¿En qué delito se metería escupir u orinar a alguien?

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¿En qué delito se metería escupir u orinar a alguien?

Notapor Javi69 » Jue Ene 05, 2012 6:21 pm


Pues eso, hablando con un compañero me surgió esa duda. ¿Se podría encuadrar en vejación, delito contra la integridad moral?
Javi69
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Re: ¿En qué delito se metería escupir u orinar a alguien?

Notapor JULIANACO » Sab Ene 07, 2012 1:47 am


DEPOL Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Si la cosa es muy exagerada se puede encajar en el 173 1. El que infligiera a otra persona un trato degradante, menoscabando gravemente su integridad moral, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años. :?: :?: :?:
Mosso d'Esquadra
JULIANACO
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Re: ¿En qué delito se metería escupir u orinar a alguien?

Notapor JOSE3210 » Sab Ene 07, 2012 3:04 pm


Gama De Productos Anticorte

La proteccion ideal
materialpolicial.com
No es delito, es una falta de vejacion injusta leve, si hubiera otras conductas o fuera en el ambito de otro delito podria ser delito contra la integridad moral, pero si eso solo, vejacion injusta leve.
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JOSE3210
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Re: ¿En qué delito se metería escupir u orinar a alguien?

Notapor rokko » Sab Ene 07, 2012 10:20 pm



intervencionpolicial.com
JOSE3210 escribió:No es delito, es una falta de vejacion injusta leve, si hubiera otras conductas o fuera en el ambito de otro delito podria ser delito contra la integridad moral, pero si eso solo, vejacion injusta leve.

Estoy contigo, una falta de vejaciones sin más. Para convertirse en delito, creo yo, debería producirse en un contexto que dañe gravemente la integridad moral del ofendido (xj. en presencia de los hijos del ofendido, que se grabase en video y se colgase en la red...)
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rokko
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Re: ¿En qué delito se metería escupir u orinar a alguien?

Notapor alcalainocnp » Sab Ene 07, 2012 10:31 pm


Academia Acceso CNP

sector115.es
Si solo se queda en eso falta de vejaciones injustas de caracter leve, si menoscaba gravemente la integridad del individuo(tratamiento psicológico, en presencia de gente, grabaciones)sería delito, pero vamos, si a mi un tio me orina o me escupe creo que lo que le sucederia no encajaria en ninguno de los tipos penales recogidos en nuestro código, bueno si, de lesiones, y no precisamente falta.
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