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juanrra escribió:toxxo escribió:juanrra escribió:Quizá esté equivocado, casi seguro, pero la empresa entrante una vez asumido al trabajador, éste pasa a ser un trabajador más y como tal puede ser despedido por causas objetivas, de forma procedente y de forma improcedente. El trabajador ya ha sido despedido y por causa improcedente y en principio sin derecho a readmisión, salvo vulneración de derechos fundamentales, pertenencia a un comité de empresa, etc.
No se está discutiendo la subrogación, que entiendo que ya se ha producido, sino recurrir un despido improcedente fundamentándose ¿en qué exáctamente?
Le despiden por una supuesta estructuración del servicio con reducción del mismo, lo cual es falso porque contratan a dos mas con cero antigüedad, lo que tiene que demostrar es que hay jornada y solicitar una reincorporación a su puesto de trabajo, ejemplos como este los tienes en RENFE el año pasado con la reorganización que hicieron al reducir el servicio un 21%
Pido disculpas, pero por mucho que luche no consigo evitar mi naturaleza aragonesa (tozudo y cabezota hasta la médula) Desde la reforma de Aznar, para despedir de forma improcedente, no hay que alegar nada en concreto; a mi jefe le soltaron 45 días por año y una carta donde le decían que cesaba su relación laboral con la empresa. El empleador puede decir "no me gusta tu cara" más 45 días por año, hasta 42 mensualidades; los 15 días; parte de pagas y vacaciones...pero, hasta donde yo sé, nada más.
¿Me puedes poner algún enlace con ejemplo ese de Renfe? Ya me imagino que tendrás razón, pero me gustaría acabar de entenderlo.
Un saludo
No te puedo poner enlace, conozco en persona a los afectados de mi ciudad, cambio de empresa, la entrante se encuentra con un 21 % menos de jornada, a la calle el mas nuevo, denuncia y readmisión en el centro a los tres meses, con sueldo pagado esos tres meses, en la sentencia se especifica claramente el centro, por lo que nada de salir fuera del mismo para cubrir jornada, como no hay para todos en eses centro, otro es obligado a salir para cubrir jornada, solo tiene que demostrar que la empresa tiene mas centros y horas para cubrir jornada, lo tiene chupado, han contratado a dos nuevos para su mismo centro.
Todas las leyes españolas,
todas tienen un siempre y cuando, solo hay que pararse un poco a pensar, nuestros legisladores son unos auténticos chapuceros que permiten muchas interpretaciones, ningún juez ahora mismo sentenciara un despido porque si, si ademas ve que han contratado dos nuevos para sustituir al compañero, vera que lo hacen por quitarse antigüedad, tiene que solicitar volver a su puesto de trabajo, no una indemnización.
Yo ademas denunciaría a las dos empresas, el juez decidirá cual de las dos tiene mas trabajo.