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Mahonei escribió:Eso debería decírselo a quienes redactan y aprueban los reglamentos, aquí nos limitamos a hablar de lo que dicen los mismos y por cierto... el Reglamento General de Circulación, en su artículo 48.1, dice que usted con su vehículo y su remolque de Feuvert (doy por hecho que es un remolque ligero) no pueden circular a más de 90km/h en autopista o autovía; 80km/h en carreteras convencionales con arcén pavimentado de 1,50m o más y/o más de un carril para alguno de los sentidos; 70km/h en el resto de vías... por tanto, si habitualmente circula a 120km/h con ese artilugio, ya tiene ahí una ventaja respecto al remolque... quizás y solo quizás, el problema radique en que independientemente de la velocidad máxima de la vía, usted siendo consciente del riesgo de portar ese soporte y el conjunto de señales, debería moderar la velocidad (que no dudo que lo haga) para evitar riesgos y sanciones por el art. 14.1 del mismo reglamento. De paso recordarle que al tratarse de carga divisible (las bicicletas y el propio soporte), el conjunto solo puede sobresalir por detrás un 10% de la longitud del vehículo (art. 15.3)... esta cuestión la suelen olvidar muchos conductores cuando tienen que llevar las bicicletas para toda la familia y es que aunque en el mercado existen soportes para un gran número de bicicletas, no se pueden portar en todos los vehículos.
Lo primero, pedir disculpas por mi demora en contestar.
Creo que no me expliqué bien. Yo en ningún momento dije que con mi remolque vaya a 120km/h. Con el remolque no supero nunca los 80Km/h, no por legalidad, sino porque llevo muchos años con él, y sé que una carga de 400Kg es muy complicada de manejar.
Me refería al portabicicletas de bola. Y sí, se puede bajar la velocidad, pero a 80Km/h o incluso a 60Km/h el viento ejerce muchísima fuerza sobre una placa lisa de 50x50cm. Sólo prueba a sujetarla con la mano a ver si puedes...
Coincido en que las leyes, aunque desfasadas o mal hechas, están para cumplirse. Por eso espero que salgan todos los agentes de la ley a multar a los niños que coman la merienda en cualquier parque de Zamora, o que multen a cualquier persona que ande cantando en en Madrid.
Lo que no entiendo es, si es obligatorio el tema de las V-20, por qué no se obliga a los fabricantes a que las implementen en los remolques de forma que garantice su seguridad.