Placa de vigilante en catalán

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Placa de vigilante en catalán

Notapor JASAN12 » Sab Feb 18, 2012 10:19 am


Camiseta Policia Nacional Uip

militariapiel.es
Cataluña modifica la placa distintivo del Vigilante de Seguridad
Posted feb 10 2012


ORDEN INT/15/2012, de 17 de enero, por la que se regula el distintivo de las personas vigilantes de seguridad privada.

TEXTO PUBLICADO

La Ley 23/1992, de 30 de julio, de seguridad privada, y el Real decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad privada, han sido desarrollados por la Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada, que regula, entre otras cuestiones, las características de los distintivos de las personas vigilantes de seguridad privada.

La Generalidad de Cataluña tiene competencias en materia de seguridad privada, de acuerdo con el artículo 163 del Estatuto de autonomía de Cataluña, con respecto a la autorización de las empresas de seguridad privada que tienen su domicilio social en Cataluña y cuyo ámbito de actuación no rebasa este territorio; la inspección y la sanción de las actividades de seguridad privada que se realizan en Cataluña, la autorización de los centros de formación del personal de seguridad privada y la coordinación de los servicios de seguridad e investigación privadas con la policía de la Generalidad y las policías locales de Cataluña. Asimismo, mediante el Decreto 272/1995, de 28 de septiembre, se reguló el ejercicio de competencias que corresponde a la Generalidad de Cataluña en materia de seguridad privada.

Por otra parte, el Estatuto de autonomía de Cataluña, en el artículo 6, dispone que la lengua propia de Cataluña es el catalán y que es el idioma oficial de Cataluña, así como también lo es el castellano, oficial en todo el Estado español. Con el fin de garantizar, pues, el uso normal y oficial de ambos idiomas, la Generalidad tomará las medidas necesarias con el fin de asegurar su conocimiento y creará las condiciones que permitan llegar a su igualdad plena en cuanto a los derechos y deberes de la ciudadanía de Cataluña. En este marco estatutario, se aprobó la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística, que prevé en el artículo 9.2 que el Gobierno de la Generalidad tiene que regular, mediante disposiciones reglamentarias, el uso del catalán en las actividades administrativas de todos los órganos de su competencia; asimismo, el artículo 30 del mismo texto legal prevé, también, que las empresas que gestionan o explotan un servicio concedido por la Administración catalana, tienen que utilizar normalmente el catalán en sus actuaciones y documentación internas y en la rotulación, en las instrucciones de uso, en el etiquetado y en el embalaje de los productos o los servicios que produzcan u ofrezcan.

La disposición final primera, apartado segundo, de la Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada, mencionada, establece que todo lo que en ella se regula, se dispone sin perjuicio de las competencias que, en su caso, hayan asumido las comunidades autónomas a través de sus estatutos de autonomía.

Por todo lo que se ha expuesto y en virtud del artículo 40 de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la presidencia del Gobierno y la Generalidad, y en uso de las facultades que me son atribuidas,

Ordeno:

Artículo 1

Distintivo de las personas vigilantes de seguridad privada

1.1 El distintivo de las personas vigilantes de seguridad privada que ejercen sus funciones en Cataluña se tiene que ajustar a las características determinadas en el artículo 2 y en el anexo de esta Orden.

1.2 En la parte superior del anverso del distintivo tiene que figurar la expresión en catalán “vigilant de seguretat”, o la de “vigilant d’explosius”, según corresponda, y en la parte inferior tiene que llevar grabado el número de habilitación.

1.3 El distintivo se tiene que llevar permanentemente en la parte superior izquierda, que corresponde al pecho, de la pieza de ropa exterior, sin que pueda quedar oculto por ninguna otra pieza de ropa o elemento que se lleve encima.

