Seguro Obligatorio de responsabilidad civil

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Seguro Obligatorio de responsabilidad civil

Notapor hristo12 » Lun Jul 04, 2011 6:59 pm


Hola. Haber si alguien me ayuda, ¿ una maquinaria agricola remolcada de mma mayor de 750 kg. debe tener el seguro obligatorio ?. Gracias por anticipado y un saludo
hristo12
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Re: Seguro Obligatorio de responsabilidad civil

Notapor lukas89 » Lun Jul 04, 2011 7:18 pm


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Buenas tardes;

Según el REAL DECRETO 1507/2008, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento del seguro obligatorio de responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor. Enlace: http://www.boe.es/boe/dias/2008/09/13/p ... -37494.pdf

[i]
Artículo 1. Vehículos a motor.

1. Tienen la consideración de vehículos a motor, a los efectos de la responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor y de la obligación de aseguramiento, todos los vehículos idóneos para circular por la superficie terrestre e impulsados a motor, incluidos los ciclomotores, vehículos especiales, remolques y semirremolques, cuya puesta en circulación requiera autorización administrativa de acuerdo con lo dispuesto en la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Se exceptúan de la obligación de aseguramiento los remolques, semirremolques y máquinas remolcadas especiales cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kilogramos, así como aquellos vehículos que hayan sido dados de baja de forma temporal o definitiva del Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico.

Espero que le sirva de ayuda,

Un saludo,
lukas89
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Re: Seguro Obligatorio de responsabilidad civil

Notapor hristo12 » Jue Jul 07, 2011 6:49 pm


Gracias lukas89. Pero es ese texto de la ley del seguro es el me implica la duda; Dice vehiculos impulsados por motor y la maquina agricola remolcada es un vehiculo especial remolcado y no autopropulsado. Si nos atenemos a eso estaria exento del seguro; Pero más adelante indica que se exceptuan los remolques y maquinas remolcadas hasta 750. En base ahora a esto, no llevarian seguro los remolques y maquinas remolcadas hasta 750 pero si lo llevarian los que tengan un mma superior a 750. Mi duda es en base a eso. Haber si alguien me puede ayudar. Gracias a todos de antemano. Saludos
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Re: Seguro Obligatorio de responsabilidad civil

Notapor prodigo » Jue Jul 07, 2011 7:35 pm


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Hola, lleva matrícula, por lo que necesita seguro. Si fuera inferior a 750 kg, llevaría la matricula de la tractora.
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Re: Seguro Obligatorio de responsabilidad civil

Notapor hristo12 » Lun Jul 11, 2011 5:41 pm


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Hola prodigo. Lo de la matricula es para los remolques normales, pero ¿ eso se aplica tambien a los especiales, agricolas y obras y servicios ?. Porque efectivamente como dices tu, los normales es asi tanto en matricula como en seguro pero de los especiales no lo se. Gracias otra vez
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Re: Seguro Obligatorio de responsabilidad civil

Notapor prodigo » Mar Jul 12, 2011 1:28 am


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Hola, pues es como todo, y habrá que ver que maquinaria es. Creo que hay algo al respecto .... pero mi memoria falla mucho, a ver si saco tiempo y busco la informacion... pero vamos, se considerarán aperos o remolque agricola... una foto sería esclarecedora
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