Petición tarjeta extranjero física para comunitarios

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Re: Petición tarjeta extranjero física para comunitarios

Notapor MURGUINSON » Jue Mar 03, 2011 10:39 am


Acceso al cuerpo de policía autonómica del País Vasco

nola2hurtu.eus
...pues si así lo quieres, aceptamos pulpo como animal de compañía, no hay problema.

Ahora te transcribo las instrucciones que tienen las comisarias para documentar a extranjeros, a ver si esto sí se entiende:

"Como consecuencia de la entrada en vigor del RD 240/07 el 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de los ciudadanos de los estados miembros de la unión y otros estados miembros del acuerdo sobre el espacio económico europeo así como de la Confederación Suiza, se HA IMPLANTADO el nuevo documento denominado "certificado de registro del ciudadano de la unión" CON LA CONSIGUIENTE DESAPARICIÓN DE LA TARJETA DE CIUDADANO DE LA UNION, la cual ha sido SUSTITUIDA por la obligación de solicitar la inscripción en el Registro Central de Extranjeros, lo que supondrá la expedición inmediata de un certificado de registro.

Entrada en vigor de esta instrucción: 2 de Abril de 2007".



En fín, si tampoco esto te aclara el asunto, te adelanto que no nos vamos a poner de acuerdo ni en mil años, porque yo te explico la REALIDAD procidemental sobre un trámite administrativo y tú hablas sobre interpretaciones personales de la norma. Te pongo un ejemplo de tus argumentaciones:

Me presento en una dependencia oficial y solicito se me facilite una vivienda, a continuación añado que la Constitución Española, que es la NORMA SUPREMA dice:

Artículo 47.

"Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho""


El funcionario me dice que tendré que hacer los trámites de adquisición y pagar lo que corresponda, y yo le digo:

"NO no no, la ley NO DICE que yo tenga que pagar ni un euro, y además no considero de recibo que yo tenga que pagar dinero para que se me reconozcan y hagan efectivos mis derechos constitucionales"

A partir de ahí podemos entablar un debate que dure horas y hasta dias sin ponernos de acuerdo, pero el funcionario, como tiene que atender a otras personas/asuntos, pues me saluda, se despide de mí, me remite al "libro oficial de quejas y sugerencias" y aqui paz y después gloria.
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Re: Petición tarjeta extranjero física para comunitarios

Notapor gk » Jue Mar 03, 2011 2:02 pm


askoman escribió:no no no no, dice Deroga el RD SOBRE entrada y permanencia, no dice nada del resto que sea COMPATIBLE

Es decir que lo que deroga claramente son el Art 4. ENTRADA y el Art.5 ESTANCIA y de manera general la permanencia pero no dice nada sobre la acreditacion.


Me va usted a disculpar, pero está usted más perdido que un pato en un garaje. La disposición derogatoria deroga todo el Real Decreto anterior, y lo que dice usted de "sobre, bla, bla bla" es el título del Real Decreto que deroga y no un apartado del mismo. Es una cuestión básica, vaya, puede discutir uno de lo que quiera, pero partiendo de unos mínimos.

Es mas incluso aunque lo derogue por completo, que no estoy tan seguro, con la normativa actual PUEDO tener tarjeta de extranjero (que ya no de residente)


A ver si se entera de que USTED NO ES EXTRANJERO, sino comunitario, que NO ES LO MISMO. Y esa diferencia no es cosa de España, sino de Bruselas, así que habrá de ser allí donde vaya usted a quejarse.

Haga el favor de leerse bien la normativa, a poder ser, la vigente, y encontrará pasajes tan reveladores como éste:

La firma, el 28 de julio de 2000, en Marsella, por los Ministros del Interior de Francia, Alemania, Italia y España, de una Declaración en la que se comprometían a suprimir la obligación de poseer una tarjeta de residencia en determinados supuestos, obligaba a introducir las correspondientes adaptaciones en el régimen contemplado en los reales decretos mencionados, por lo que se hizo necesario introducir la no exigencia de tarjeta de residencia para los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que fueran activos, beneficiarios del derecho a residir con carácter permanente, estudiantes o familiares de estas personas que sean a su vez ciudadanos de los mencionados Estados.


Otra cosa es que a usted no le guste pero, como comprenderá, es un aspecto irrelevante de cara a la expedición o no de un documento.

