MANTENIMIENTO DE RADIOSCOPIOS O DETECCIÓN POR RAYOS X

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Re: duda sobre legislación escanner

Notapor hierrete » Vie Abr 02, 2010 1:23 am


Academia Acceso Cnp

sector115.es
En mi trabajo definimos como "hora efectiva" la que tiene que estar el escáner en disposición de uso. Es decir, de la franja total de horario del centro de trabajo, sólo es "hora efectiva" desde que se abren las puertas al público, y hasta el momento en que se cierran. En mi caso, de 8 horas diarias en mi puesto, sólo cobraré radioscopia básica las 5 horas que el escáner es susceptible de ser empleado, pues sólo se abre al público 5 horas y fuera de ese horario no se aceptan visitas, correo o paquetería.
Eso sí: hay días de esos que comentáis de "sólo lo usamos un par de veces". En mi trabajo esos días se llaman "5 horas de radioscopia", (exactamente igual que los otros).

También es interesante saber las obligaciones contraídas al respecto entre el cliente y la empresa de seguridad. Si mi empresa de seguridad no quiere pagarme un servicio de radioscopia, no se hace y punto (pero creo que el cliente debe tener conocimiento de ello, pues redunda en la seguridad del bien a proteger). El cliente será el que tire de las orejas a la empresa de seguridad, y ésta la que tendrá que tratar conmigo para que dicho servicio se efectúe con las debidas garantías.
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Re: duda sobre legislación escanner

Notapor hierrete » Vie Abr 02, 2010 1:32 am


Y en el Consejo de Seguridad Nuclear, apartado de Preguntas Frecuentes dice:

http://www.csn.es/index.php?option=com_ ... 57&lang=es

(...)
8. ¿Qué medidas deben tomar los trabajadores de los equipos de rayos X para la inspección de bultos en los aeropuertos?

Los equipos para la inspección de bultos en los aeropuertos españoles, deben disponer de aprobación de tipo de aparato radiactivo de acuerdo al anexo II del Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas, Real Decreto 1836/1999.

Esto implica que el aparato ofrece suficiente seguridad contra la fuga de radiaciones ionizantes, tanto en condiciones normales de uso como en otras que accidentalmente puedan presentarse, así como posibles utilizaciones incorrectas.

No presentará en condiciones normales de funcionamiento una tasa de dosis superior a 1 microsievert/h en ningún punto situado a 0,1 m de la superficie accesible del mismo.

Por lo tanto, no se requiere que las personas que trabajan habitualmente cerca de este tipo aparatos adopten precauciones ni se sometan a revisiones médicas especiales.



(...)
21. ¿Qué normativa regula el uso, medidas de seguridad, reconocimientos médicos, etc. de las máquinas de rayos X y los arcos detectores de metales que existen en los aeropuertos?

Los equipos de rayos X para inspección de bultos que se utilizan en los aeropuertos españoles, deben disponer de aprobación de tipo de aparato radiactivo de acuerdo al anexo II del Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas (Real decreto 1836/1999). Esto implica, que el aparato ofrece suficiente seguridad contra la fuga de radiaciones ionizantes, tanto en condiciones normales de uso, como en otras que accidentalmente puedan presentarse, incluidas posibles utilizaciones incorrectas.

El aparato no presentará en condiciones normales de funcionamiento una tasa de dosis superior a 1 microsievert/h, en ningún punto situado a 0,1 m de la superficie accesible del mismo. Por tanto, no se requiere que las personas que trabajan habitualmente cerca de este tipo aparatos adopten precauciones ni se sometan a revisiones médicas especiales.