Artículo 2

Características del distintivo

2.1 El distintivo tiene que ser de forma ovalada y apaisada, de 8 cm de ancho por 6 cm de alto, en fondo blanco.

2.2 Las letras y los números tienen que ser de color rojo.

2.3 El distintivo puede ser de material metálico o plástico flexible, con las características siguientes:

a) Si es de metal, tiene que estar elaborado mediante una aleación de un 65% de cobre y un 35% de cinc, recubierto con esmalte cerámico y tratado con baños de decapado, desengrasado, níquel y latón. Su fijación en el uniforme se tiene que hacer con un imperdible horizontal.

b) Si es de goma flexible, tiene que estar elaborado con policloruro de vinilo (PVC). Su fijación en el uniforme se tiene que hacer mediante un sistema de cierre de gancho y bucle de los denominados tipos “velcro”.

2.4 De acuerdo con la Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada, las personas fabricantes debidamente registradas sólo suministrarán distintivos a aquellas personas vigilantes que se acrediten como tales mediante la tarjeta de identidad profesional, y tienen que llevar un control de los distintivos suministrados, con anotación del nombre y del número de tarjeta de identidad profesional.

Artículo 3

Elementos de uniformidad

El distintivo de las personas vigilantes de seguridad privada al que se refiere esta Orden es un elemento de la uniformidad a todos los efectos legales.

Disposición transitoria

Obligación de cumplimiento

No obstante lo que establece la disposición final, las previsiones contenidas en esta Orden no serán exigibles hasta que hayan transcurrido dieciocho meses contados desde su publicación el en Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Disposición final

Entrada en vigor

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Barcelona, 17 de enero de 2012

Felip Puig i Godes

Consejero de Interior
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Re: NUEVA PLACA (CATALUÑA)

Notapor JASAN12 » Sab Feb 18, 2012 10:20 am


Curso Online Psicotécnicos

joyfepolferes.es
Bueno me parece una ley partidista ¿que os parece? ¿ pero gastar 18 euros en otra placa? :cabreado:
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Re: NUEVA PLACA (CATALUÑA)

Notapor glockero17 » Sab Feb 18, 2012 12:13 pm


Edición 175 Aniversario Gc

45
gafaspolicia.com
Mas de lo mismo...politiqueo barato, el cuento de siempre "catalonia is not spain" en fin.......no coment
PUEDE QUE NO SEA LA PERFECCIÓN,PERO INTENTARÉ QUE SONRÍAS CADA DÍA DE TU VIDA
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Re: NUEVA PLACA (CATALUÑA)

Notapor jotxe » Sab Feb 18, 2012 2:03 pm



foropolicia.es
En fin.......sin comentarios....
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Re: NUEVA PLACA (CATALUÑA)

Notapor Gudarii » Sab Feb 18, 2012 6:38 pm


Cartera porta placa CNP

fabricado en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
Vergonzoso, que asco de pais tenemos
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Re: NUEVA PLACA (CATALUÑA)

Notapor Heaven » Sab Feb 18, 2012 9:12 pm


Jajaja :aplauso: :aplauso: Muy Buena la broma :D

Para variar más de lo mismo... La verdad que esto da asco :caca: :caca:
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Re: NUEVA PLACA (CATALUÑA)

Notapor toxxo » Dom Feb 19, 2012 4:02 am


Si por lo menos hubiesen modificado el modelo "bonito del norte" pero para dejar la misma mierda, escrita en catalán, que me la paguen ellos si no les gusta :cabreado: :cabreado: :cabreado: si llegan a cambiar el modelo, igual me la ponía yo en la Castilla profunda :silbando: :silbando: :lol: :lol:
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Re: NUEVA PLACA (CATALUÑA)

Notapor Maferto » Dom Feb 19, 2012 4:41 am


Curso Acceso Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Pues si no les gusta asi, que se jodan. A mi desde luego no me iban a poner eso. Jodidos politicuchos de playa.

Enviado desde mi HTC Sensation usando Tapatalk.
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Re: NUEVA PLACA (CATALUÑA)

Notapor alfa-30 » Dom Feb 19, 2012 4:53 pm



Materiales de alta calidad
materialpolicial.com
Venga abrir embajadas y venga chorradas y señores el país hace aguas, ahora quieren hacer distinción o algo poniendo la lata de atún en catalán. Mas sumarle el coste de hacer la nueva placa.

¿No tendrá alguno de estos politicuchos comisión por familiar trabajando en el gremio como ha pasado con los uniformes de mozos, que el hermano del felip Puig es el dueño de la empresa de confeccionarlos no?