Un saludo!
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Re: Petición tarjeta extranjero física para comunitarios

Notapor askoman » Jue Mar 03, 2011 4:48 pm


Kubotan Desde 10? - Desenfunda

desenfunda.com
Señor mio, agradezco sus indicaciones pero el tono no me parece en absoluto necesario.

gk escribió:A ver si se entera de que USTED NO ES EXTRANJERO, sino comunitario, que NO ES LO MISMO. Y esa diferencia no es cosa de España, sino de Bruselas, así que habrá de ser allí donde vaya usted a quejarse.


L.O 04/2000

TÍTULO PRELIMINAR
Disposiciones generales

Artículo 1. Delimitación del ámbito.

1. Se consideran extranjeros, a los efectos de la aplicación de la presente Ley, a los que carezcan de la nacionalidad española. (Redactado conforme a la Ley Orgánica 8/2000)
2. Lo dispuesto en esta Ley se entenderá, en todo caso, sin perjuicio de lo establecido en leyes especiales y en los Tratados internacionales en los que España sea parte. (Redactado conforme a la Ley Orgánica 8/2000)
3. Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea y aquellos a quienes sea de aplicación el régimen comunitario se regirán por las normas que lo regulan, siéndoles de aplicación la presente Ley en aquellos aspectos que pudieran ser más favorables. (Añadido por la Ley Orgánica 14/2003 y Redactado conforme a la Ley Orgánica 2/2009)

creo que mas claro no se puede, no hace falta ir a bruselas,

en cuanto a su revelacion creo que el que no entiende bien su idioma es ud. Suprimir Obligacion,

Y una puntualizacion, yo no he hablado de TARJETA DE RESIDENTE, sino de TARJETA DE IDENTIDAD DE EXTRANJERO, la primera ya no existe pero la segunda si, si somos quisquillosos con los terminos por favor seamoslo con todos.

A ver si de una maldita vez se acogen a lo escrito y no a una revelacion en la interpretacion. El idioma es tremendamente preciso.

Y por favor yo en ningun momento he sido ni falton, ni borde, ni he gritado ruego se acoja ud. a las mismas normas.


PD: Murguinson, de mometo te debo 100 eureles, pero dame un poco de tiempo..... las cañitas siguen en pie
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Re: Petición tarjeta extranjero física para comunitarios

Notapor EL LOBO » Jue Mar 03, 2011 5:14 pm


Municion Marcadora 9mm Fx

Force on force
uspsuministros.com
Pero bueno, le es tan dificil de entender que usted por ser Alemán NO es extranjero sino COMUNITARIO.........yo no soy ningún experto en esto de la extranjería pero vamos que con las grandes explicaciones de Murguinson y de gk, lo entiende cualquiera. :cabezazo: :cabezazo:

P.D.- Bajemos un poco el tono cuando se dirija a foreros acreditados y más cuando estos estan intentando de que vea la luz al fondo de sus dudas.
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Re: Petición tarjeta extranjero física para comunitarios

Notapor MURGUINSON » Jue Mar 03, 2011 6:03 pm


Gorras Americanas

militariapiel.es
askoman escribió:
L.O 04/2000

TÍTULO PRELIMINAR
Disposiciones generales

Artículo 1. Delimitación del ámbito.

1. Se consideran extranjeros, a los efectos de la aplicación de la presente Ley, a los que carezcan de la nacionalidad española. (Redactado conforme a la Ley Orgánica 8/2000)

2. Lo dispuesto en esta Ley se entenderá, en todo caso, sin perjuicio de lo establecido en leyes especiales y en los Tratados internacionales en los que España sea parte. (Redactado conforme a la Ley Orgánica 8/2000)

3. Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea y aquellos a quienes sea de aplicación el régimen comunitario se regirán por las normas que lo regulan, siéndoles de aplicación la presente Ley en aquellos aspectos que pudieran ser más favorables. (Añadido por la Ley Orgánica 14/2003 y Redactado conforme a la Ley Orgánica 2/2009)

creo que mas claro no se puede, no hace falta ir a Bruselas,


Pues SÍ que hace falta ir a Bruselas, porque lo que resalto en rojo de tu cita, es exactamente lo que te EXIME de ser considerado EXTRANJERO tal y como te ha explicado gk, y por ende, NO te hace acreedor de una tarjeta de extranjero.



askoman escribió:PD: Murguinson, de momento te debo 100 eureles, pero dame un poco de tiempo..... las cañitas siguen en pie

Uhmmm....veo que tu visita de esta mañana a la comisaria no ha colmado tus espectativas ... :twisted:
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Re: Petición tarjeta extranjero física para comunitarios

Notapor askoman » Jue Mar 03, 2011 7:05 pm


Curso Online Psicotécnicos

joyfepolferes.es
bueno entonces, si lo he entendido bien, son tres estados posibles,
- Español
- Extranjero
- Comunitario

no?

