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askoman escribió:modelo EX15
y yo en mi caso lo pediria como residente permanente, a ver donde pone que no puedo.
Como tu no quieres contestar te lo digo yo, para otorgar el NIE os acogeis al art 101 del RD 2393/2004 y para la trajeta yo me quiero acoger al articulo 105 del mismo RD.
A ver ya que tanto sabemos por que uno vale y el otro no?.
Vamos a ver, el modelo EX-15 es PARA SOLICITAR TARJETA DE IDENTIDAD DE EXTRANJERO un ciudadano que no pertenece a la UE y espacio económico europeo, por lo tanto UN COMUNITARIO nunca podrá presentar esa solicitud PORQUE NO SE LA ADMITIRÁN A TRÁMITE, al igual que si un senegalés solicita le expidan un certificado de registro de ciudadano de la unión NO SE LO ADMITIRÁN A TRÁMITE. Una cosa es lo que la ley establece y otra lo que nosotros consideramos que debería establecer.