Tampoco he encontado mucho más...
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Re: duda sobre legislación escanner

Notapor SERGIO DJALMA » Sab Abr 03, 2010 5:22 am


Curso Oposición a la Ertzaintza

Original. Más Fácil. Online.
nola2hurtu.eus
Por eso mismo estamos peleando en mi servicio,pero lo nuestro son 24 horas de disposición,y la empresa no está por la labor (pocas empresas son generosas en estas cosas).
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Re: duda sobre legislación escanner

Notapor kasuke » Lun Abr 05, 2010 8:00 am


Muchas Gracias por la información!!
Ante la duda:
La mejor intervención es la que no se hace, la segunda por requerimiento y la tercera porque no queda más ..evos
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Re: duda sobre legislación escanner

Notapor metro123 » Lun Abr 12, 2010 3:03 pm


Fundas Para Grilletes Desde 7?

En cordura o piel, 30 modelos
desenfunda.com
Sin normas de funcionamiento en castellano, sin control de revisiones ...

DENUNCIA INMEDIATA POR PARTE DE TU SINDICATO.
Si aceptas el sacrificio, el esfuerzo con constancia, la rectitud sin medida, perdonar con gallardía, exigir con humildad, ayudar sin interés, enseñar con agrado, atesorando honradez, lealtad, audacia, paciencia y sabiduría, serás VIGILANTE
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Re: duda sobre legislación escanner

Notapor kasuke » Mar Abr 13, 2010 9:16 am


HECKLER & KOCH SFP9 - SK

Subcompact 9mm x 19
uspsuministros.com
Gracias metro123, consultare el tema.
Ante la duda:
La mejor intervención es la que no se hace, la segunda por requerimiento y la tercera porque no queda más ..evos
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Revisión equipo de radioscopia básica

Notapor clotario2 » Mié Oct 19, 2011 9:37 am


Camiseta Policia Nacional Uip

militariapiel.es
Buenos días a todos.
Os queria trasladar una duda que tiene el cliente en el cual presto mi servicio, a ver si podemos aclararnos.

La pregunta es si a un equipo de Radioscopia Básica, se le puede realizar la revisión una empresa que no sea la fabricante del equipo, y si dicha revisión sería legal y/o ajustada a normativa. El equipo en cuestión es un Perkin Elmer.

Si alguién supiera decirme que Normativa recoje las inspecciones o revisiones de estos equipos, estaría muy agradecido, supongo que por ser temas de rayos X, el organismo encargado sería Industria o C.S.Nuclear

Muchas gracias de antemano y un abrazo para todos los compañeros del foro.
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Revisión equipo de radioscopia básica

Notapor Benedicto » Mié Oct 19, 2011 11:06 am


Temario Escala Básica

90 euros. Hacemos envíos a toda España.
joyfepolferes.es
clotario2 escribió:Buenos días a todos.
Os queria trasladar una duda que tiene el cliente en el cual presto mi servicio, a ver si podemos aclararnos.

La pregunta es si a un equipo de Radioscopia Básica, se le puede realizar la revisión una empresa que no sea la fabricante del equipo, y si dicha revisión sería legal y/o ajustada a normativa. El equipo en cuestión es un Perkin Elmer.

Si alguién supiera decirme que Normativa recoje las inspecciones o revisiones de estos equipos, estaría muy agradecido, supongo que por ser temas de rayos X, el organismo encargado sería Industria o C.S.Nuclear

Muchas gracias de antemano y un abrazo para todos los compañeros del foro.


Estimado compañero, no hay ningun problema en que pase la revision del equipo una empresa que no sea la fabricante siempre y cuando este homologada para hacerlo. Respecto a la reglamentacion te lo digo de memoria y como bien dices es Industria quien lo dictamina. Yo en mi servicio se pasa revision cada 3 meses. El jueves te digo la normativa.
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MANTENIMIENTO DE RADIOSCOPIOS O DETECCIÓN POR RAYOS X

Notapor DSCANAMERO » Vie Mar 02, 2012 10:58 am


Edición 175 Aniversario Gc

gafaspolicia.com
Hola!

Si alguien me puede ayudar, ¿según normativa legal vigente, que mantenimiento mínimo es necesario realizar en equipos de detección de Rayos X?

GRACIAS.
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