Pegatina de la ITV en la moto.

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Re: Pegatina de la ITV en la moto.

Notapor frandaystar » Lun May 06, 2013 4:56 pm


Lo de llevar la pegatina pegada es algo que no entiendo tanto en moto como en coche. Por lo general todo esta informatizado con solo poner la matricula en el sistema ya debería identificar si el vehículo tiene pasada la itv, si el seguro esta en vigor, quien es el propietario, el usuario solo debería identificarse con el dni o carnet de conducir. no entiendo el afán de multar por no llevarla puesta, además los conductores habituales o que por los general los que tenemos de coger el vehiculo todos los días, ya nos preocupamos por tener el vehículo en las mejores condiciones, por lo menos es mi caso..

Hace unos meses tenia el coche aparcado en la calle llego un borracho y se empotro con mi coche, suerte estaba la policía local cerca, lo pudieron coger porque el colega tras chocarse con otro coche (debía pensar que era un videojuego) cogio la carretera de Toledo y ahi lo pudieron coger. me pase por la comisaria pues me habían dejado una nota y ya sabían que tipo de seguro tenia, sabían quien era el propietario....o sea lo sabían todo de mi coche.

Entonces mi pregunta ¿porque es necesario llevar tanta documentación en el vehículo?, ¿no seria suficiente DNI o permiso de conducir?
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Re: Pegatina de la ITV en la moto.

Notapor Mahonei » Dom May 12, 2013 11:46 pm


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frandaystar escribió:Lo de llevar la pegatina pegada es algo que no entiendo tanto en moto como en coche. Por lo general todo esta informatizado con solo poner la matricula en el sistema ya debería identificar si el vehículo tiene pasada la itv, si el seguro esta en vigor, quien es el propietario, el usuario solo debería identificarse con el dni o carnet de conducir. no entiendo el afán de multar por no llevarla puesta, además los conductores habituales o que por los general los que tenemos de coger el vehiculo todos los días, ya nos preocupamos por tener el vehículo en las mejores condiciones, por lo menos es mi caso..

Hace unos meses tenia el coche aparcado en la calle llego un borracho y se empotro con mi coche, suerte estaba la policía local cerca, lo pudieron coger porque el colega tras chocarse con otro coche (debía pensar que era un videojuego) cogio la carretera de Toledo y ahi lo pudieron coger. me pase por la comisaria pues me habían dejado una nota y ya sabían que tipo de seguro tenia, sabían quien era el propietario....o sea lo sabían todo de mi coche.

Entonces mi pregunta ¿porque es necesario llevar tanta documentación en el vehículo?, ¿no seria suficiente DNI o permiso de conducir?


Es necesario simplemente por que lo dice la norma y es por esta última por la que nos regimos... así de sencillo. El DNI y su permiso de conducir le servirán en todo caso para identificarse usted y demostrar que tiene permiso de conducir en vigor, para todo lo relativo al vehículo, deberá contar en todo caso con documentación del propio vehículo.

¿Por qué debe portar el permiso de circulación de su vehículo? Sencillo... si yo, como agente de la autoridad le solicito el mismo, bien por que en ese momento no tengo acceso telemático a los archivos (que sucede habitualmente) o bien por que necesito por ejemplo comprobar que el número de bastidor del vehículo se corresponde con la placa de matrícula que porta, y usted no lo lleva encima, tendré que denunciarle.

¿Por qué debe portar la tarjeta de características técnicas del vehículo? Pues por ejemplo para poder comprobar que usted monta una bola de remolque homologada y certificada, o que los neumáticos que monta su vehículo son los autorizados... o por ejemplo, cómo suele pasar, por que en los ficheros no consta todavía que usted pasara la ITV al coche (los datos no se actualizan al momento). Si cuando se lo solicito no dispone de ese documento, pues tendré que denunciarle. La pegatina es un medio rápido de comprobar que la ITV esté en vigor sin necesidad de solicitar documentación.

¿Por qué debe portar el recibo del seguro? Pues sencillamente por que el archivo FIVA no se actualiza tan rápido cómo sería deseable y son muchos los vehículos que nos constan sin seguro y en cambio el conductor nos presenta un recibo en vigor.

