Persona que se niega a abandonar unas instalaciones

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Persona que se niega a abandonar unas instalaciones

Notapor Estratos » Vie Jul 12, 2013 11:09 am


Hola a todos:
El otro dia tube una intervención y no se si reaccione bien. Presto servicio en Renfe y me encontraba en una Estación de Cercanias. Aperecio un ciudadano (un poco chulesco) y me dice que quuere acompañar a su mujer y sus padres al tren. Le digo que tiene que ponerse en contacto con Cercanias (pulsando un interfono que hay en los tornos) o sacar un billete. Se niega a ambas cosas. En un momento dado aprovecha que entra un pasajero, y se cuela detras de el. Le pido que abandone las instalaciones, a lo que se niega. Le pido que me facilite sus datos personales (DNI) a lo que también se niega. El ciudadano empieza a caminar por el anden a pesar de mis impedimentos (no quise usar la fuerza porque habia muchos pasajeros) Finalmente aparece un Interventor de Renfe-Cercanias y me dice que lo deje estar.
En una situación asi: ¿Se puede usar la fuerza? En caso de denunciar ¿Se denuncia por via Administrativa o Penal? ¿Como unico trabajador de unas instalaciones (siendo Vigilante de Seguridad) puedo autorizar a que una persona acceda?
Gracias por vuestras respuestas.
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Persona que se niega a abandonar unas instalaciones

Notapor nanocop » Vie Jul 12, 2013 11:27 am


Botas Policiales Desde 52?

desenfunda.com
O aplicas el poder discrecional que podría ser dejarle pasar y hacer caso omiso o por el contrario requerir a las fuerzas y cuerpos competentes para que se personen y sancionen a esta persona por no portar el billete correspondiente. El uso de la fuerza se reserva para intervenciones que acaben en detención o por el contrario tendrías problema asegurado.


Enviando.
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Re: Persona que se niega a abandonar unas instalaciones

Notapor cryber » Vie Jul 12, 2013 11:39 am


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Negativa a dejarle pasar, salvo que empleados de RENFE dispongan lo contrario. Impedirle la entrada.
Identificación, si se niega a identificarse, requerir FFCCSS. Impedir que dicha persona abandone instalaciones hasta llegada FFCCSS.

Artículo 90 Infracciones leves
e) Viajar sin título de transporte o con título que resulte insuficiente en función de las características del viaje y condiciones generales de contratación establecidas que sean de aplicación, así como el uso indebido del título que se posea o viajar en lugares distintos de los habilitados para los viajeros.
17. Viajeros sin Título de Transporte
El viajero que, procedente de una estación con venta de billetes, acceda a los trenes sin título de transporte válido o sin la debida autorización, deberá abonar el precio de un título de transporte sencillo, del recorrido completo a realizar por dicho viajero con la penalidad o los recargos que figuran en esta condición, según corresponda.En caso de negarse a ello, se le exigirá que abandone el tren en la misma estación si estuviera estacionado o en la siguiente con parada, caso de estar en marcha. Todo lo anterior lo es sin perjuicio de que, caso de haber identificado al viajero, por parte de Renfe-Operadora se formule la correspondiente denuncia ante la Delegación del Gobierno para la instrucción del oportuno expediente sancionador por infracción administrativa, conforme a lo establecido en al artículo 95 de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario.A los efectos de esta Condición se entenderá que el viajero carece de título de transporte cuando no lo haya formalizado, haya caducado, lo presente con enmiendas, raspaduras o tachaduras, o deteriorado (de tal forma que impida comprobar sus datos), o cuando no lo acompane de la documentación necesaria habilitante para la naturaleza del título de transporte adquirido.Los recargos a aplicar, con independencia del precio del billete y con excepción de los casos previstos en el artículo 22 de estas Condiciones Generales, son el duplo del importe del título de transporte sencillo, en día laborable (de lunes a viernes, no festivo), del máximo recorrido de cada Núcleo. En aquellos Núcleos integrados, total o parcialmente, en Consorcios de Transporte, el recargo a imponer en estos supuestos será el que establezca el Consorcio respectivo.
PD:A individuos menospreciantes, que debieran ser, como mímino, llamados al orden por moderadores, paso de contestarles, es preferible..