No hay mas tontos porque dios dijo basta :muycabreado: :muycabreado:


Saludos
Lex Paciferat
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Re: NUEVA PLACA (CATALUÑA)

Notapor LANDEIRO » Dom Feb 19, 2012 6:39 pm



intervencionpolicial.com
Y? cambian la lata de atún por caballa? comisión al camto 2 0 3 mil placas a 15 pavos y solo sirven la que fabrica Jordi trinque SL, yo lo tendria claro ni una cala me gasdto en tontas de estas
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Nueva placa VS en Cataluña (en catalán)

Notapor emerito7 » Dom Feb 19, 2012 7:53 pm


Academia Acceso CNP

sector115.es
Acabo de ver que ya se posteó ayer en el subforo de seguridad privada, pero espero que no haya problema en que yo lo postee aquí, pues además de que me gustaría saber la opinión de el resto de profesionales de la seguridad al respecto, también querría saber si a los mossos, GUB y cuerpos policiales que trabajais en Cataluña os han dado algún tipo de instrucción al respecto y en caso de ser así, cuáles han sido.
Os dejo la orden, que he traducido al español mediante un traductor, y os pongo el dibujo que viene en dicha orden. Un saludo.


ORDEN INT/15/2012, de 17 de enero, por la que se regula el distintivo de las personas vigilantes de seguridad privada.
TEXTO PUBLICADO

La Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada, y el Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad privada, han sido desarrollados por la Orden INT/318 / 2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada, que regula, entre otras cuestiones, las características de los distintivos de las personas vigilantes de seguridad privada.

La Generalitat de Cataluña dispone de competencias en materia de seguridad privada, de acuerdo con el artículo 163 del Estatuto de Autonomía de Cataluña, en cuanto a la autorización de las empresas de seguridad privada que tienen su domicilio social en Cataluña y cuyo ámbito de actuación de las que no supera este territorio, la inspección y la sanción de las actividades de seguridad privada que se realicen en Cataluña, la autorización de los centros de formación del personal de seguridad privada y la coordinación los servicios de seguridad e investigación privadas con la policía de la Generalidad y las policías locales de Cataluña. Asimismo, por el Decreto 272/1995, de 28 de septiembre, se reguló el ejercicio de competencias que corresponde a la Generalidad de Cataluña en materia de seguridad privada.

Por otra parte, el Estatuto de Autonomía de Cataluña, en el artículo 6, dispone que la lengua propia de Cataluña es el catalán y que es el idioma oficial de Cataluña, así como también lo es el castellano, oficial en todo el Estado español. También se establece que la Generalitat garantizará el uso normal y oficial de ambos idiomas, tomará las medidas necesarias para asegurar su conocimiento y creará las condiciones que permitan llegar a su igualdad plena en cuanto a derechos y deberes de la ciudadanía de Cataluña. En este marco estatutario, se aprobó la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística, que en el artículo 9.2 prevé que el Gobierno de la Generalidad ha de regular, mediante disposiciones reglamentarias, el uso del catalán en las actividades administrativas de todos los órganos de su competencia, asimismo, el artículo 30 del mismo texto legal prevé, también, que las empresas que gestionen o exploten un servicio concedido por la Administración catalana, deben utilizar normalmente el catalán en sus actuaciones y documentación internas y en la rotulación, las instrucciones de uso, en el etiquetado y embalaje de los productos o servicios que producen o ofrecen.

La disposición final primera, apartado segundo, de la Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada, citada, establece que todo el que se regula, se dispone sin perjuicio de las competencias que , en su caso, hayan asumido las comunidades autónomas a través de sus estatutos de autonomía.

Por todo lo expuesto y en virtud del artículo 40 de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la presidencia del Gobierno y la Generalitat, y en uso de las facultades que me son atribuidas,

Ordeno:

Artículo 1

Distintivo de las personas vigilantes de seguridad privada

1.1 El distintivo de las personas vigilantes de seguridad privada que ejercen sus funciones en Cataluña se ajustará a las características determinadas en el artículo 2 y en el anexo de esta Orden.

