Ayuda= ley 7/2006 24 de octubre, Actividades de ocio en espacios abierto en municipios andaluces.
Caso de botellón
Hola, en esta ley dice en su articulo 16 competencia para sancionar que será el alcalde o alcaldesa del municipio donde se cometa la infracción, pero si en un caso la propuesta para sanción la presentase las ffccsse ¿también tendría que ir al alcalde?
Gracias.