por ferlito » Sab Oct 20, 2012 10:57 am
Hola, os pego la pregunta escrita que hizo el Diputado Ricardo Iglesias al Gobierno, y la posterior contestación de este.
184/004477
A la Mesa del Congreso de los Diputados
Al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, el Diputado que suscribe formula las siguientes preguntas sobre bolas de goma utilizadas por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y Policías Autonómicas, dirigida al Gobierno para su respuesta escrita.
El joven Iñigo Cabacas, herido en una carga antidisturbios de la Ertzaintza el 5 de abril de 2012 en Bilbao, tras el partido de fútbol entre el Schalke 04 y el Athletic de Bilbao, falleció el 9 de abril a consecuencia del golpe recibido, según testigos presenciales, con una pelota de goma disparada por un ertzaina.
Este desgraciado suceso ha vuelto a traer a debate el uso de determinados medios disuasivos o de represión por parte de las fuerzas de seguridad, sobre todo cuando son utilizados contra aglomeraciones de ciudadanos, de forma desproporcionada.
La Comisión Europea viene recomendando a los Estados de la UE, desde hace años, que no utilicen las escopetas de bolas de goma dada su peligrosidad, pues además de ser aleatorias, causan daños muy graves y muchas veces golpean a personas que no tienen que ver con posibles altercados. De otra parte, la Comisión Europea ha advertido a todas las policías que deberán dejar de utilizar las pelotas de goma como máximo a finales de 2012.
Por todo ello, se formulan las siguientes preguntas:
3) ¿Considera el Gobierno que las pelotas de goma son adecuadas para intervenir en aglomeraciones de ciudadanos, dada su peligrosidad e imprecisión?
4) ¿Ha recibido el Gobierno alguna recomendación de la Comisión Europea desaconsejando el uso de pelotas de goma?
5) ¿Qué alternativas baraja el Gobierno para sustituir a las pelotas de goma en el caso de que la Comisión Europea las prohíba a partir de 2013?
6) ¿Piensa el Gobierno renunciar al uso de bolas de goma contra aglomeraciones ciudadanas?
Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de abril de 2012.-Ricardo Sixto Iglesias, Diputado.
184/004477
(184) Pregunta escrita Congreso
Autor: Sixto Iglesias, Ricardo (GIP).
Respuesta:
La decisión de utilizar medios de disuasión, entre los que se encuentran las bolas de goma, debe adoptarse siempre sobre la base de los principios de congruencia, oportunidad y proporcionalidad, según lo dispuesto en el artículo 5.2.c de la Ley Orgánica 2/1986, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Además, los manuales de actuación de las Unidades de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, especializadas en el control de masas -Unidades de Intervención Policial del Cuerpo Nacional de Policía y la Agrupación de Reserva y Seguridad de la Guardia Civil- recogen las siguientes normas técnicas:
- Sólo se recurrirá a la fuerza cuando los demás procedimientos sean insuficientes para restablecer el orden.
- La acción de las Unidades será siempre proporcional a los desórdenes y actos de hostilidad cometidos por los manifestantes, no constituyendo nunca actos de venganza.
- El empleo de la fuerza ha de tener su fundamento en el respeto a las leyes y reglamentos.
Tras realizarse las consultas pertinentes, se ha podido determinar que la Comisión Europea no ha remitido recomendación alguna desaconsejando el uso de pelotas de goma, ni tampoco que se haya planteado su eliminación como parte del material antidisturbios utilizado por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Por último, se informa que las Unidades de Control de Masas de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado realizan diferentes análisis y estudios sobre equipamientos, medios y material para ser empleado en el control de masas, así como otros medios alternativos.
Madrid, 3 de mayo de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos Constitucionales y Parlamentarios
Bueno espero que esto aclare un poco el tema.