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El ReY LaGaRtO escribió:Por supuesto que no estoy de acuerdo, pero cuando he prestado servicio de seguridad ciudadana y he acudido a una llamada en la que algún vigilante de seguridad estaba implicado, he filiado al vigilante siempre por su documento nacional de identidad, haciendo constar dicho número. El motivo es el que todos sabemos, a pesar de estar sometidos a su regulación específica, actúan a efectos legales como particulares, por lo que al juez no le interesa el número de sus tarjetas profesionales. Lo suyo es que se les reconociera el carácter de agente de la autoridad en el ejercicio de sus funciones y se identificaran como tal... pero esa es otra historia.
Pues me temo que en los juzgados nunca me han puesto problema con el número de mi tarjeta de identificación profesional, el problema lo he tenido siempre en las comisarias o en el hospital, y siempre me han dicho que era porque era mas fácil para el juzgado,no lo entiendo, si cualquier policía puede identificarme directamente por el TIP, que mismo da con el DNI, también en su día se dijo que en Madrid como los vigilantes cambiaban mucho de empresa, luego era muy difícil localizarlos, sigo diciendo lo mismo, con mi TIP, todos los policías conocen mi DNI, por lo tanto todos los datos son iguales, esto es un batalla de que el jefe de la unidad central de seguridad privada tiene desde hace años, ahora ya lo a dicho claramente, pero desde hace años recomienda que se nos identifique con el DNI ¿seguro que no tienes alguna circular indicándolo en la comisaria?