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shark10 escribió:policanario escribió:Fundamental:
http://www.eppa.es/actividad/legislacio ... olicia.pdfOrden de 1 de marzo de 1995, por la que se aprueba el Reglamento de Policía, Régimen y Servicio de los Puertos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.Artículo 2. Autoridades y competencias.1.
La Empresa Pública de Puertos de Andalucía, en su condición de Autoridad Portuaria, ejercerá las competencias que, en esta materia, tiene asignadas la Comunidad Autónoma de Andalucía en los términos del Decreto 126/92; de su constitución.
Artículo 3. Dirección, vigilancia y Policía del Puerto.1. Las funciones de dirección de los puertos serán ejercidas por quienes las tengan asignadas en el organigrama de E.P.P.A, pudiendo delegarse en el personal de servicio en el puerto las que tengan carácter operacional, excluyéndose las relativas a la resolución de expedientes administrativos.
2.
La tutela inmediata y directa de los servicios de vigilancia y policía de los puertos la ejercerá el personal de E.P.P.A de servicio en el puerto, que estará investido de la condición de Agente de la Autoridad
falto especificar Agente de la autoridad si, pero de la autoridad PORTUARIA! [color=#FF0000][/color], con misión de prevenir, evitar y denunciar las infracciones a lo dispuesto en este Reglamento y en el resto de la normativa portuaria vigente, mantener, con la facultad de requerir la colaboración de las fuerzas de seguridad, el orden público, velar por la seguridad de las instalaciones, obras, materiales y mercancías, cumpliendo y haciendo cumplir
las órdenes de servicio que le sean transmitidas por sus superiores, así como controlar los servicios prestados. El personal de cualquier servicio externo contratado por E.P.P.A para la prestación de servicios portuarios y vigilancia deberá velar igualmente por el cumplimiento del presente Reglamento, prestando al personal de E.P.P.A su colaboración en todo momento.
todo aquello que trascienda a lo penal compete unica y exclusivamente a los miembros de las FCS en éste caso a los de las FCSE, la policía portuaria en sí es una policía ESPECIAL, su personal no es funcionario de carrera sino personal laboral
Te pego aqui el mensaje que te he dejado en el subforo de PL:
Hola shark10, no te pensaba contestar pero veo que has ido rescatando hilos de la Policia Portuaria en todos los subforos (PP, PL, GC, etc) para dejar clara tu opinion sobre este cuerpo, y eso (aunque no estes equivocado en algunas cosas) me ha tocado un poco la... moral.
No he conseguido estar seguro a que cuerpo perteneces, o dices pertenecer ya que al igual que yo no tienes la barra acreditativa, pero me parece por tus participaciones que es a la Guardia Civil no?
Veo que tienes claro, al igual que los componentes de ese cuerpo, que la PP no pertenece a las FCS, pero de ahi a: "todo lo que tenga que ver en temas penales no pueden actuar ni instruir diligencias" solo se puede soltar una carcajada...
Asumo, ya que has rescatado todos estos hilos, que sabes usar el buscador asi que lo podras usar para encontrar multitud de actuaciones como: detenciones practicadas por la Policia Portuaria, por supuesto por temas penales, controles de trafico denunciando tanto con boletin de denuncias propio como mediante acuerdo con boletin de denuncias de la DGT, controles de seguridad enmarcados en el codigo internacional PBIP, atestados de trafico, actas a la 1/92, incautaciones de armas(
ver.php?id=17481) y mas cosas que seguro encuentras ya que tan bien usas el buscador...
Ademas te voy a facilitar la url de otro foro:
http://policiaportuaria.net/Forum en el que ademas de muchas mas actuaciones como las arriba comentadas, y otras diferentes, encontraras otros datos como la Policia Portuaria actuando como Policia Judicial a instancias de un juzgado de Las Palmas (para que no tengas que buscar
http://policiaportuaria.net/Forum/showthread.php?t=8432).
Bueno y ya para despedirme decirte que con tu permiso, o sin el, voy a denunciar tu mensaje a la moderacion, y no por su contenido sino por el acoso y derribo que supone rescatar todos los hilos que encuentras sobre la Policia Portuaria para segun tu dejar claro que no pertenecen a las FCS y "no pueden actuar en temas penales".
Un saludo y hazte mirar el problema ese que tienes con la PP, alguna denuncia quizas?? o eso tampoco pueden jaja.