Portabicicletas en el enganche del remolque ¿placa V-20?

Temas sobre tráfico y circulación víal

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Re: Portabicicletas en el enganche del remolque ¿placa V-20?

Notapor Vector » Mar Dic 01, 2009 12:48 pm


Hola , que conste que yo , mis placas V-20 las tuve que cortar por varios motivos , entre ellos el de seguridad.

Las placas en su formato de 50x50cm en mi caso son muy grandes y no es viable , porque la bicicleta al sobresalir por los lados del coche , las placas estan puestas al mismo limite que las ruedas para señalizar la anchura total , pero al estar fuera del coche el viento ejerce mucha fuerza contra las placas doblandolas y arrancadolas del sitio con el peligro que supone eso .

En mi caso ya me las doblo tres veces y arrancadas otras dos . menos mal que las placas cuando salian volando caian en el arcen . (todas en el mismo portabicis)

Sin contar , con lo que frena para el coche y que decir cuando hay viento .

Esas placas para un coche son un poco peligrosas.

Por eso decidi ponerlas en medias placas , es la misma placa v-20 homologada solo que cortada por la mitad y puesta en V invertida como dice la normativa .

¿ Si es legal lo que hago con las placas? , si llevamos la normativa al pie de la letra , es ilegal lo que hago , pero prefiero llevarlas asi , a que se me suelte otra vez otra placa y provoque un accidente.

Yo llevo dos placas HOMOLOGADAS como dice la ley , una a cada lado en forma de V invertida , como dice la ley , lo unico que sus medidas no son las de la ley. y lo que llevo ya es mucho mas de lo que suele llevar la gente , que suele ser , NADA
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Re: Portabicicletas en el enganche del remolque ¿placa V-20?

Notapor MASAM » Mar Dic 01, 2009 2:52 pm


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lunadeverano escribió:hola: respecto a este tema me gustaria pregutar si el ancho del vehiculo es teniendo en cuenta los espejos o no y en la longitud del vehiculo hay que medirlo sin la bola remolque o no ella.
gracias.


--Sin tenerlos en cuenta.


--Una vez instalada y contemplada la bola como reforma de importancia............ la bola se incluye en la longitud del vehiculo.
El "homo sapiens" está dejando de ser "sapiens"..... regresando al mono del que no debió salir.

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Re: Portabicicletas en el enganche del remolque ¿placa V-20?

Notapor MASAM » Mar Dic 01, 2009 2:57 pm


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Vector escribió:¿ Si es legal lo que hago con las placas? , si llevamos la normativa al pie de la letra , es ilegal lo que hago , pero prefiero llevarlas asi , a que se me suelte otra vez otra placa y provoque un accidente.

Yo llevo dos placas HOMOLOGADAS como dice la ley , una a cada lado en forma de V invertida , como dice la ley , lo unico que sus medidas no son las de la ley. y lo que llevo ya es mucho mas de lo que suele llevar la gente , que suele ser , NADA


Bien explicado y perfectamente motivado........ a mi entender.
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Re: Portabicicletas en el enganche del remolque ¿placa V-20?

Notapor Kimu » Vie Dic 11, 2009 11:56 pm


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Hola! He seguido con atención este hilo y me acabo de registrar para poner sobre la "mesa" algunos aspectos.
Es patente que el tema de los portabicis de bola está sujeto a interpretaciones de la norma:

Una de las interpretaciones reside en la consideración o no como carga del portabicis. Algunos instructores no consideran carga el portabicis, sino un dispositivo para aumentar la capacidad de carga (Como son los remolques). La carga es la bicicleta y la V20 sería obligatoria cuando la bicicleta sobresale del portabicis.

Otra interpretación de la norma se refiere a considerar o no la bicicleta como "carga divisible". Las bicis son divisibles, por lo tanto, al permitirse que sobresalga un 10% de la longitud la mayoría de los vehículos no podrían llevar la bicicleta de esta forma ya que fácilmente llegan a sobresalir 0,5 metros.