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Re: Persona que se niega a abandonar unas instalaciones

Notapor Estratos » Vie Jul 12, 2013 12:02 pm


Bolsa Tiro

militariapiel.es
Gracias por vuestras respuestas. En este caso no se si se podria aplicar el art.90 de la ley del sector ferroviario puesto que esta persona no ha viajado, solo quiere acompañar a unos familiares. Lo que peor me sienta es el desobedecimiento de esta persona. Si consige mas cosas con educación que con chuleria.
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Re: Persona que se niega a abandonar unas instalaciones

Notapor cryber » Vie Jul 12, 2013 12:05 pm


Curso Online Psicotécnicos

joyfepolferes.es
Estratos escribió:Gracias por vuestras respuestas. En este caso no se si se podria aplicar el art.90 de la ley del sector ferroviario puesto que esta persona no ha viajado, solo quiere acompañar a unos familiares. Lo que peor me sienta es el desobedecimiento de esta persona. Si consige mas cosas con educación que con chuleria.


He hecho una modificación del post ya que las condiciones generales de renfe establecen el acceso a los trenes...
PD:A individuos menospreciantes, que debieran ser, como mímino, llamados al orden por moderadores, paso de contestarles, es preferible..

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Re: Persona que se niega a abandonar unas instalaciones

Notapor toxxo » Vie Jul 12, 2013 12:40 pm


Gc Edicion 175 Aniversario

gafaspolicia.com
Reglamento de seguridad privada.

Artículo 67 Principios de actuación

El personal de seguridad privada se atendrá en sus actuaciones a los principios de integridad y dignidad; protección y trato correcto a las personas, evitando abusos, arbitrariedades y violencias y actuando con congruencia y proporcionalidad en la utilización de sus facultades y de los medios disponibles (artículo 1.3 de la L.S.P.).

Artículo 73 Diligencia

Los vigilantes habrán de actuar con la iniciativa y resolución que las circunstancias requieran, evitando la inhibición o pasividad en el servicio y no pudiendo negarse, sin causa que lo justifique, a prestar aquellos que se ajusten a las funciones propias del cargo, de acuerdo con las disposiciones reguladoras de la seguridad privada.

Artículo 77 Controles en el acceso a inmuebles

En los controles de accesos o en el interior de los inmuebles de cuya vigilancia y seguridad estuvieran encargados, los vigilantes de seguridad podrán realizar controles de identidad de las personas y, si procede, impedir su entrada, sin retener la documentación personal y, en su caso, tomarán nota del nombre, apellidos y número del documento nacional de identidad o documento equivalente de la persona identificada, objeto de la visita y lugar del inmueble a que se dirigen, dotándola, cuando así se determine en las instrucciones de seguridad propias del inmueble, de una credencial que le permita el acceso y circulación interior, debiendo retirarla al finalizar la visita.


Te pones delante, le dices no pasas y entonces si te toca, empuja ... hablaríamos de otra cosa.
Art. 32 Para cualquier cuestión relativa a la moderación, póngase en contacto vía MP con el moderador o con los webmasters. http://www.foropolicia.es/foros/normativa-de-foropolicia-t43653.html Nemo patriam quia magna est amat, sed quia sua. Seneca
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Re: Persona que se niega a abandonar unas instalaciones

Notapor Estratos » Vie Jul 12, 2013 1:34 pm



foropolicia.es
Muchas gracias Toxxo
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Re: Persona que se niega a abandonar unas instalaciones

