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...ejem...PERDON!!!!!!! yo mismo me voy a responder y lo pongo por si a alguno le interesa, esto pasa por no leer hasta el final las cosas antes de preguntar.... ahi va la respuesta a mi anterior pregunta...
Disposición transitoria cuarta.-Requisito de edad máxima.
En los dos primeros años de vigencia de la presente Ley Foral el requisito de admisión a las pruebas de ingreso previsto en el artículo 30.1.b) será de 35 años, disminuyendo en un año de edad cada dos de vigencia de esta Ley Foral, hasta llegar a la edad máxima de 30 años fijada en el citado artículo.
"No pelees con un cerdo un una pocilga, los dos os llenaréis de mierda pero el cerdo disfrutará."
“Transporta un puñado de tierra todos los días y construirás una montaña”