Policia Local y el puerto

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Policia Local y el puerto

Notapor BOADIL » Mar Oct 30, 2012 9:09 pm


Pues eso,que como se anulo el acuerdo por el que la Policia Local intervenía dentro del puerto,un concejal se lo recuerda al ayuntamiento,para que este no emplee recursos de la ciudad en la seguridad del puerto y reclama que lo haga el cuerpo de Policia Portuaria,cosa que me parece perfecta,si no hay convenio no pinta nada en el puerto,que bastante trabajo hay en el resto de la ciudad y municipio. :policia:


Información.es » Alicante 30.10.2012 El PSOE pide que la Policía Local deje de intervenir en el puerto
Los socialistas recuerdan que no existe convenio y sostienen que la competencia es de la Policía Portuaria


s. e. El PSOE en el Ayuntamiento de Alicante denunció ayer que la Policía Local "continúa actuando en la zona de dominio de la Autoridad Portuaria de Alicante, a pesar de que ésta cuenta con un cuerpo propio de seguridad y no existe ningún convenio entre ambas administraciones". Los socialistas recuerdan que el acuerdo fue anulado el pasado mes de diciembre "porque presentaba dudas en cuanto a su legalidad en materia competencial".
Pese a ello, el portavoz adjunto socialista, Manuel Marín, asegura que "los agentes municipales están actuando en la zona portuaria en materia de venta ambulante, así como en inspección de ruidos de los locales de ocio, lo que vuelve a poner en evidencia la colisión de competencias entre Ayuntamiento y Puerto". Marín advierte de que "va en detrimento de la protección y prevención los barrios y las partidas rurales". Por ello, insta al PP a "no permitir actuaciones policiales fuera de término municipal y a exigir a la Autoridad Portuaria que cuente con recursos suficientes".
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Re: Policia Local y el puerto

Notapor megalodon » Vie Nov 02, 2012 5:54 pm



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Lo suyo sería dotar a las policías portuarias de la formación adecuada y medios para pasar a ser una policía integral que colaborase con las FFCCSSEE, eso sí con una homogenización a nivel nacional. Yo creo que sería lo más adecuado y lo que solicitan muchos de sus miembros. Para poner un ejemplo una policía portuaria como la del puerto de los Ángeles.
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Re: Policia Local y el puerto

Notapor vrepor » Sab Nov 03, 2012 2:12 am


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Yo creo que este tema está más que trillado, pero de vez en cuando salen noticias de este tipo en prensa.
En mi opinión la petición del PSOE de Alicante no tiene razón de ser. No tengo constancia de los términos del acuerdo que existia, pero imagino que si era una solicitud de colaboración que partía de la AP de Alicante sería para que la PL colaborase en las competencias que tiene la Autoridad Portuaria. En esa noticia yo veo un error de bulto, dice el sr. Marín que "no se debe permitir la actuación de la PL fuera del término municipal" y aquí creo que se equivoca ya que el recinto portuario esta dentro del término municiapal de Alicante.
En mi opinión la CE. otorga la competencia exclusiva al Estado en lo relativo a Puertos de interés general y desarrolla esta competencia en la Ley de Puertos del Estado. En esta Ley no hay ninguna competencia otorgada a las Autoridades Portuarias(AP) o Puertos del Estado que tenga que ver con venta ambulante, ruido o locales públicos. Al no tener esta competencia las AP yo entiendo que esta recae al Ayuntamiento en el que se ubique el recinto portuario en su termino municipal ya que los Puertos de Interés General se integran dentro de los términos municipales, y por tanto esas competencias ha de desarrollarlas quien las tiene y en este caso es el Ayto.
Un saludo.
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Re: Policia Local y el puerto