Notapor Paria » Vie Jul 12, 2013 2:02 pm


Cartera Porta Placa Ertzaintza

Fabricado en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
Hola compañero, entro diariamente en el foro pero nunca suelo escribir. Hoy voy a hacer la excepción porque me he sentido identificado contigo, ya que yo también presto servicio en transporte público y me encuentro siempre con la misma situación. Como el foro este es público tampoco te voy a decir exactamente lo que hago yo, poco podemos hacer para que encima digamos abiertamente como actuamos para que según gentuza lo lea y lo use en su favor. Lo que si te diré es que actúes de manera proporcional y con cabeza y que seas consciente de 2 cosas, una del trabajo que tienes que realizar y otra más importante aún es que ante todo va tu integridad física. Una vez tengas claro eso, a trabajar. Y una cosa es que te digan los listos de turno que tu como vigilante no eres quien para hacer nada y otra muy diferente es lo que te marca la legislación y sepas lo que puedes y no puedes hacer (que estoy ya empieza a ser de broma, tiene más derechos el que se cuela y roba que el que tiene que velar por la seguridad de los viajeros).

Me ha hecha gracia lo de:

Estratos escribió: Lo que peor me sienta es el desobedecimiento de esta persona.


Yo muchos días me he cogido cabreos por esto, por la falta de educación y de respeto que tiene la gente en general. Con el tiempo te darás cuenta que es lo que hay, es lo que se lleva hoy en día y cada vez más, si no mira las generaciones jóvenes los aires de superioridad y de falta de moralidad que tienen. Y respecto a ello solo puedes hacer 2 cosas: o dejar que te afecte y te queme o aceptarlo y trabajar sobre ello, de manera que sepas verle los beneficios y vulnerabilidades de que esta gente actué así.

Al final he soltado un rollazo y eso que no quería...
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Re: Persona que se niega a abandonar unas instalaciones

Notapor Dani90 » Vie Jul 12, 2013 2:05 pm


Estratos escribió:Gracias por vuestras respuestas. En este caso no se si se podria aplicar el art.90 de la ley del sector ferroviario puesto que esta persona no ha viajado, solo quiere acompañar a unos familiares. Lo que peor me sienta es el desobedecimiento de esta persona. Si consige mas cosas con educación que con chuleria.


Si ya estuviese en vigor la nueva ley, le podrías haber detenido por desobediencia. Pero ahora... >_<
Todos nos interponemos entre la víctima y el agresor. Todos tendemos la mano al indefenso. Y todos daríamos todo por un compañero. O acaso miramos el uniforme que viste?

Claro que no. El uniforme se lleva por dentro.
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Re: Persona que se niega a abandonar unas instalaciones

Notapor Ares. » Vie Jul 12, 2013 3:30 pm


Que rabia me dan estas cosas, que pena que no me pase a mi, yo no suelo tener estos tipos de intervenciones, debido a mi tamaño, corpulencia y cara de pocos amigos la gente me suele hacer caso a la primera, quizás en servicios nocturnos si he tenido algún encontronazo y es que el alcohol es mal consejero, pero he tenido yo la última palabra.
Lo que debes de hacer es Interferir en su camino y le explicas la normativa, sin billete no puede acceder, que no te cuente películas, básicamente te pones delante, es más, yo no tengo ningún inconveniente en cogerle del brazo si pasa de mi cara, muchos te dirán que no, yo lo hago, si el ejerce la fuerza en lugar de desistir automáticamente te da licencia para proceder de otras formas, muchos acaban detenidos y aún no se creen que puedas hacerlo, es mas, acaban identificados, cacheados y detenidos y aún gritan que no puedes hacerlo, es más, acaban denunciados y pagando una multa y no entienden lo que les ha pasado, jajajaja, cosas de la ignorancia del ser humano. :lol:

Pero mi consejo es que si crees que no vas a poder acabar lo que empiezas... No lo empieces, ok? Osea, que si ves que el ciudadano en verdad va a acompañar a sus padres y no va a dar mayor problema o crees que no vas a ser capaz de finalizar la intervención como dios manda o que la terminaras mal por que has salido de la academia sin puñetera idea sobre la normativa y LSP o por que llevas cuatro días y desconocías que eras el último mono y cualquier interventor tiene mas autoridad que tu... Pasa, así de fácil, y dejas estas intervenciones a los caimanes... :-: :caiman:
El hombre que se enoja se derrotará a sí mismo en el combate, lo mismo que en la vida"
MAXIMA SAMURAI.