Yo llevo en mi furgoneta un portabicis de plataforma instalado sobre la bola y lleva la iluminación necesaria y la placa-matrícula, puesto que la bici las oculta. Le he añadido los correspondientes catadióptricos triangulares rojos de los remolques. La bici no sobresale de los laterales ni tampoco por la parte posterior del portabicis. El vehículo mide 5 metros y el conjunto 5,5m. Si hay algúna denuncia de por medio, sólo me supondría la molestia del recurso y esperar la interpretación del instructor.

Pero lo que no puedo entender es cómo se puede denunciar a un vehículo que lleve un portabicis de este tipo cuando respecto al vehículo que le sigue lleva la misma señalización que un remolque y al mismo tiempo se permita la circulación de vehículos pesados de esta otra forma:
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No me preocupa la sanción. Me preocupa que mi vehículo sea perfectamente visible y sobre todo, saber como responderían las compañías de seguros en el caso de que el vehículo que nos sigue colisione contra un portabicis de este tipo; provista de la V20 o sin ella.

Saludos.
Kimu
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Re: Portabicicletas en el enganche del remolque ¿placa V-20?

Notapor Mahonei » Sab Dic 12, 2009 4:48 pm


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Kimu escribió:Hola! He seguido con atención este hilo y me acabo de registrar para poner sobre la "mesa" algunos aspectos.

Bienvenido.



Kimu escribió:Es patente que el tema de los portabicis de bola está sujeto a interpretaciones de la norma:

Una de las interpretaciones reside en la consideración o no como carga del portabicis. Algunos instructores no consideran carga el portabicis, sino un dispositivo para aumentar la capacidad de carga (Como son los remolques). La carga es la bicicleta y la V20 sería obligatoria cuando la bicicleta sobresale del portabicis.

Me temo que aquí no hay mucha interpretación que valga, o se trata de "carga" y por lo tanto se debe ceñir a las limitaciones y ordenaciones que se contemplan, o bien se esta moficando "la capacidad de carga", es decir las dimensiones del vehículo que constan en la tarjeta ITV y por lo tanto realizando una reforma de importancia del tipo 46, para lo cual es necesario pasar por la estación ITV y añadir la anotación correspondiente. Es así de sencillo y dudo que esto permita mucha interpretación :silbando:


Kimu escribió:Otra interpretación de la norma se refiere a considerar o no la bicicleta como "carga divisible". Las bicis son divisibles, por lo tanto, al permitirse que sobresalga un 10% de la longitud la mayoría de los vehículos no podrían llevar la bicicleta de esta forma ya que fácilmente llegan a sobresalir 0,5 metros.

Sobre esto tampoco puede haber demasiada interpretación, una bicicleta es carga divisible y por lo tanto quien se pase de las dimensiones tendrá que soltar una rueda o ambas y llevarlas desmontadas.

Kimu escribió:Yo llevo en mi furgoneta un portabicis de plataforma instalado sobre la bola y lleva la iluminación necesaria y la placa-matrícula, puesto que la bici las oculta. Le he añadido los correspondientes catadióptricos triangulares rojos de los remolques. La bici no sobresale de los laterales ni tampoco por la parte posterior del portabicis. El vehículo mide 5 metros y el conjunto 5,5m. Si hay algúna denuncia de por medio, sólo me supondría la molestia del recurso y esperar la interpretación del instructor.

Primero me gustaría aclararle que su portabicis no es un remolque. Ello le beneficia en el sentido de que no está obligado a cumplir con la normativa subyacente (limitación de velocidad, espejos, etc), pero sin embargo si que le obliga a cumplir con el art.15 del Reglamento de circulación que establece las dimensiones máximas de la "carga" y las condiciones de la misma. Se está usted centrando en la longitud del vehículo, bien... en ese campo cumple usted con el 10% y por lo tanto todo correcto. Quien tenga un coche pequeño deberá buscar una solución particular para su vehículo y si no existen en el mercado portabicis compatibles pues tendrá que llevarlas sobre las vacas de su automóvil. Ahora le indico que también está usted obligado a portar la señal V20, dos cuando la carga cubra la anchura total del vehículo y una cuando no lo haga, pero siempre presente, también cuando lleve instalado el portabicis sin las mismas (por lo que le he comentado al principio).

