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jotxe escribió:Tiene razón Emérito,dile a Toxxo que te lo mueva al general.
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la23eslamia escribió:Muchísimas gracias a los que vais respondiendo y os pido perdón por no haber caído en ponerlo en el inter!
Iríamos algún vs, algún ep (yo entre ellos), incluso algún ertzaina y luego más gente que nada tiene que ver con el sector de la seguridad, pero o bien le gustan las artes marciales, o bien los tipos de defensa personal, etc...
Con esto quiero decir que no todos podrían identificarse como "compañeros"...
Aún y todo, salvo que se le de un mal uso a un juego de grilletes por ejemplo, no cabría decir nada a nadie por estar practicando con ellos, no? En sí no son ningún tipo de arma (si no se saben usar, jejeje).
Saludos a todos y gracias por responder tan rápido, compis!
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DEPOL Guardia Civil |
Inicio curso: septiembre 2019 |
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unindignado escribió:Lo más recomendable es practicar bajo auspicios de la Federación Española (o Autonómica correspondiente) de Lucha y Disciplinas Asociadas, que integra como asociada a Defensa Personal Policial. Y la mutualidad cubriría los daños/lesiones por accidentes deportivos.
Respecto a la condición de agentes policiales, personal de seguridad privada o particulares, NO es relevante, a los únicos efectos deportivos.
Si se practica de otra manera, entiendo que sí que es posible el cometer infracciones administrativas por la tenencia y porte de armas prohibidas (excepto a personal autorizado) así como los grilletes, según la LO 1/1992 y Reglamento de Armas.
Saludos cordiales.
60? |
materialpolicial.com |
intervencionpolicial.com |
orion14 escribió:unindignado escribió:Lo más recomendable es practicar bajo auspicios de la Federación Española (o Autonómica correspondiente) de Lucha y Disciplinas Asociadas, que integra como asociada a Defensa Personal Policial. Y la mutualidad cubriría los daños/lesiones por accidentes deportivos.
Respecto a la condición de agentes policiales, personal de seguridad privada o particulares, NO es relevante, a los únicos efectos deportivos.
Si se practica de otra manera, entiendo que sí que es posible el cometer infracciones administrativas por la tenencia y porte de armas prohibidas (excepto a personal autorizado) así como los grilletes, según la LO 1/1992 y Reglamento de Armas.
Saludos cordiales.
La licencia deportiva/federativa no ampara la tenencia de armas o utiles prohibidos a particulares por mucho que la licencia deportiva o el carnet de grados ponga "Defensa Personal Policial" digan lo que digan.
Para los entrenamientos hay unas réplicas muy chulas de armas, bastones y cuchillos en goma o plástico duro de colores llamativos. Todo lo demás es correr el riesgo de una intervención y propuesta de sanción.
Academia Acceso CNP |
sector115.es |
unindignado escribió:Cierto, siempre que atendamos el Reglamento de Armas con una lectura muy literal.
Es que es la forma de interpretarlo. Armas o útiles prohibidos a particulares, ni más ni menos.
Le pregunto a usted si un arte marcial como el Ninjutsu o Shinobi-jutsu es totalmente ilegal en España. Lo digo por los shuriken, nunchaku, tonfa, etc (todo armas prohibidas).
Para practicar un arte marcial se puede utilizar bokkens , kusarigamas, naginatas, tantos y demás..... de madera etc etc etc o lo que es lo mismo, se pueden transportar/llevar por la vía pública réplicas y no armas reales. Sobre lo de los tonfas, shurikens, shakens y otras que por sus características y usos deben ser reales se puede disponer de ellos en el dojo por lo que no es necesario su transporte en la vía pública.
Y gracias por el repaso, pero conozco bastante bien el RA por mi oficio.
Yo también, aparte del reglamento de Armas, la 1/92 y otras disposiciones, acuerdos e informes de la CIPAE y de la Secretaría General Técnica del MIR relativos al asunto que hablamos. No obstante poco debe conocerlo cuando sugiere que la tenencia puede entenderse amparada bajo una licencia deportiva o cuando menos lo hace de forma tendenciosa hacia una federación en concreto. Tan mal le van ahora las cosas al Guerra como para ir "sugiriendo afiliaciones" tan sutilmente?
Únicamente le digo, por ejemplo, que en Defensa Personal Policial (a nivel federativo a nivel nacional y por Comunidades), oficiosamente, es difícil que lleguen a dos terceras partes de miembros de las FCS, el resto son militares, personal de Seguridad Privada, funcionarios de prisiones, funcionarios a secas y muchísimos particulares.
Me parece perfecto, y excepto el personal que amparado por su TIP, TIM o carnet profesional esté legalmente habilitado para poder llevar/transportar esos utensilios fuera de servicio y digo llevar/transportar y no portar para poder incluir al personal de seguridad privada, habilitados por el MIR gracias a su TIP; el resto son particulares y por lo tanto tienen normativamente prohibida su tenencia y uso y menos el porte o transporte.
Y no sé qué riesgo dice que se corre, pero creo que para salir de dudas lo mejor sería acudir a una estadística oficial del MIR sobre ello (que no hay, y si la hay no se actualiza, y no se publica) o a las correspondientes federaciones y asociaciones deportivas. Creo que en DPP hay 0 en la actualidad, y le repito, más de una tercera parte NO son FCS.
El riesgo que se corre es la intervención, propuesta y posterior sanción por incumplimiento de los dispuesto en el RA en concordancia con la LO 1/92 300'51 € la primera vez hasta 30.050'62 en caso de ser calificada como muy grave y decomiso de las armas o útiles en todos los casos. No hay que ir a ninguna estadística oficial, pruebe a mirar en los BOP's y BOE y verá la cantidad de publicaciones de sanciones.
Un saludo muy cordial.
Otro
P.D.: le recomiendo un pase por las web federativas, y no olvide que tan LO es la 1/1992 como la del Deporte, etc.
Perdón pero la Ley del Deporte es una Ley ordinaria y no una Ley orgánica, aparte de esa diferencia (sustancial diría yo) la ley del deporte no exime del cumplimiento de la 1/92 y del Rº de Armas ni faculta a los titualres de lcencias deportivas para el uso de armas prohibidas y gracias por la recomendación pero hace años que aparte de ser policía soy profesor colegiado de una Federación Deportiva e imparto formación en organismos y centros oficiales de y no por ello voy recomendando nada semejante.
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