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ferriweb2 escribió:Hola, tengo una duda, un familiar mio a tenido estos dias un accidente de tráfico, se estamo contra un bar y demás... la cuestion es que han subido la gente fotos a facebook del bar i el coche empotrado... i no nos gusta nada.. ya que todo el mundo habla de eso y nos parece una falta de respeto que vallan circulando fotos por ahi... un fallo lo tiene cualquiera... se puede hacer algo al respecto?? en las fotos solo sale el bar y el coche, esta en la via publica pero la via publica no se vee... quiero saber si hay algo que hacer en que articulo pondria que es ilegal sin consentimiento o cualquier cosa, ya que se trata de un juicio y demás y no deberian de ir circulando las fotos por ahi, un saludo!
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angelitocustodio escribió:Artículo 208.
Es injuria la acción o expresión que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación.
Solamente serán constitutivas de delito las injurias que, por su naturaleza, efectos y circunstancias, sean tenidas en el concepto público por graves.
Las injurias que consistan en la imputación de hechos no se considerarán graves, salvo cuando se hayan llevado a cabo con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.
Artículo 209.
Las injurias graves hechas con publicidad se castigarán con la pena de multa de seis a catorce meses y, en otro caso, con la de tres a siete meses.
de todas formas el único que puede calificar una situación como delito o falta es el juez, ni siquiera la policía , con lo que le recomiendo que denuncie, y ya el juez lo calificará o archivará, en función de su criterio.
le dejo una noticia en la que por algo parecido fue detenido
http://www.laopinion.es/tenerife/2012/0 ... 30338.html
de todos modos, ya le advierto que es peor el remedio que la enfermedad, ya que si vive en un pueblo pequeño se va a ganar muchos vecinos enemigos.
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