Ocupacion de viviendas y guarros de perro y flauta.

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Ocupacion de viviendas y guarros de perro y flauta.

Notapor MarioDR » Vie Jun 08, 2007 1:33 am


¿Quieres ser Policía Nacional?

Prepárate con los mejores
joyfepolferes.es
Hola chicos, pregunto esto aqui porque no quiero desviar el tema del post de donde saco la pregunta.
El post en cuestion es sobre la actuacion del CNP en temas de ruido.
A ver, cito:

Chanquete escribió:c) El susodicho es un imbécil, pero no tan imbécil como para abrirte la puerta o dejarte su DNI. Te dice desde el otro lado de la mirilla que "no le sale de los c0jones abrirte" y que no va a bajar la música "porque no le da la put4 gana". En estos casos te la envainas y te acuerdas del famoso artículo de la constitución que permite que estos engendros puedan salir airosos y que 2 punkis puedan ocupar la casa de una vieja durante 30 días cuando ésta había tenido que ir al hospital sin que la Ley pueda actuar de forma más rápida y contundente.



Esta es una duda que me ronda hace tiempo y que ahora veo aqui plasmada y es precisamente este caso, el de los okupas que se meten en casa ajena y no se les puede echar.

Bueno, supongamos que esa casa es mia. Ahora supongamos tambien que me piro por vacaciones, trabajo, o lo que me salga de las narices durante un par de meses.

Cuando vuelvo, veo que me han forzado la puerta de mi casa y se han colado dentro una piara de guarros de estos.

¿Que ley me puede impedir a mi, propietario de la vivenda, llamar a mi hermano, mis primos, mis colegas y a un cerrajero que me abra la puerta y saque si hace falta con un par de collejas a los caraduras estos?
Y si lo hago, ¿que me podria pasar legalmente a mi?

Opinad amigos, porque no me cabe en la cabeza que sea tan dificil echar a alguien de una propiedad ajena, vamos, un allanamiento.

Es que a estos haraganes se les llena la boca con el derecho a una vivienda y olvidan la obligacion de trabajar.

Saludos.
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Re: Ocupacion de viviendas y guarros de perro y flauta.

Notapor Ricart » Vie Jun 08, 2007 1:59 am


Gc Edicion 175 Aniversario

gafaspolicia.com
MarioDR escribió:¿Que ley me puede impedir a mi, propietario de la vivenda, llamar a mi hermano, mis primos, mis colegas y a un cerrajero que me abra la puerta y saque si hace falta con un par de collejas a los caraduras estos?
Y si lo hago, ¿que me podria pasar legalmente a mi?

Nuestro queridisimo y eficiente código penal que en vez de defender al ciudadano y al policia defiende al delincuente. Que tiene bemoles el asunto.

¿Legalmente? Pues te meterías en un lío y ten por seguro que el marrón te lo comerias tu, tu hermano, tus primos y tus colegas por liarte a ostias con esa gentuza. Triste, muy triste, pero así estan las leyes en este país.

En ese caso (ojala nunca te ocurra porque no debe de ser plato de gusto) tendrías que denunciar los hechos y a pleitear sea dicho.
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Notapor Beorn » Vie Jun 08, 2007 4:48 am



foropolicia.es
CAPÍTULO II.
DEL ALLANAMIENTO DE MORADA, DOMICILIO DE PERSONAS JURÍDICAS Y ESTABLECIMIENTOS ABIERTOS AL PÚBLICO.
Artículo 202.

1. El particular que, sin habitar en ella, entrare en morada ajena o se mantuviere en la misma contra la voluntad de su morador, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años.

No es que este muy ducho en el tema, pero creo que no es lo mismo el que sea un piso o casa deshabitada (aunque tenga propietario) a que uno se vaya de vacaciones. Creo que en el caso de irte durante un corto espacio de tiempo de tu residencia habitual, es donde se puede aplicar esto.

Si estoy confundido que alguien me corrija por favor.
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Re: Ocupacion de viviendas y guarros de perro y flauta.

Notapor Serpico 27 » Vie Jun 08, 2007 4:58 am


Cartera porta placa CNP

fabricado en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
MarioDR escribió:
Esta es una duda que me ronda hace tiempo y que ahora veo aqui plasmada y es precisamente este caso, el de los okupas que se meten en casa ajena y no se les puede echar.

Bueno, supongamos que esa casa es mia. Ahora supongamos tambien que me piro por vacaciones, trabajo, o lo que me salga de las narices durante un par de meses.

Cuando vuelvo, veo que me han forzado la puerta de mi casa y se han colado dentro una piara de guarros de estos.