El extranjero lo regula la LO 4/2000 y el RD 2393 y al comunitario el 240/2007 junto con las europeas al respecto,

La legislacion española no puede ir en contra de la Europea de ahi el apartado que me coloreas en rojo, verdad?

hasta aqui todos de acuerdo (mas o menos y a grandes rasgos) no?

PD: Lobo, con todos mis respetos, creo que he mantenido en todo momento las formas hasta que me han elevado a mi el tono. Personalmente soy de la opinion que por muy acreditado que seas, las formas son las mismas.

PD2: no ha sido tan fructifera pero que vas a hacer, si al final las ordenes vienen de arriba, no merece la pena montar un cirio a alguien que no tiene culpa alguna. Asi que preguntas amablemente donde dirigirte y ya esta.
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Re: Petición tarjeta extranjero física para comunitarios

Notapor UDYCO » Jue Mar 03, 2011 7:08 pm


Edición 175 Aniversario Gc

gafaspolicia.com
Yo solo digo que tengo un vídeo telefunken de mas de 20 años y eso no hay dios que lo parta!!!! :lol:

Es solo una broma no se moleste, pero una cosa es un opinión y otra un hecho, y la actual imposibilidad de obtener una tarjeta de extranjero siendo ciudadano comunitario, es un hecho, a partir de ahí opine lo que quiera.

Un saludo.
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Re: Petición tarjeta extranjero física para comunitarios

Notapor MURGUINSON » Jue Mar 03, 2011 9:43 pm



foropolicia.es
askoman escribió:bueno entonces, si lo he entendido bien, son tres estados posibles,
- Español
- Extranjero
- Comunitario

El extranjero lo regula la LO 4/2000 y el RD 2393 y al comunitario el 240/2007 junto con las europeas al respecto,

La legislacion española no puede ir en contra de la Europea de ahi el apartado que me coloreas en rojo, verdad?

(mas o menos y a grandes rasgos) no?


Correcto, y cada cual tiene la documentación que la ley dispone, los EXTRANJEROS o régimen general tienen un modelo uniforme de tarjeta, los COMUNITARIOS NO, y a efectos administrativos tienen un certificado de registro (que suple la antigua tarjeta desde 2007) y los familiares de esos comunitarios que no ostentan nacionalidad de la UE (por ejemplo una argentina casada con un alemán) si tienen un modelo de tarjeta (régimen comunitario) pero distinta a los EXTRANJEROS. Por último, los extranjeros estudiantes en España tienen otro modelo de tarjeta diferente a todas las anteriores, y aún nos quedarían otros documentos como los de los trabajadores transfronterizos (Ceuta/Melilla), los asilados, los apátridas, los indocumentados...
A los comunitarios se le aplica el RD 240/07 y a los extranjeros la L.O 4/2000 y su reglamento, cuyo regimen sancionador (multa/expulsión) es mucho más duro y restrictivo que la normativa comunitaria, la cual en pocas palabras equipara en derechos y libertades a un español con cualquier ciudadano de la UE (de ahí que no se consideren extranjeros a efectos legales y prácticos)

¿Que se debería dotar de una tarjeta a los comunitarios en vez del certificado? Pues es opinable, y la mayoría de los interesados opina que sí, por lo que así como en su momento (2007) se retiró la tarjeta, se puede de nuevo reimplantar, pero eso NO es competencia de la policía. Hay muchos españoles que se quejan y no están de acuerdo con que se cobre 10 euros por tramitar un documento que la ley te obliga a poseer (dni) desde los 14 años, pero hasta que una norma suprima las tasas obligatorias no se le puede eximir del pago porque tenga razón o no esté de acuerdo el ciudadano.
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Re: Petición tarjeta extranjero física para comunitarios

Notapor cas » Jue Mar 03, 2011 10:42 pm


Cartera Mossos D`esquadra

Realizada en piel
enpieldeubrique.com
Buenas a todos.