Pero además... imagínese usted que tiene un pequeño accidente de chapa con otro vehículo... que ambos conductores están de acuerdo en solucionar el asunto realizando un parte amistoso... ¿Se fiaría usted de todos los datos que le aporta el otro conductor de boquilla? Supongo que llegado el caso, agradecería que el otro conductor le mostrara el recibo del seguro en vigor con el número de póliza, su permiso de conducir y por supuesto los datos del titular del vehículo que conducía... ¿verdad? ¿O es que es usted de esos que reclaman presencia policial para rellenar un parte amistoso? Pues sepa usted que si llama y hay una patrulla disponible, esta acudirá a la llamada y les ayudará a rellenar los datos, pero evidentemente, tendrá que denunciar todas las infracciones que observe, incluidas las de no exhibir la documentación necesaria :?

En definitiva... es lo que ahora mismo marca la ley y además es lo que nos puede ahorrar tiempo y dinero... la lógica también dice que en los tiempos que corren yo debería trabajar con una PDA con conexión vía satélite que me de en tiempo real todos los datos que necesito, con una impresora portátil imprimir las sanciones, etc... pero la realidad es que no es así...
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Re: Pegatina de la ITV en la moto.

Notapor lince 9 » Lun May 13, 2013 12:13 am


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Pues, no estoy seguro en lo que respecta a la pegatina de la itv, pero hace tiempo leí que ya no era necesario llevar el resguardo del seguro.

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Re: Pegatina de la ITV en la moto.

Notapor Mahonei » Lun May 13, 2013 12:40 am


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lince 9 escribió:Pues, no estoy seguro en lo que respecta a la pegatina de la itv, pero hace tiempo leí que ya no era necesario llevar el resguardo del seguro.

Enviado desde mi A510 usando Tapatalk


A ver... lo que hace poco se extendió gracias a los medios de desinformación, era eso precisamente, que no hacía falta portarlo, mucho me temo que en la práctica no es así... lo que no hace falta a priori es exhibirlo, pero en todo caso se debe exhibir en un accidente de circulación... El caso es que si yo compruebo telemáticamente y me salta que no tiene seguro en vigor, salvo que me muestre un recibo, le voy a tener que denunciar si o si, aunque luego presente el recibo correspondiente y la autoridad competente decida no sancionar. Esto último pasa muchísimo, me temo.

Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre

CAPÍTULO II

Del aseguramiento obligatorio

SECCIÓN 1

DEL DEBER DE SUSCRIPCIÓN DEL SEGURO OBLIGATORIO

Artículo 2 De la obligación de asegurarse
...
2. Con el objeto de controlar el efectivo cumplimiento de la obligación a que se refiere el apartado 1 y de que las personas implicadas en un accidente de circulación puedan averiguar con la mayor brevedad posible las circunstancias relativas a la entidad aseguradora que cubre la responsabilidad civil de cada uno de los vehículos implicados en el accidente, las entidades aseguradoras remitirán al Ministerio de Economía y Hacienda, a través del Consorcio de Compensación de Seguros, la información sobre los contratos de seguro que sea necesaria con los requisitos, en la forma y con la periodicidad que se determine reglamentariamente. El incumplimiento de esta obligación constituirá infracción administrativa muy grave o grave de acuerdo con lo dispuesto, respectivamente, en los artículos 40.3.s) y 40.4.u) del Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre. El Ministerio de Economía y Hacienda coordinará sus actuaciones con el Ministerio del Interior para el adecuado ejercicio de sus respectivas competencias en este ámbito.

Quien, con arreglo al apartado 1, haya suscrito el contrato de seguro deberá acreditar su vigencia para que las personas implicadas en un accidente de circulación puedan averiguar con la mayor brevedad posible las circunstancias relativas al contrato y a la entidad aseguradora, sin perjuicio de las medidas administrativas que se adopten al indicado fin. Todo ello en la forma que se determine reglamentariamente.


y para aclarar el resto de documentación:

Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre
...
Artículo 26 Documentación de los vehículos

1. El conductor de un vehículo queda obligado a estar en posesión y llevar consigo, así como a exhibir ante los agentes de la autoridad que se lo soliciten, los siguientes documentos:

a) El permiso de circulación o licencia de circulación en el caso de ciclomotores. El permiso de circulación podrá ser sustituido por una autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico, que surtirá los mismos efectos.
b) La tarjeta de inspección técnica o el certificado de características técnicas en el supuesto de ciclomotores.
c) En los conjuntos de vehículos formados por automóviles que arrastran remolques o semirremolques cuya masa máxima autorizada sea inferior o igual a 750 kilogramos, la tarjeta de inspección técnica del remolque o semirremolque y en el reverso de la tarjeta de inspección técnica del automóvil figurará que lleva instalado un sistema de acoplamiento compatible con el del remolque, de acuerdo con la legislación vigente.
2. Los documentos a que se refiere el apartado 1 de este artículo serán originales, pudiendo ser sustituidos por fotocopias si están debidamente cotejadas.


