Guantes Anticorte Policiales |
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Esto ya lo habían posteado hace algún tiempo aunque desconozco el enlace, espero que te ayude...
La policía y ministerio fiscal) deben actuar de oficio si conocen de la comisión de un delito público.
Los delitos públicos son la mayoría de los tipificados en el Código Penal, salvo aquéllos para los que se exige, para su persecución, instancia de parte del perjudicado concreto por el delito.
Así, los delitos privados, semipúblicos y públicos serían los siguientes:
1.- Los delitos privados son los de calumnia e injurias.
2.- Los delitos semipúblicos son los delitos de agresiones, acosos y abusos sexuales; descubrimiento y revelación de secretos; calumnias e injurias contra funcionarios, autoridades o agentes de la misma; abandono de familia; daños causados por imprudencia; y delitos relativos a la propiedad intelectual e industrial y a los consumidores.
3.- Finalmente, los delitos públicos (que puede denunciar cualquier persona) son el resto de los tipificados en el Código Penal.