Kimu escribió:Pero lo que no puedo entender es cómo se puede denunciar a un vehículo que lleve un portabicis de este tipo cuando respecto al vehículo que le sigue lleva la misma señalización que un remolque y al mismo tiempo se permita la circulación de vehículos pesados de esta otra forma:
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Sobre la primera fotografía le diré que parece un vehículo de exposición, ni siquiera parece estar matriculado, por lo que puedo entender que no tenga todos los elementos necesarios para su circulación por nuestras carreteras, no es un ejemplo válido para lo que usted parece pretender transmitir.
Sobre la segunda fotografía... ¿está usted seguro de que ese vehículo es español? Le advierto que la normativa al respecto no es universal ni mucho menos, pero si usted tiene matriculado su vehículo en España debe acojerse a la normativa local, ni a la alemana, ni a la china,...
En todo caso le diré que si fuera el caso de que ambos vehículos circularan por suelo nacional, ambos serían sancionados, igual que usted si no porta la V20 :wink:

Kimu escribió:No me preocupa la sanción. Me preocupa que mi vehículo sea perfectamente visible y sobre todo, saber como responderían las compañías de seguros en el caso de que el vehículo que nos sigue colisione contra un portabicis de este tipo; provista de la V20 o sin ella.

Saludos.

Me parece muy bien que no le preocupe la sanción, pero sepa usted que ante un accidente por alcance, normalmente la culpa la suele tener quien "alcanza" por no mantener la distancia de seguridad. Si usted se viera involucrado en uno de estos sin llevar reglamentariamente señalizada la carga y le "alcanzaran", primero se le sancionaría y luego se haría constar el hecho en el informe de accidente, lo que probablemente (si no mediaran otras circunstancias agravantes) descargaría de culpa al otro vehículo dejando la situación muy clara para ambos seguros. La norma indica cual es la señalización obligatoria, luego usted puede añadir la facultativa que estime adecuada, siempre dentro de los límites que la norma contempla, por que lo contempla.

En resumen y disculpándome por la extensión de mi respuesta, los experimentos mejor con gaseosa.
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Re: Portabicicletas en el enganche del remolque ¿placa V-20?

Notapor Kimu » Dom Dic 13, 2009 12:07 am


Edición 175 Aniversario Gc

gafaspolicia.com
Muchas gracias por tus aclaraciones, Mahonei! Me queda aclarada la norma.

Pero también me queda la extrañeza de que la norma advierte de un mayor peligro en un vehículo con portabicis que en un vehículo con remolque, cuando debería ser al revés.
Me extraña también que un vehículo que lleve este tipo de portabicis tenga que llevar una señal de mayor advertencia que la de un vehículo de mas de 12 metros (V-21, creo).
Creo que la razón de las V20 viene de la necesidad de señalizar aquellas cargas como tubos, barras de acero, postes, etc que antaño se señalizaban con un trapo rojo y que podría no ser perceptible para el vehículo que le sigue.

Las normas deben atender a razones y personalmente no veo razón en esta norma.
Cumpliré la norma, pero sin creer en ella. :lengua:
Kimu
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Re: Portabicicletas en el enganche del remolque ¿placa V-20?

Notapor Mahonei » Lun Dic 14, 2009 4:17 pm



foropolicia.es
Kimu escribió:Las normas deben atender a razones y personalmente no veo razón en esta norma.

Es tu percepción personal.



Kimu escribió:Cumpliré la norma, pero sin creer en ella. :lengua:

La ley te obliga a cumplirla no ha venerarla :lol:
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Re: Portabicicletas en el enganche del remolque ¿placa V-20?

Notapor Kimu » Lun Dic 14, 2009 8:49 pm


Cartera Mossos D`esquadra

Realizada en piel
enpieldeubrique.com
Mahonei escribió:
Kimu escribió:Las normas deben atender a razones y personalmente no veo razón en esta norma.

Es tu percepción personal.

Ya he dicho que es mi opinión personal. De hecho, todo lo que escriba aquí será de mi percepción personal.
Mahonei escribió:
Kimu escribió:Cumpliré la norma, pero sin creer en ella. :lengua:

La ley te obliga a cumplirla no ha venerarla :lol:

La ley, Ufff! Ese es otro debate donde la razón no siempre tiene cabida.