Sobre la pegatina de ITV (señal V-19):

Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre
Anexo XI

SEÑALES EN LOS VEHÍCULOS
...
V-19. DISTINTIVO DE INSPECCIÓN TÉCNICA PERIÓDICA DEL VEHÍCULO

1. Indica que el vehículo ha superado favorablemente la inspección técnica periódica, así como la fecha en que debe pasar la próxima inspección.

2. En el caso de vehículos que tengan parabrisas, el distintivo se colocará en el ángulo superior derecho del parabrisas por su cara interior. La cara impresa del distintivo será autoadhesiva.

En el resto de los vehículos, el distintivo se colocará en sitio bien visible. La cara sin imprimir del distintivo será autoadhesiva.
...


Real Decreto 2042/1994, de 14 de octubre, por el que se regula la Inspección Técnica de Vehículos.
...

Artículo 14

1. Todos los vehículos que hayan superado favorablemente la inspección técnica deberán llevar el distintivo indicado en el Real Decreto 1987/1985, de 24 de septiembre.

2. Todos los vehículos que hayan pasado una inspección técnica deberán llevar el último informe de inspección, al que se refiere el artículo 13, que el conductor deberá exhibir ante los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico que se lo soliciten.
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Re: Pegatina de la ITV en la moto.

Notapor MarcosGS » Mar May 14, 2013 1:35 pm


Temario Escala Básica

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Hola a tod@s-
Sobre el asunto de la pegatina de la ITV en las motos, y el comentario de que "un compañero no va a denunciar por no llevarla pegada", decir únicamente que, no solo se denuncia por no llevarla pegada, sino que, tal y como especifica la normativa, en las motos que lleven parabrisas la pegatina a de ir en el parabrisas, aunque no se exige que vaya exactamente en la esquina superior derecha como dice la mencionada normativa, pero sí en el parabrisas. Aquí, en Gran Canaria, por llevarla pegada en el guardabarros delantero de una custom, el agente de la GC de Tráfico, un Cabo 1º, amenazó a varios de nuestro grupo con denunciarlos si la próxima vez que les parara no la llevaban en el parabrisas.
Está claro que hay agentes para todo.
Saludos
Maarcos
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Re: Pegatina de la ITV en la moto.

Notapor Mahonei » Mié May 15, 2013 11:48 am


CNP Modelo Squad

gafaspolicia.com
MarcosGS escribió:Hola a tod@s-
Sobre el asunto de la pegatina de la ITV en las motos, y el comentario de que "un compañero no va a denunciar por no llevarla pegada", decir únicamente que, no solo se denuncia por no llevarla pegada, sino que, tal y como especifica la normativa, en las motos que lleven parabrisas la pegatina a de ir en el parabrisas, aunque no se exige que vaya exactamente en la esquina superior derecha como dice la mencionada normativa, pero sí en el parabrisas. Aquí, en Gran Canaria, por llevarla pegada en el guardabarros delantero de una custom, el agente de la GC de Tráfico, un Cabo 1º, amenazó a varios de nuestro grupo con denunciarlos si la próxima vez que les parara no la llevaban en el parabrisas.
Está claro que hay agentes para todo.
Saludos
Maarcos


Está claro... pero él puede aplicar la norma y denunciar, es su trabajo... otra cosa bien distinta es que esa denuncia acabe en sanción, que para ello existen medios a los que puede recurrir el denunciado. ¿Si la norma dice que en la esquina superior derecha por qué no hace falta que se ubique en esa esquina? Quizás el problema no radique en que el agente denuncie un hecho contrario a la norma, ni siquiera en que el usuario no ponga la dichosa pegatina... el problema probablemente radica en que la norma no se adecua adecuadamente a la realidad.