Notapor PalmaPort » Sab Nov 03, 2012 11:02 pm


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vrepor escribió:Yo creo que este tema está más que trillado, pero de vez en cuando salen noticias de este tipo en prensa.
En mi opinión la petición del PSOE de Alicante no tiene razón de ser. No tengo constancia de los términos del acuerdo que existia, pero imagino que si era una solicitud de colaboración que partía de la AP de Alicante sería para que la PL colaborase en las competencias que tiene la Autoridad Portuaria. En esa noticia yo veo un error de bulto, dice el sr. Marín que "no se debe permitir la actuación de la PL fuera del término municipal" y aquí creo que se equivoca ya que el recinto portuario esta dentro del término municiapal de Alicante.
En mi opinión la CE. otorga la competencia exclusiva al Estado en lo relativo a Puertos de interés general y desarrolla esta competencia en la Ley de Puertos del Estado. En esta Ley no hay ninguna competencia otorgada a las Autoridades Portuarias(AP) o Puertos del Estado que tenga que ver con venta ambulante, ruido o locales públicos. Al no tener esta competencia las AP yo entiendo que esta recae al Ayuntamiento en el que se ubique el recinto portuario en su termino municipal ya que los Puertos de Interés General se integran dentro de los términos municipales, y por tanto esas competencias ha de desarrollarlas quien las tiene y en este caso es el Ayto.
Un saludo.


vrepor lo que comentas del ruido y venta ambulante tienes razon no esta en la Ley de Puertos del Estado pero SI en el REGLAMENTO DE SERVICIOS Y POLICIA DEL PUERTO y en las ordenanzas portuarias que lo desarrollan y complementan, por tanto sigue siendo competencia de las AP (Policia Portuaria).

Si lo necesitas te pongo los art.

Un saludo.
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Re: Policia Local y el puerto

Notapor vrepor » Dom Nov 04, 2012 4:17 am


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Lo que no me queda claro es si el reg. nuestro, en unos casos del año 76 y alguno del 86, te puee otorgar unas competencias que la ley que desarrolla no otorga. Maxime cuando otra ley posterior otorga esas competencias a otro organismo. Devería quedar este punto claro en un texto legal con rango de ley, mientras tanto sigo pensando que toda competencia que no aparezca en la ley puertos es del ayto. que es quien tiene esas competencias en el termino unicipal.
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Re: Policia Local y el puerto

Notapor PalmaPort » Dom Nov 04, 2012 6:24 am


Gc Edicion 175 Aniversario

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Por pensar se puede pensar cada uno lo que quiera, pero aqui se DENUNCIA CADA DIA basandose en el Reglamento por tema ssobre todo de Trafico, pero tambien desobediencias, faltas de respeto, botellon, actividades no autorizadas (como venta ambulante...), etc y todas van para alante, confirmandose por los Jueces en caso de que vayan al contencioso.

Queda claro que el Reglamento al no estar derogado, es perfectamente valido.

Tu consideras termino municipal la Zona Portuaria que no este cedida por algun tipo de acuerdo?? Quien paga el alumbrado publico? y la limpieza y mantenimiento de las calzadas? Tambien consideras zona municipal las zonas restringidas de los Puertos?

Un saludo.
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Re: Policia Local y el puerto

Notapor vrepor » Dom Nov 04, 2012 3:03 pm



foropolicia.es
Hola de nuevo Palmaport. Yo tengo claro que en los puertos denunciamos por trafico(rd.2/2011), desovediencia, falta respeto(1/92), mmpp (rd 145/89) , pesca (131/2000), atestados, etc...... eso lo tengo claro desde hace muchos años que llevo como policia portuario, y te puedo asegurar que día a día hago uso de estas competencias y jamás he tenido ningún problema de duda al respecto de mis comeptencias por ninguna administración o juzgado.
Lo que no tengo claro es como se denuncia por ruido(p.ej) cuando no existe normativa que lo refleje( que yo conozca,) ya que el reglamento, por lo menos el nuestro, te pone en la infracción de ruido como norma de referencia para esa sanción el decreto 2356/75 de infracciones en materia portuaria, y este decreto fué derogado por la Ley 27/92, y en esta ley ya no aparece la sanción del ruido por lo que tengo entendido. Vaya por delante que a mi me encantaría que apareciera, por que a mi me gusta trabajar....pero me gusta trabajar con las herramientas adecuadas, y a dia de hoy, por desgracia no tenemos creo ninguna herramiento que nos faculte para denunciar por ruido...
Respecto a lo de si el Puerto es termino municipal...no es que lo crea, es que lo tengo claro....SI es termino municipal...y existe jurisprudencia al respecto del Tribunal Constitucional que lo deja bien claro...TODO el recinto portuario, incluidas las zonas de acceso controlado, son parte de un termino municipal. Y por lo tanto, y esto ya es mi parecer, aquellas competencias que la CE no adjudique explicitamente a la AP a través de un texto normativo con rango de Ley, son del Ayto.
Pero ya te digo que esto es una apreciación mía, que parte de que yo pienso que si la competencia no es mía, alguien tiene que venir a hacerlo, porque a mi lo que me interesa es que se cumpla la Ley sea quien sea el encargado de hacerla cumplir, y si a mi puerto viene un compañero de la PL a revisar licencias municipales de actividad en un establecimiento, lo más fácil es que me acerque a ver necesita algo de colaboración o ver si le apetece tomar un café ya que ha venido a mi casa a trabajar.
Un saludo.
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Re: Policia Local y el puerto