Enhorabuena por el hilo reabierto.

Así y por ir con cierto orden, comienzo por decir que el Sr askoman ha decidido correr una carrera complicada. Mi ánimo.

He leído dos veces el hilo completo y hacía algún tiempo que no disfrutaba tanto.

Sr askoman, estoy de acuerdo con su exposición pero permítame no estar de acuerdo en algunos puntos que quiero compartir con ud.

Me inquieta el hecho de que si bien se ha mencionado que la normativa que regula el régimen general de extranjería L.O 2/2009 y RD 2393/2004 no parece ser de aplicación según parte de los intervinientes, para argumentar su “derecho”, no se ha entrado, sin embargo, según creo, a valorar por qué. Y es en este punto que el desarrollo de este tema puede incluso ayudar a comprender mejor la cuestión principal que se discute y que es el derecho a solicitar y quizás y sobre todo :llorando: a obtener la tarjeta referida.

Debemos partir de un hecho y es que la norma recoge una máxima para la aplicación de la regulación propia del régimen general a un ciudadano comunitario y es que aquella le sea más favorable.

Y desde esta perspectiva quizás debemos analizar si el hecho de proveer de una tarjeta a un ciudadano comunitario residente en España le es más favorable o no que el proveerle en igualdad de condiciones de un papel. Es decir, llevándonos a desmontar el asunto a la mínima expresión, debemos pensar, qué es más favorable, ¿una tarjeta o un papel?

Pues estará ud conmigo en que la cuestión, en este orden y a este nivel, pierde la objetividad que le es exigible a toda norma ya sea esta de naturaleza jurídica u otra creada para regular situaciones o circunstancias de ámbito general y digo que pierde objetividad dado que dependerá de cada caso concreto el que esta cuestión sea más favorable o no lo sea. En su caso ya ha quedado claro.

Yo no alcanzo a comprender la motivación exacta que lleva al legislador a cambiar una opción por otra pero sí me atrevo a decir que aunque no lo haya explicado de manera conveniente parece que persigue cierta intención de “beneficiar” al ciudadano comunitario. Y lo digo por una pura cuestión de eliminación, dado que pensar que lo ha hecho por perjudicar no es admisible en los tiempos que corren. Lo entrecomillo dado que como es obvio ud no parece sentirte beneficiado y está en su derecho.

Pero y por no perdernos, si entendemos tal razonamiento como válido, lo cual, es evidente, también es discutible, no podemos entonces utilizar la normativa recogida en el Rd 2393/2004 ni en la L.O 2/2009 ni las que a estas se refieran, para de momento, argumentar su derecho a peticionar su tarjeta. Ojo para argumentar no, pero ejercer su derecho a solicitar esta cuestión no debe ser determinante en contrario.

Defiende ud y creo que con acierto que si bien la norma exime de la obligación al ciudadano comunitario de obtener una tarjeta no parece estar tan acertada en su redacción a la hora de regular el derecho de éste a poder solicitarla. Pero, también sería algo inconsciente no admitir que aunque mal regulado o incluso ofreciendo a su persona la posibilidad de peticionar su solicitud amparándose en su pésima o incompleta redacción, también ofrece a la administración una postura muy fácil ante su petición.

Y esto es así y además usando su propio argumento para peticionar, y es que la misma “obligación” que exime a su persona de proveerse de una tarjeta, exime también ante cualquier petición en ese sentido a la administración de proveérsela aun cuando ud la solicite. Al menos en primera instancia y me atrevo que hasta en segunda y siempre dentro del procedimiento administrativo. Claro está, las cosas pueden cambiar en la via propia del contencioso administrativo.

Segundo punto:

El hecho de que no le sea aplicable en su argumento la normativa de régimen general o incluso y siendo benévolo admitiendo que la normativa comunitaria no parece impedírselo, el derecho a peticionar como interesado que le sea provista una “tarjeta” nada tiene que ver con ambas normativas, es puro y duro procedimiento administrativo L 30/92 ni mas ni menos. Ahora, es evidente también, que la respuesta a su petición si va a depender de sendas normativas primero referidas, y así dependiendo de lo que la administración entienda, podrá desde inadmitir a tramite hasta considerar su petición y denegar. Como mucho y si tiene suerte en fase administrativa se encontrará con alguien que se plantee la duda y decida plantear la consulta a otro órgano con mayor competencia o especialización. Pero si me atrevo a decir que en caso alguno le van a dar la razón.

