El art. 2.1 de la LO 1/1992, de Protección de la Seguridad Ciudadana, dice que son autoridades competentes en materia de seguridad, entre otros, "los titulares de los Órganos Superiores y Órganos Directivos del Ministerio del Interior a los que se atribuya tal carácter, en virtud de Disposiciones Legales o Reglamentarias".
Me podríais poner algún ejemplo de personas que ostenten la condición de autoridad según este precepto?
Gracias!