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29071968 escribió:Hola Compañeros/as, pertenezco a la Policia Local de un Muncipio de la Provincia de Alicante, Partido Judicial de Orihuela. Mi pregunta es la siguiente. Supuesto accidente de tráfico complejo ( dos o mas unidades intervinientes ) en el que se han producido daños materiales en la uniades de trafico y, con o sin heridos, en el que uno de los condcutores, tras realizar las pruebas reglamentarias arroja una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 Mg/L.
1.- Se instruyen dos atestados diferentes, uno por el accidente con resultado de daños y lesiones, y otro por el presunto delito contra la seguridad vial.
2.- En ambos casos, al conductor que da positivo en el test de alcoholemia, se cita para juicio rapido como una alcoholemia rutinaria de un control, o sin embargo al haber posibles reclamaciones de daños, confeccionamos atestado y que sea el juzgado que cite.
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