Notapor vrepor » Dom Nov 04, 2012 3:07 pm


Cartera Mossos D`esquadra

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Dicho esto, y perdón por el tocho anterior ...que quede claro que a mí me encantaría que exixtiese esa Ley que nos diese esas competencias y muchas más de manera explicita y además creo que sería mucho más fácil si finalmente consiguiesemos el reconocimiento de la funcionarización y la mención expresa en la LO 2/86 a través de su reforma.
Que a mí trabajar me gusta...pero teniendo claro por donde piso.
Un saludo!!
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Re: Policia Local y el puerto

Notapor PalmaPort » Dom Nov 04, 2012 10:30 pm


Hola vrepor,

No me referia exactamente a eso, me he explicado mal... Se que existen las leyes como la 1/92 etc pero me referia a que aqui las faltas de respeto o desobediencias se denuncian directamente por nuestro reglamento y no basandose en la Ley, asi la instruccion del expediente sancionador queda a cargo de la propia AP y no de Delegacion de Gobierno y tengo entendido que las denuncias son mas cuantiosas (si no me equivoco las nuestras van de 150 a 700€). Te pongo el ejemplo:

Reglamento de Policia del Puerto de Palma. Articulo 74 escribió:Los "Policias Portuarios", como Agentes de la Autoridad, usarán de la mayor prudencia y celo para advertir y recordar las prescripciones de este Reglamento, denunciando su incumplimiento.

Al que desobedeciera sus indicaciones, o al que les maltratase u ofendiese de palabra u obra, se le sancionará en la forma que se determina en los articulos 76 al 78 de este Reglamento, sin perjuicio de la responsabilidad penal en que pudieran incurrir.


Sobre el tema ruidos:

Reglamento de Policia del Puerto de Palma. Norma 8.2 escribió:Las actividades industriales o comerciales autorizadas con o sin ocupación de superficie, se sujetarán a las siguientes prescripciones:

b) Los ruidos que produzcan la actividad no podrán alcanzar un nivel acústico de 80 decibelios.


Y tambien hay art. para otras cosas como venta ambulante, botellon, etc.

Un saludo!
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Re: Policia Local y el puerto

Notapor GUCI » Sab Nov 10, 2012 12:05 pm


Las faltas de respeto deberían ser denunciadas ante la autoridad judicial.

Saludos.
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Re: Policia Local y el puerto

Notapor PalmaPort » Sab Nov 10, 2012 1:42 pm


Curso Acceso Guardia Civil

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Si el correctivo es mayor de la otra forma, y al policia le supone menos "problemas"... ¿Porque se deberia hacer como tu indicas?

Saludos.
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Re: Policia Local y el puerto

Notapor Er chachi » Sab Nov 24, 2012 6:26 am


Fundas De Pernera

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materialpolicial.com
¿Cuando un taxi entra en vuestros puertos, sigue con la tarifa de aplicación en el Municipio?
¿Las ordenanzas municipales se aplican en vuestros puertos?
¿Los servicios municipales recogen la basura, limpian las calles y realizan obras en vuestros puertos?

Por mi experiencia, las faltas de respeto a A.A, desobediencias, etc.......Por la vía judicial, la administrativa para lo que es de interés para la administración en si misma y nosotros no lo somos, aun menos que nos insulten o vejen.

Saludos.
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