¿hablamos de pegatinas para cristal o de carenado? Conozco a más de uno que con la excusas de que en la ITV le han dado una pegatina de "interior" no pone la pegatina ¿Hablamos por casualidad de eso?
¿entorpece la visión a través del parabrisas? Pues entonces lo que tiene que hacer en la ITV es ofrecer una pegatina para pegar sobre el carenado, que para algo paga el usuario por una revisión y una documentación apropiada a su vehículo.
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Re: Pegatina de la ITV en la moto.

Notapor astartes » Mié May 15, 2013 12:01 pm



foropolicia.es
...y si en la moto el parabrisas es de quita y pon, tengo que andar arrancando y recolocando la pegatina de la ITV cada vez que quiera quitarlo o ponerlo? :shock:
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Re: Pegatina de la ITV en la moto.

Notapor Heracles » Mié May 15, 2013 12:03 pm


Cartera Porta Placa Ertzaintza

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Pondré mi pegatina para interior en la horquilla de motocicleta, pues es tipo naked y no tiene ningún parabrisas ni parecido.

La próxima vez, intentare buscar en mi tierra una ITV que faciliten pegatinas para motocicletas pues la actual, va a quedar pegada del revés.
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Re: Pegatina de la ITV en la moto.

Notapor frandaystar » Jue May 16, 2013 11:28 am


Hola, pues visto lo visto en los comentarios, esta claro que hay que llevar toda la documentación en el coche o moto por la cuenta que nos trae y por nuestro propio interés.

Muchas gracias por los respuestas
Francisco
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Re: Pegatina de la ITV en la moto.

Notapor Mahonei » Vie May 17, 2013 11:04 am


astartes escribió:...y si en la moto el parabrisas es de quita y pon, tengo que andar arrancando y recolocando la pegatina de la ITV cada vez que quiera quitarlo o ponerlo? :shock:


No conozco ningún parabrisas de motocicleta que no sea de "quita y pon" :silbando:

Si no tienen dos tornillos, tendrán 4, pero vamos, que se quitan y se ponen fácilmente.
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Re: Pegatina de la ITV en la moto.

Notapor astartes » Vie May 17, 2013 1:52 pm


Curso Acceso Guardia Civil

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de-pol.es
Mahonei escribió:
astartes escribió:...y si en la moto el parabrisas es de quita y pon, tengo que andar arrancando y recolocando la pegatina de la ITV cada vez que quiera quitarlo o ponerlo? :shock:


No conozco ningún parabrisas de motocicleta que no sea de "quita y pon" :silbando:

Si no tienen dos tornillos, tendrán 4, pero vamos, que se quitan y se ponen fácilmente.


Bueno,este precisamente de quita y pon no parece... http://www.victorymotorcycles.com/en-us ... odV13AW36N

Pero sí, buena apreciación, me refería en concreto a las tipo custom más "ligeras", que los parabrisas suelen instalárseles sólo en otoño/invierno y el resto del año se dejan en el trastero...
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Re: Pegatina de la ITV en la moto.

Notapor Mahonei » Sab May 18, 2013 1:22 pm



60?
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astartes escribió:
Mahonei escribió:
astartes escribió:...y si en la moto el parabrisas es de quita y pon, tengo que andar arrancando y recolocando la pegatina de la ITV cada vez que quiera quitarlo o ponerlo? :shock:


No conozco ningún parabrisas de motocicleta que no sea de "quita y pon" :silbando:

Si no tienen dos tornillos, tendrán 4, pero vamos, que se quitan y se ponen fácilmente.


Bueno,este precisamente de quita y pon no parece... http://www.victorymotorcycles.com/en-us ... odV13AW36N

Pero sí, buena apreciación, me refería en concreto a las tipo custom más "ligeras", que los parabrisas suelen instalárseles sólo en otoño/invierno y el resto del año se dejan en el trastero...


Pues a esa Victory creo que le puedes poner varios parabrisas distintos y como en la gran mayoría de motos, solo te va a hacer falta aflojar un par de tornillos... más o menos lo mismo que en el caso de esas "customs ligeras" a las que te refieres.
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Re: Pegatina de la ITV en la moto.

Notapor Obscure » Jue May 30, 2013 8:49 am



intervencionpolicial.com
Con todo mis respetos.

Entiendo de que nos obliguen a llevar la pegatina visible en un vehículo ya que siempre está visible en un lugar de estacionamiento y se puede saber si se ha llegado a pasar o estar abandonado dicho vehículo.