Sinceramente, preferiría conocer tu opinión, porque cuando nos veamos en la carretera estarás obligado a decirme otra cosa.

:D
Kimu
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Re: Portabicicletas en el enganche del remolque ¿placa V-20?

Notapor Weberin » Sab Feb 27, 2010 11:10 pm


Me he dado de alta sólo para poder contestar aquí.

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Mirad, sinceramente, a mi me parece más peligroso ese montaje que llevar una sola placa v20 centrada. Lo que no quita que sea de alabar el cuidado que ha puesto su autor.

Al girar en la acera, le puedes meter un meneo a un viandante que pa qué. Rajarse una pierna con una placa de esas no es nada agradable, lo dice uno por experiencia.

En fin. Es lo que tienen las leyes, que cuando se aplican de forma cuadriculada (por miedo al multón, no por seguridad) podemos llegar al esperpento. Y es muchas veces con lo que el ciudadano de a pie se encuentra frente al policía: no sabes si viene a velar por la seguridad de todos o simplemente a sacarte los cuartos.

Es triste y lamento decirlo aquí pero es lo que pensamos muchisima gente, incluso compañeros policías (no soy policía pero trabajamos en colaboración).

En fin. Lamento que sea esta mi primera opinión en el foro.

saludos
Weberin
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Re: Portabicicletas en el enganche del remolque ¿placa V-20?

Notapor Vector » Dom Feb 28, 2010 12:41 am


Hola , soy el autor de la foto , siento que no te guste el montaje , pero la ley dice , que como en mi caso , cuando la carga que sobresale de la planta de vehiculo ocupa el ancho entero , esta carga tiene que estar señalizada por dos señales V-20 colocadas en forma de V invertida en los extremos de la carga , para asi señalizar el ancho total . Y asi es como esta . Las bicicletas ocupan todo el ancho entero , por lo cual tienen que ir señalizadas .

El motivo por el cual e cortado las placas homologadas a la mitad es porque poniendolas enteras , la fuerza que hace el aire contra ellas , las dobla y las arranca del sitio , te lo digo por esperiencia , ya salieron volando dos veces y dobladas otras tantas , asta que lo puse de esta manera.

Ademas , que sepas que las placas estan recubiertas por una junta de goma como me recomendo un forero de este foro , ademas de que en un supuesto caso de que rozara con algo o con alguien lateralmente , rozaria con las ruedas de la bici que sobresalente aun un poco mas , evitando asi males mayores .
Ademas yo conduzco camiones rijidos de 11metros de longituz con voladizos de mas de 3 metros desde el ultimo eje asta el final , asi que tranquilo que no pegara con nada , de hecho asta el dia de hoy no e tocado con nada lateralmente.
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Re: Portabicicletas en el enganche del remolque ¿placa V-20?

Notapor Weberin » Dom Feb 28, 2010 4:16 pm


DEPOL Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Vector, no me malinterpretes. Tu trabajo y resultado es encomiable.

De lo que me quejo es de las legislaciones y normativas y su falta de mesura.

Para cumplir con la legislación has tenido que hacer un trabajón que resulta en un trasto aparatosisimo, nada aerodinámico. Y para colmo de males, si quisieran aún te pueden multar porque no llevas dos placas completas.

Una placa es más que suficiente. Si vas conduciendo detrás, ya sabes que algo en el vehiculo precedente excede de sus dimensiones y ya procuras poner atención.

Esto es un caso concreto. Pero hay miles de cosas como esta en todos los ámbitos en que un legislador ha tenido a bien meter las narices. Si tanto les gusta legislarnos la vida, pues que hagan una legislación específica para transporte de bicicletas que es algo lo suficientemente común como para que se dediquen a ellos nuestros bienpagados amos.

De verdad, que a veces que los altos cargos pienso que tras hacer las normas sacan pasta de los fabricantes de pirulos, chalecos, triángulos y placas. Eso si no es que directamente tienen una empresa bajo manga.

