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![](/publi/articulos/2011/06/216-policia295.jpg) Increibles precios |
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hola compañeros, soy agente de la guardia civil, sólo comentaros que esa conducta esta tipificada en el reglamento general de circulación, art. 69, opción 1A, la sanción sería de 60 euros y además tendría la retirada de 4 puntos del permiso de conducción.
El concepto de la denuncia sería algo asi: No faciliar el paso a un vehículo prioritario que circula en servicio de urgencia, después de percibir las señales que anuncian su proximidad.-No se puede notificar la infracción al conductor del vehículo debido a la urgencia del servicio a prestar.
Es decir, que sólo con que le tomeis la matrícula es suficiente, si sois agentes del cuerpo nacional de policia y puesto que no teneis boletines de tráfico, podeis hacerlo en un oficio-denuncia o en cualquier formato en el que denuncieis infracciones administrativas, enviandola al jefe provincial de tráfico que corresponda.
Sobra decir que el conductor que cometa esa infracción lo hace a sabiendas de que apartandose no corre peligro su vida ni la de terceras personas, pero siempre será el agente actuante el que valore eso.
No debeis preocuparos por si le llegara esa denuncia o no, ya que el titular del vehículo tiene la obligación de decir quien era el conductor del mismo en ese momento y si no lo hace pues sería sancionado con una multa de entre 310 y 1500 euros.
Y si alguno se enfada cuando lo denuncieis, diciendo que no la va a pagar, le decis como yo hago, que yo tampoco la voy a cobrar.
Un saludo.