Hasta este punto todo correcto y tengo vehículo y de siempre lo llevo puesto.

Ahora bien.

En la moto, siempre la tengo resguardada en un parking ya sea privado, particular o propio, siempre duerme en garaje...

Que implica que lleve el instintivo de la itv pegada en una zona visible, si cuando me han parado los mossos de esquadra, me han pedido todo lo necesario, ficha técnica, inspección del vehículo seguro obligatorio etc etc etc, todo lo necesario, y digo yo...

Por qué no llevar el instintivo en la carpeta de la documentación, si ya mientras nos piden toda la documentación se le presenta hasta el formulario de la itv como ha sido pasada factiblemente?.

En mi opinión veo algo burocratico y sacar mas multas, porque me parece incorrecto por no tener que llevar el instintivo pegado y que nos tengan que multarnos.

No estoy obligado a comprar un aparato adicional para poner un adhesivo para su fin, y la de veces, que he tenido que dejar la moto en un lugar de Barcelona y no encontrarte el adhesivo puesto porque te lo han quitado, ya sea para su uso y fin?.

También como dices si pones ese aparatito te lo pueden arrancar fácilmente. Mi consejo aunque como usuario de apie no importa mi argumento pero dejo en constancia y a ver si el cuerpo de seguridad se pone de acuerdo con la DGT y el Ministro del Estado que en las motocicletas no sería obligatorio llevarla, si no tenerla junto con toda su documentación tanto el instintivo como el formulario que se realizó su dicha prueba y si no se llevase encima, que fuese sancionado, como no llevar la documentación encima.

Es una teoría factible, a mi la estética me es igual, pero si que me molesta que ya me ha sucedido en una ocasión tener que ir a la itv y volver a pedir el adhesivo porque algún gracioso se limita a quitármela, y si en ese transcurso que voy a por el instintivo a la itv me paran los mossos de esquadra y les explico el caso que voy a por ella... Me creerían?, me pondrían la receta de 150€ y a cobrar el Estado.

Me parece una norma muy exhaustiva exagerada para limitar mas nuestros derechos.

En un vehículo puedes proteger bien tu adhesivo ya que va pegado sobre el reverso del cristal, pero por mucho aparatito que le ponga o blinde la moto para proteger el adhesivo si quieren quitártelo va a desaparecer sin más.

Hoy por hoy lo llevo en la carpeta con toda la documentación, espero que por eso no se les ocurrar multar, aunque si lo tienen que hacer lo harán pero lo veo mas factible de esta forma que de cualquier manera habéis explicado...

Esto ya es un poco a risas, para esta regla de tres, mejor pegar el adhesivo en el interior del casco por dentro de la visera.

Un saludo y a ver si cambian un poco las normas que demasiadas sublime hay por encima de ellas.

Saludos y que pasen buen día.
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Re: Pegatina de la ITV en la moto.

Notapor Mahonei » Dom Jun 02, 2013 7:31 pm



sector115.es
Usted es muy libre de no colocar en su moto la dichosa pegatina, pero sea consciente de que ello le va a acarrear una sanción económica cada vez que le paren en cualquier control. Y eso no tiene nada que ver con afán recaudatorio alguno (entre otras cosas por que normalmente se invita al conductor a que la pegue al momento antes de denunciarle), tiene más que ver con la cabezonería propia del conductor. Y por cierto, si la norma no gusta, seremos en todo caso los usuarios de motocicletas, los que nos tendremos que preocupar de hacérselo llegar a quién corresponde para que cambie, no desde luego las FFCCS que están para preservar el cumplimiento de las mismas, no para hacer encuestas de satisfacción.

Otra cosa... de momento no existe la inspección técnica periódica para los cascos, así que mejor no dar ideas.
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Re: Pegatina de la ITV en la moto.

Notapor prodigo » Lun Jun 03, 2013 3:53 pm


Mahonei escribió:Otra cosa... de momento no existe la inspección técnica periódica para los cascos, así que mejor no dar ideas.

Hola, pues.... lo siento pero si, por que yo tengo mas de 5 años mi casco DE SERVICIO, y un uso casi a diario, por lo que ya no cumple con todo lo que debiera, pero mi corporación dice que aún esta bien y no esta roto (cuido el material).
Para mi todo lo que sea en avanzar en seguridad bienvenido sea.
Un salu2
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