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tutino escribió:Hola! Cual sería la actuación cuando existen problemas de tráfico en parking de centros comerciales?entendiendo que estos son públicos, por ejemplo, accidentes, señales de trafico como estacionamientos de minusvalidos......etc. Hasta donde llegaria nuestra actuacion? Gracias.
Eretica escribió:Si son de libre acceso es de aplicación la LSV.. por lo que actuar en consecuencia...
En cuanto a señalización, "el titular de la vía", en este caso el centro comercial, será el encargado de la misma... y deberá cumplir con las reservas de plazas que correspondan según la norma vigente.
¿ Regular el tráfico ? Pues que pongan a quien corresponda ... bastante tenemos con las vías de titularidad pública....
Saludos
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Er chachi escribió:A requerimiento de los responsables del estacionamiento, en el supuesto de estacionamiento en lugar reservado para minusvalidos sin autorización,por ejemplo; denuncia y castañazo.
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alberto_xman escribió:si el parking es privado de uso publico, como suele ser el de los centros comerciales, las denuncias por estacionar incorrectamente se realizan igual que cualquier calle del mismo municipio, si procede actua la grua municipal igualmente. la señalizacion y mantenimiento normalmente le corresponde al centro comercial, siempre que no tenga un acuerdo con el ayuntamiento. El tema de regular la circulacion del trafico corresponde a la policia q tenga dicha competencia en el lugar y no le corresponde a los vigilantes de seguridad como se suele ver actuar,
Artículo 7. Competencias de los municipios.
Se atribuyen a los municipios, en ámbito de esta Ley, las siguientes competencias:
La ordenación y el control del tráfico en las vías urbanas de su titularidad, así como su vigilancia por medio de agentes propios, la denuncia de las infracciones que se cometan en dichas vías y la sanción de las mismascuando no este expresamente atribuida a otra Administración.
La regulación mediante Ordenanza Municipal de Circulación, de los usos de las vías urbanas, haciendo compatible la equitativa distribución de los aparcamientos entre todos los usuarios con la necesaria fluidez del tráfico rodado y con el uso peatonal de las calles, así como el establecimiento de medidas de estacionamiento limitado, con el fin de garantizar la rotación de los aparcamientos, prestando especial atención a las necesidades de las personas con discapacidad que tienen reducida su movilidad y que utilizan vehículos, todo ello con el fin de favorecer su integración social.
La inmovilización de los vehículos en vías urbanas cuando no se hallen provistos de título que habilite el estacionamiento en zonas limitadas en tiempo o excedan de la autorización concedida hasta que se logre la identificación de su conductor.
La retirada de los vehículos en vías urbanas y el posterior depósito de aqúellos cuando obstaculicen o dificulten la circulación o supongan un peligro para ésta o se encuentren incorrectamente aparcados en las zonas de estacionamiento restringido, en las condiciones previstas para la inmovilización en este mismo artículo.
Igualmente, la retirada de vehículos en las vías interurbanas y el posterior depósito de éstos, en los casos y condiciones que reglamentariamente se determinen.
La autorización de pruebas deportivas cuando discurran íntegra y exclusivamente por el casco urbano, exceptuadas las travesías.
La realización de las pruebas a que alude el apartado o) del artículo 5, de acuerdo con lo que reglamentariamente se establezca.
El cierre de vías urbanas cuando sea necesario.
Vía urbana. Es toda vía pública situada dentro de poblado, excepto las travesías.
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alberto_xman escribió:al parecer es posible hacerlo de este modo, aunque nunca hemos llegado a realizarlo, pero tenia la duda, ya me imaginaba que no te iba a gustar, jejejejejje.
De todos modos gracias por resolver dudas y dilemas legales, sigo pensando que tenemos en nuestra mano solucionar problemas a los ciudadanos, esta claro que las soluciones deberian de ponerlas los legisladores, pero la realidad es que no es asi como bien sabes, no todo es aplicar leyes segun las ponen, primero somos humanos, el dia que dejemos de aplicar las leyes a nuestro parecer, nos convertiremos en robots, aunque para eso ya estan los radares de velocidad etc.... jejejejje
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alberto_xman escribió:al parecer es posible hacerlo de este modo, aunque nunca hemos llegado a realizarlo, pero tenia la duda, ya me imaginaba que no te iba a gustar, jejejejejje.
MASAM escribió:
Pues explica como hacerlo SIN incurrir en responsabilidad, ya que mucho "hay que solucionar" mucho "es posible hacerlo de otra manera" mucho "primero somos humanos"... que por muy humanos que seamos siempre seremos responsables de nuestras actuaciones.
alberto_xman escribió:si actuas a requerimiento y con voluntad de solucionar un problema y lo motivas, no creo que tengas problemas ni responsabilidad ninguna, que tampoco has matado a nadie estas trabajando y solucionando problemas,
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