La letra de la ley es la letra de la ley y es licito todo lo que la ley no prohíbe, y en este caso, quizás por una mala redacción quizás con una intención que se acerque mas a los intereses del Sr askoman, la norma no deja claro el derecho a peticionar dicha tarjeta, de manera que yo como ud. De encontrarme es esta situación cuando menos defendería su postura.

Por tanto y desde mi punto de vista la discusión es mas que lícita.

En cuanto a su apuesta de 100 euros, creo que deberían de poner un límite temporal a esa apuesta porque, dependiendo de hasta donde quiera llegar y el tiempo y recursos que quiera emplear el Sr askoman, la experiencia debería de servirnos que en cuestiones de extranjería no hay nada escrito hasta que como poco el Constitucional o el TSupremo diga que lo está.

Un saludo

****48278
cas
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Re: Petición tarjeta extranjero física para comunitarios

Notapor MURGUINSON » Jue Mar 03, 2011 11:04 pm


cas escribió: ....En cuanto a su apuesta de 100 euros, creo que deberían de poner un límite temporal a esa apuesta porque, dependiendo de hasta donde quiera llegar y el tiempo y recursos que quiera emplear el Sr askoman, la experiencia debería de servirnos que en cuestiones de extranjería no hay nada escrito hasta que como poco el Constitucional o el TSupremo diga que lo está


Pues como el límite temporal sea como el del Estatut de Cataluña, y temiéndome que al ser cuestión de menor urgencia y relevancia... digamos que la deuda se sustanciará.... uhmmmm.... allá, allá... por marzo del 2022 (mes arriba o abajo) :caco:
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Re: Petición tarjeta extranjero física para comunitarios

Notapor askoman » Vie Mar 04, 2011 1:10 am


muy buenas, otra vez.....

Lo del Telefunken me ha gustado, mi experiencia es en ese sentido amplia, como cuando me declararon profugo, o cuando solicite la licencia F y un nacido en España no podia ser Aleman, o cuando importé desde Alemania algo que en teoria no se podia. Vamos que mi trayectoria es bastante por lo menos curiosa y he de decir que la balanza se ha inclinado a mi favor en toos esos casos, pero simpre a costa de un porron de tiempo.

Por otro lado decir que el disfrute es mutuo.

Esto es como la tipica discusion de bar en la que arreglamos el mundo y nos vamos orgullosos de haber hecho algo, cuando sin embargo no ha servido de nada.

Volviendo al hilo, me pregunto;

- El registro donde estoy registrado es el Registro General de Extranjeros, no debria ser de Comunitarios?
- Mi NIE, es un Numero de Identificacion de Extranjero, no deberia ser numero de identificacion de comunitario?

A estas alturas de la conversacion creo que no es necesario decir que en ningun caso creo que la culpa se de la Policia Nacional o de los administrativos que me atienden, sino que creo mas bien que la culpa de estos malentendidos o errores son de quien dan las ordenes.

Yo simpre he pensado que esto funcionaba de una manera discreta, es decir como el razonamiento de cas, por descarte;
Nacional si/no, si es que no, entonces extranjero, si eres extranjero, comunitario o extracomunitario. Es decir, que "comunitario" o "extracomunitario" era el "apellido" de la denominacion de extranjero. De ahi la definicion de Extranjero que puse mas arriba.

Por otro lado, creo que tambien ha quedado claro que el RD2393/04 se usa para los comunitarios en algunos articulos, como el referente al NIE.
Y que el ambito de aplicacion de la orden de 7 Febrero de 1997 (colgada en el MIR con la legislacion aplicable a comunitarios) incluye al regimen comunitario, de asilo y al general de extranjeria.

Que para mi en mi caso particular sea mas favorable tener la Tarjeta de Extranjero (repito, NO la de residente), pues desde luego me facilita la vida, para ir al banco, identificarme en las empresas, coger un avion en territorio nacional, con la dministracion etc, para un jubilado, pues puede que no lo necesite en absoluto ya que el Certificado seguramnete lo guarde en el cajon y como no caduca.... Al fin y al cabo es como un certificado de empadronamiento atemporal.