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Re: Persona que se niega a abandonar unas instalaciones

Notapor DrAcKo » Vie Jul 12, 2013 3:46 pm


DEPOL Guardia Civil

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de-pol.es
Ares. escribió:Que rabia me dan estas cosas, que pena que no me pase a mi, yo no suelo tener estos tipos de intervenciones, debido a mi tamaño, corpulencia y cara de pocos amigos la gente me suele hacer caso a la primera, quizás en servicios nocturnos si he tenido algún encontronazo y es que el alcohol es mal consejero, pero he tenido yo la última palabra.
Lo que debes de hacer es Interferir en su camino y le explicas la normativa, sin billete no puede acceder, que no te cuente películas, básicamente te pones delante, es más, yo no tengo ningún inconveniente en cogerle del brazo si pasa de mi cara, muchos te dirán que no, yo lo hago, si el ejerce la fuerza en lugar de desistir automáticamente te da licencia para proceder de otras formas, muchos acaban detenidos y aún no se creen que puedas hacerlo, es mas, acaban identificados, cacheados y detenidos y aún gritan que no puedes hacerlo, es más, acaban denunciados y pagando una multa y no entienden lo que les ha pasado, jajajaja, cosas de la ignorancia del ser humano. :lol:

Pero mi consejo es que si crees que no vas a poder acabar lo que empiezas... No lo empieces, ok? Osea, que si ves que el ciudadano en verdad va a acompañar a sus padres y no va a dar mayor problema o crees que no vas a ser capaz de finalizar la intervención como dios manda o que la terminaras mal por que has salido de la academia sin puñetera idea sobre la normativa y LSP o por que llevas cuatro días y desconocías que eras el último mono y cualquier interventor tiene mas autoridad que tu... Pasa, así de fácil, y dejas estas intervenciones a los caimanes... :-: :caiman:


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Re: Persona que se niega a abandonar unas instalaciones

Notapor Estratos » Vie Jul 12, 2013 4:46 pm



60?
materialpolicial.com
Soy un caiman, 10 años en la profesión. El problema es que he subrrogado con una empresa (cuyo nombre no quiero recordar) que no quiere problemas, que nos dice que llamemos a la Policia y que no nos enfrentemos a Nadie, que le gusta sancionar, que no nos pone abogado si denunciamos. Yo las he tenido con desgarramantas y gentuza. En esa situación pense en sacar a la fuerza a ese tio y originarle un trauma a sus padres y esposa. La proxima vez no Lo dudare y lo sacaré si o si. El problema es que luego le voy a tener que dar explicaciones a la "santa" empresa para la que trabajo y al señor juez. No es lo mismo tener un intervención con un fulano que con un marido, aparentemente normal y sin antecedentes. Precisamente porque soy un caiman no me quito esta intervención de la cabeza. Me han humillado y considero que este señor se ha reido del sector de la.Seguridad Privada.
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Re: Persona que se niega a abandonar unas instalaciones

Notapor DrAcKo » Vie Jul 12, 2013 5:16 pm



intervencionpolicial.com
Estratos escribió:Soy un caiman, 10 años en la profesión. El problema es que he subrrogado con una empresa (cuyo nombre no quiero recordar) que no quiere problemas, que nos dice que llamemos a la Policia y que no nos enfrentemos a Nadie, que le gusta sancionar, que no nos pone abogado si denunciamos. Yo las he tenido con desgarramantas y gentuza. En esa situación pense en sacar a la fuerza a ese tio y originarle un trauma a sus padres y esposa. La proxima vez no Lo dudare y lo sacaré si o si. El problema es que luego le voy a tener que dar explicaciones a la "santa" empresa para la que trabajo y al señor juez. No es lo mismo tener un intervención con un fulano que con un marido, aparentemente normal y sin antecedentes. Precisamente porque soy un caiman no me quito esta intervención de la cabeza. Me han humillado y considero que este señor se ha reido del sector de la.Seguridad Privada.



