía en Prácticas-
-Policía en Prácticas-
 
Mensajes: 23
Registrado: Sab Ago 04, 2012 6:43 pm
Ubicación: Valle de Drang

Re: Nueva Placa V.S. en catalán

Notapor alfa-30 » Mar Nov 06, 2012 12:55 am


Cartera Mossos D`esquadra

Realizada en piel
enpieldeubrique.com
En este hilo, ya he contestado al compañero sobre el tema de la placa y desde mi punto de vista basándome en las leyes no encuentro donde dice que Cataluña tenga competencias concretas en ese tema.


vigilantes-agentes-de-la-autoridad-en-cataluna-t99493.html

Saludos
Pd: si algún moderador puede que unifique los temas :wink:
Lex Paciferat
alfa-30
Nivel: Medio-Alto -Subinspector-
Nivel: Medio-Alto -Subinspector-
 
Mensajes: 842
Registrado: Dom Ago 22, 2010 11:17 pm

Re: Nueva Placa V.S. en catalán

Notapor Raúl78 » Mar Nov 06, 2012 4:47 pm


Vergonzoso :espana:
Avatar de Usuario
Raúl78
Nivel: Medio-Alto -Subinspector-
Nivel: Medio-Alto -Subinspector-
 
Mensajes: 909
Registrado: Sab Sep 17, 2011 11:23 am

Re: Nueva Placa V.S. en catalán

Notapor toxxo » Lun Nov 12, 2012 6:16 pm


Unido tema y ademas también lo comentamos en este.

Un saludo.


post468197.html#p468197
Art. 32 Para cualquier cuestión relativa a la moderación, póngase en contacto vía MP con el moderador o con los webmasters. http://www.foropolicia.es/foros/normativa-de-foropolicia-t43653.html Nemo patriam quia magna est amat, sed quia sua. Seneca
Avatar de Usuario
toxxo
MODERADOR GLOBAL
MODERADOR GLOBAL
 
Mensajes: 10288
Registrado: Mié May 07, 2008 7:57 pm


Volver a Seguridad Privada

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 0 invitados