2.1 En la parte superior del anverso del distintivo debe figurar la expresión en catalán "vigilant de seguretat", o la de "vigilant d'explosius", según corresponda, en la parte inferior debe llevar grabado el número de habilitación.

1.3 El distintivo se llevará permanentemente en la parte superior izquierda, que corresponde al pecho, de la pieza de ropa exterior, sin que pueda quedar oculto por otra prenda o elemento que se lleve encima.

Artículo 2

Características del distintivo

2.1 El distintivo debe ser de forma ovalada y apaisada, de 8 cm de ancho y 6 cm de altura, en fondo blanco.

2.2 Las letras y los números deben ser de color rojo.

2.3 El distintivo puede ser de material metálico o plástico flexible, con las siguientes características:

a) Si es de metal, debe estar elaborado por una aleación de un 65% de cobre y un 35% de zinc, recubierto con esmalte cerámico y tratado con baños de decapado, desengrasado, níquel y latón. Su fijación al uniforme se debe hacer con un imperdible horizontal.

b) Si es de goma flexible, debe estar elaborado con policloruro de vinilo (PVC). Su fijación al uniforme se realizará mediante un sistema de cierre de gancho y bucle de los denominados tipo "velcro".

2.4 De acuerdo con la Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada, las personas fabricantes debidamente registradas sólo suministrarán distintivos a aquellas personas vigilantes que se acrediten como tales mediante la tarjeta de identidad profesional, y deben llevar un control de los distintivos suministrados, con anotación del número y del número de tarjeta de identidad profesional.

Artículo 3

Elementos de uniformidad

El distintivo de las personas vigilantes de seguridad privada al que se refiere esta Orden es un elemento de la uniformidad a todos los efectos legales.

Disposición transitoria

Obligación de cumplimiento

No obstante lo establecido en la disposición final, las previsiones contenidas en esta Orden no serán exigibles hasta transcurridos dieciocho meses contados desde su publicación en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña.

Disposición final

Entrada en vigor

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña.

Barcelona, ​​17 de enero de 2012

Felip Puig i Godes

Consejero de Interior

________________________________________________________________________________________________________________________


ANEXO
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http://www20.gencat.cat/portal/site/portaldogc/menuitem.c973d2fc58aa0083e4492d92b0c0e1a0/?vgnextoid=485946a6e5dfe210VgnVCM1000000b0c1e0aRCRD&appInstanceName=default&action=fitxa&documentId=598888&language=ca_ES
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Re: Nueva placa VS en Cataluña (en catalán)

Notapor Vladimir » Dom Feb 19, 2012 8:02 pm


Una chorrada como un piano, de las que se hacen de cara a la galería. Será que no hay curro por hacer... Lo peor es que algunos pretenderán que esto escueza, o se darán un golpecito en el pecho mientras lo leen.

La casa por el tejado.
"You must obey the law, always, not only when they grab you by your special place." - Putin

* Precaución: la ironía y el sarcasmo están presentes en la firma.
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Re: Nueva placa VS en Cataluña (en catalán)

Notapor charlieromeo » Dom Feb 19, 2012 8:21 pm


Conviértete En Ertzaina

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Al final habrá seguridad privada autonómica , siempre preocupandose por tonterias que no aporta nada , ni a la sociedad ni a los trabajadores de esta profesión , antes de cambiar otros temas o cuestiones más importantes .

Un saludo
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Re: Nueva placa VS en Cataluña (en catalán)

Notapor ferru sanma » Dom Feb 19, 2012 9:10 pm


Si quieren igualdad lingüística y puestos a sugerir que lo pongan tanto en Catalán como en Español.

Y algún nacionalista lo verá como un triunfo :cabezazo:
______________
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Re: Nueva placa VS en Cataluña (en catalán)

Notapor jotxe » Dom Feb 19, 2012 9:13 pm


Fundas Para Arma Corta

desenfunda.com
ferru sanma escribió:Si quieren igualdad lingüística y puestos a sugerir que lo pongan tanto en Catalán como en Español.:

No des ideas..no des ideas...que al final,harán la placa el doble de grande
Aunque bueno,así ,ya tendríamos un escudo de dotación....
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