Una cosa, es que la empresa evite problemas, y otra que por evitar tener problemas, puedas generar con ellos otros peores...


Artículo 73 Diligencia

Los vigilantes habrán de actuar con la iniciativa y resolución que las circunstancias requieran, evitando la inhibición o pasividad en el servicio y no pudiendo negarse, sin causa que lo justifique, a prestar aquellos que se ajusten a las funciones propias del cargo, de acuerdo con las disposiciones reguladoras de la seguridad privada.


Es tu responsabilidad dar acceso o no a un individuo, si no cumple la normativa, no entra. Se ponga en cruz. Te pones delante de él, si te empuja, ahí como bien dice el compañero, actúas de otra forma.

Y no decaigas, esto nos pasa a todos alguna vez... Es la experiencia en situaciones, la que te llevan actuar de una forma u otra. Vista, de esta situación para saber sin dudarlo como actuar ahora.

La mala actuación anterior, que sirva para mejorar las siguientes...

Estratos escribió:Me han humillado y considero que este señor se ha reido del sector de la.Seguridad Privada.


La Seguridad Privada no tiene por qué, sentirse humillada, del no saber proceder de un Vigilante de Seguridad en sus funciones. Hay muchos VS, que sabemos proceder en ese tipo de situaciones. 10 años dan para muchos experiencias...

Entiendo tu humillación. Relee te la LSP y entra aquí más en el foro que hay gente que aporta buenas experiencias que a muchos nos sirven.
Última edición por DrAcKo el Vie Jul 12, 2013 5:28 pm, editado 1 vez en total
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Re: Persona que se niega a abandonar unas instalaciones

Notapor Ares. » Vie Jul 12, 2013 5:19 pm


Academia Acceso CNP

sector115.es
Estratos escribió:Soy un caiman, 10 años en la profesión. El problema es que he subrrogado con una empresa (cuyo nombre no quiero recordar) que no quiere problemas, que nos dice que llamemos a la Policia y que no nos enfrentemos a Nadie, que le gusta sancionar, que no nos pone abogado si denunciamos. Yo las he tenido con desgarramantas y gentuza. En esa situación pense en sacar a la fuerza a ese tio y originarle un trauma a sus padres y esposa. La proxima vez no Lo dudare y lo sacaré si o si. El problema es que luego le voy a tener que dar explicaciones a la "santa" empresa para la que trabajo y al señor juez. No es lo mismo tener un intervención con un fulano que con un marido, aparentemente normal y sin antecedentes. Precisamente porque soy un caiman no me quito esta intervención de la cabeza. Me han humillado y considero que este señor se ha reido del sector de la.Seguridad Privada.


No hay que sacar a nadie a la fuerza, creo que no nos estas leyendo bien, se trata de expulsarlo actuando según la ley, si actuas bien podrás expulsarlo y sin dar explicaciones a nadie. El problema no era otro que el no saber que carajo hacer...
Lo siento, pero ni tú te crees que llevas 10 años en la profesión, ya por tu forma de ver las cosas y expresarlas además de joven debes de llevar 1 o 2 años maximo. Leenos un poco mas, aquí aprendrás mucha teorica y la practica llega con los años.

Y perdona que te diga, pero este señor no se ha reido de mi ni de ningún compañero mio que yo sepa, con lo cual, tampoco de la Seguridad Privada, se ha jactado de hacer lo que le salia de donde no le da el sol por que no sabias proceder. No te lo tomes a mal, pero es así.

Saludos.
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Re: Persona que se niega a abandonar unas instalaciones

Notapor zildijan » Vie Jul 12, 2013 7:20 pm


Yo lo veo claro, te pones delante de la entrada y le explocas educadamente las normas del "establecimiento" si las quiere cumplir bien y si no tambièn,todo es su justa medida y proporcionalidad,ahora si te toca e intenta pasar por la fuerza ya tienes excusa para proceder de una forma mas
Contundente sin salirte de ningùna legalidad ni desproporciòn.
Nadie lo entiende,pero engancha.
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