Argentina va a ser poco comparado con lo nuestro.
Weberin
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Re: Portabicicletas en el enganche del remolque ¿placa V-20?

Notapor Kimu » Dom Feb 28, 2010 8:58 pm


Guante Corte-trauma

Excelente oferta solo **25?**
materialpolicial.com
Ahora mismo, estoy por pillar un remolque pequeñito. No tiene que llevar ninguna V20 y me entraría mogollón de herramientas, ropa, etc. Encima podría abrir el portón trasero sin ningún problema. :babas:
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Re: Portabicicletas en el enganche del remolque ¿placa V-20?

Notapor Mahonei » Dom Feb 28, 2010 9:28 pm



intervencionpolicial.com
Kimu escribió:Ahora mismo, estoy por pillar un remolque pequeñito. No tiene que llevar ninguna V20 y me entraría mogollón de herramientas, ropa, etc. Encima podría abrir el portón trasero sin ningún problema. :babas:


Es buena idea, pero ten en cuenta que tu velocidad máxima al ir con el carro se va a ver mermada...

Artículo 48. Velocidades máximas en vías fuera de poblado.

1. Las velocidades máximas que no deberán ser rebasadas, salvo en los supuestos previstos en el artículo 51, son las siguientes:

1. Redacción según Real Decreto 965/2006, de 1 de septiembre. Para automóviles:
1. En autopistas y autovías: turismos y motocicletas, 120 kilómetros por hora; autobuses, vehículos derivados de turismo y vehículos mixtos adaptables, 100 kilómetros por hora; camiones, vehículos articulados, tractocamiones, furgones y automóviles con remolque de hasta 750 kilogramos, 90 kilómetros por hora; restantes automóviles con remolque, 80 kilómetros por hora.
2. En carreteras convencionales señalizadas como vías para automóviles y en el resto de carreteras convencionales, siempre que estas últimas tengan un arcén pavimentado de 1,50 metros o más de anchura, o más de un carril para alguno de los sentidos de circulación: turismos y motocicletas, 100 kilómetros por hora; autobuses, vehículos derivados de turismo y vehículos mixtos adaptables, 90 kilómetros por hora; camiones, tractocamiones, furgones, vehículos articulados y automóviles con remolque, 80 kilómetros por hora.
3. En el resto de las vías fuera de poblado: turismos y motocicletas, 90 kilómetros por hora; autobuses, vehículos derivados de turismo y vehículos mixtos adaptables, 80 kilómetros por hora; camiones, tractocamiones, furgones, vehículos articulados y automóviles con remolque, 70 kilómetros por hora.


Tenlo en cuenta no solo por la multa que te podría caer (que es lo de menos), sino por que estos carritos ligeros no suelen estar preparados para circular muy deprisa (no tienen amortiguación, son muy ligeros, las ruedas son ruedines, etc). Dependiendo por donde te suelas mover, lo mismo no te compensa.
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Re: Portabicicletas en el enganche del remolque ¿placa V-20?

Notapor Rubeng » Mar Mar 02, 2010 9:46 pm


Academia Acceso Cnp

sector115.es
Buenas!!
He leído todo lo que habeis publicado con respecto al tema, y si no me equivoco, he sacado en claro que hay que señalizar con la V-20 siempre que se porten bicicletas en la parte posterior del turismo; y en caso contrario se podría sancionar de acuerdo al Reglamento de Vehículos 18, 1, 1B; aunque creo que se puede denunciar por el RG de Circulación (creo que artículo 173, pero no estoy seguro de si es ese exactamente...)
Ahora bien, el tema de la colocación de las luces en el porta-bicicletas... ¿Dónde viene recogido el que sea obligatorio? ¿Cual es el articulado y el precepto por el que se denuncia? ¿Y el texto que se debe reflejar en el boletín? ¿Cual es la sanción?
Gracias compañeros...
PISA EL ACELERADOR CON LA CABEZA, NO CON EL PIE
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Re: Portabicicletas en el enganche del remolque ¿placa V-20?

Notapor Mahonei » Mié Mar 03, 2010 6:46 pm


Vernardo te contesta a eso en el segundo post de este hilo :wink:
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