Duda sobre terraza

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Duda sobre terraza

Notapor toni.toni » Mié Jun 20, 2012 3:04 am


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Buenos dias compañeros.

Hace poco hize una permuta con un compañero de otro municipio y donde yo trabajaba teniamos una ordenanza municipal que regulaba los bares y terrazas así como su permiso y siempre te rejias por ordenanza y permiso.

Ahora tengo una duda, os pongo en situación,

Terraza de bar ocupando tres plazas de aparcamiento en bateria, delimitada con jardineras de madera hasta ahi correcto.

El problema viene ya que los vecinos de enfrente de la terraza tienen que hacer varias maniobras para salir del parquing de su finca con la delimitacion de las jardineras, mi pregunta es, por donde se puede coger esto?

alguien sabe si existe por ejemplo a parte de que los vecinos soliciten un contra-gual, sabemos o conocemos de alguna ley a nivel estatal o autonomica en cataluña que manifieste la distancia que tiene que haber entre a circulación de vehiculos con la terraza?

Por donde lo tirariais vosotros?


Un saludo
toni.toni
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Duda sobre terraza

Notapor Titosus » Mié Jun 20, 2012 10:00 am


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Urbanismo y responsable/encargado de la ocupación de vía publica, allí deben saberlo.

Mas expeditivo, pedir el permiso de ocupación directamente al responsable del local, y comprobar que se cumple con un podómetro, y dependiendo del resultado, acta y otra vez a urbsnismo.

Si el permiso y la ocupación coinciden, y los vecinos no han solicitado un contra vado, pues aquí paz y después gloria, pero la regulación de ocupación del suelo es un tema municipal, y hay que complicarse lo mínimo por que son maleables según loa intereses o conocidos del concejalucho de turno...
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Titosus
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Re: Duda sobre terraza

Notapor toni.toni » Jue Jun 21, 2012 9:02 pm


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Gracias por la información, de momento la cosa ha quedado en acta de convivencia por ruidos y incumplimiento de horario por parte del bar.
toni.toni
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Re: Duda sobre terraza

Notapor El templario » Lun Jul 02, 2012 9:40 pm


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En teoría,, al concederse la autorización para la instalación de veladores, se indica donde y cuantos veladores pueden instalarse.
En teoría,, la zona en la que se pueden instalar los veladores ha debido ser delimitada por un responsable del departamento de ocupación de vía pública o urbanismo.
Entiendo, que en el supuesto que presentas, el responsable del local instala las mesas y sillas donde le da la gana,,,, pues levanta un acta de inspección, y acompáñalo de un informe explicando la situación y solicitando que se delimite el lugar de modo que no se causen molestias innecesarias a los ciudadanos sean del tipo que sean.
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El templario
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