Como dato curioso, hoy he llamado a los distintos numeros de telefono que aparecen de la Comisaria General de Extranjeros y Documentacion, donde cada uno me ha dicho cosas distintas (siempre muy amablemente), desde que me puedo acoger al regimen que quiera, hasta que la tarjeta de extranjero no es documento valido de identificacion si no va acompañada del pasaporte (otra cosa es que se haga la vista gorda).

Yo creo y es opinion personal, fundada en los parrafos previos de las distintas legislaciones, incluida la Europea al respecto, que lo que en verdad se perseguia era la no obligatoriedad del documento, no tanto como su extincion. En definitiva que desde el legislador hasta el mostrador alguien ha querido simplificar tanto la orden/circular que ha errado en el tiro.

Sobre las tarjetas que me indicas amigo Murguinson, al final hay muchas que la clasificacion de extranjero frente a nacional esta clara. Y su adjudicacion tambien esta perfectamente reglada.

Con lo contento que estaba yo con mi tarjetita azul.....
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Re: Petición tarjeta extranjero física para comunitarios

Notapor tsahal » Vie Mar 04, 2011 4:26 pm


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askoman escribió:vale esta muy bien, es maravilloso este pais y su sistema que con decir no, por que yo te digo que no, es suficiente. Si la verdad no se pqrq que liarse a redactar leyes y normas si total......


a ver, campeón, si tan bien estaba en Alemania y tan desastres somos aqui, la solución es volverse por donde ha venido.

askoman escribió:Yo creo que como aleman soy extranjero y no una longaniza......
.


Efectivamente, es usted extranjero en el sentido de que no es español, pero es un extranjero COMUNITARIO.

askoman escribió:Señor mio, agradezco sus indicaciones pero el tono no me parece en absoluto necesario.

A ver si de una maldita vez se acogen a lo escrito y no a una revelacion en la interpretacion. El idioma es tremendamente preciso.

Y por favor yo en ningun momento he sido ni falton, ni borde, ni he gritado ruego se acoja ud. a las mismas normas.


Ni a mi me gusta su actitud, pues demuestra algunas actitudes deplorables:
-menosprecio de mi pais.
-interpretar la normativa como le da la gana y luego exigir conforme a SU interpretación.

Y si, ha sido usted faltón y borde, amén de prepotente. Seguro que en Alemania no se anda con tantas tonterías y chulerías en su trato con la Polizei...

Si no le gusta la respuesta de murgui (especialista en el tema, asi que algo sabe mas que usted) porque no se adapta a lo que usted esperaba, la solución es sencilla: no preguntar y dirigirse directamente a una oficina de extranjeria....o volver a Alemania, ya que tan malos somos aqui.
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Re: Petición tarjeta extranjero física para comunitarios

Notapor Humberto » Vie Mar 04, 2011 8:50 pm



Materiales de alta calidad
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Dice el refrán:
"Treinta monjes y un abad no pueden hacer beber a un asno contra su voluntad"
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Re: Petición tarjeta extranjero física para comunitarios

Notapor askoman » Vie Mar 04, 2011 9:22 pm



intervencionpolicial.com
otro dice..... "de donde no hay, no se puede sacar"
y otro.... "no hay peor ciego que el que no quiere ver"
.....

Yo no se por que hay que entrar en descalificaciones, cuando no se, a mi me ha parecido una conversacion bastante correcta, hasta que algunos foreros han decidido subir el tono.

Agradezco por supuesto muchisimo la paciencia de Murguinson, y no ceo que se haya visto ofendido por mi tono o lenguaje, No?

Entonces, ¿a que vienen las descalificaiones o las subidas de tono?

En fin, tan solo añadir, "Y sin embargo se mueve" GG.

Saludos!
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Re: Petición tarjeta extranjero física para comunitarios

Notapor tsahal » Vie Mar 04, 2011 9:54 pm


Academia Acceso CNP

sector115.es
askoman escribió:otro dice..... "de donde no hay, no se puede sacar"
y otro.... "no hay peor ciego que el que no quiere ver"

Saludos!


efectivamente, el refrán se adapta a su persona como un guante...me alegra profundamente que reconozca sus carencias, a lo mejor no es el primer paso para su cura, pero indica que no es usted uno de esos boches que va por la vida como si el III reich hubiera ganado la guerra.
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