¿Que ley me puede impedir a mi, propietario de la vivenda, llamar a mi hermano, mis primos, mis colegas y a un cerrajero que me abra la puerta y saque si hace falta con un par de collejas a los caraduras estos?
Y si lo hago, ¿que me podria pasar legalmente a mi?


Hola. Según creo yo, ten en cuenta que la comisión de un ilícito penal por los tales sujetos, como es el allanamiento de morada del art. 202.1 CP no legitima al titular o morador para cometer, a su vez, otros delitos. Habría que denunciar y seguir el respectivo procedimiento penal; aunque parezca "el colmo" al que lo sufre; en este caso, a la pobre señora enferma... Creo que no procedería el delito de usurpación del art. 245.2 CP, al tener la condición de morada de la mencionada señora...

En el caso de que te sucediera algo así; "si llamas al EQUIPO A", y usas los servicios de un cerrajero para cambiar la cerradura, o mucho me equivoco, o los "okupantes" te podrían denunciar, entre otras figuras posibles, por un delito "desconocido" para muchos mortales de a pie: el de realización arbitraria del propio derecho.

Art. 455.1. El que, para realizar un derecho propio, actuando fuera de las vías legales, empleare violencia, intimidación o fuerza en las cosas, será castigado con la pena de multa de seis a doce meses.


Puede parecer "raro"; pero su objeto, no es otro que evitar, entre otras cosas, casos así y similares... Mejor, evitarse problemas y hacer las cosas como deben hacerse.

Un saludo!
Última edición por Serpico 27 el Vie Jun 08, 2007 5:04 am, editado 2 veces en total
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Notapor Beorn » Vie Jun 08, 2007 5:02 am


Mira te acaban de explicar algo que me falto a mi antes, que por tu cuenta no hagas nada que la cag.....s :)
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Notapor Humberto » Vie Jun 08, 2007 9:59 am


Echadle un vistazo al siguiente post:

http://www.policiajudicial.es/foros/vie ... php?t=6392

Se habló del tema.
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Angel

Notapor Angel » Vie Jun 08, 2007 10:14 am


DEPOL Guardia Civil

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de-pol.es
Vale despues de leer todo esto otra pregunta, llamo a mi amigo X y como el okupa tiene todos los derechos pues que haga lo mismo, que vaya a mi casa eche la puerta abajo y la okupe, cuando vuelvan los guarros, y se encuentren la pelicula que denuncien, esto es como el que roba a un ladron, y al cabo de un tiempo recupero mi casa, a ver quien tiene bemoles a decir que no es legal una contraoKupacion, por cierto los iletrados que escriben con K me tocan mucho los perendengues, :twisted: .
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Angel

Notapor Angel » Vie Jun 08, 2007 10:17 am



Increibles precios
materialpolicial.com
Otra cuestion que se me olvido, cual es el castigo por recuperar tu casa, y sobre todo, una vez que los he hechado sigue siendo mia, aunque me condenen a carcel, si es primer delito y no son mas de dos años no se cumple, pero supongo que no me obligaran a dejarsela de nuevo hasta despues del juicio no?, al menos no se cachondeen de mi.Saludos
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Notapor _None_ » Vie Jun 08, 2007 10:41 am



intervencionpolicial.com
Lo peor de todo es que luego tienes a una panda de politicuchos de medio pelo, vividores y señoritos, que apoyan las okupaciones e incluso dan amparo a semejantes desechos de la sociedad.

Un centroafricano viene a España jugándose la vida y trabaja 12 horas diarias en un invernadero, y no "okupa". Luego tenemos a la panda de niños de papá que chuparon del bote hasta que los largaron y, como no han trabajado en su vida ni tienen en mente hacerlo, pues "okupan".

A mí todas estas chorisandeces me tocan la moral hasta límites insospechados porque los que las sufren son los ciudadanos corrientes y molientes que ven como la casa heredada es asaltada y su propia vivienda es asediada durante una restauración. ¿O es que Saura cede su casa de verano a los antisistema mientras el no la habita?

Si no saben vivir en sociedad, al monte con ellos.
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Notapor Beorn » Vie Jun 08, 2007 12:41 pm



sector115.es
Angel, siempre van en manada , nunca tendras la oportunidad de meter a un contraokupa en la casa jajajajajajaja
La libertad, no es sinonimo de libertinaje, es autocontrol,
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Re: Ocupacion de viviendas y guarros de perro y flauta.

Notapor MarioDR » Vie Jun 08, 2007 3:00 pm


Serpico 27 escribió:
Hola. Según creo yo, ten en cuenta que la comisión de un ilícito penal por los tales sujetos, como es el allanamiento de morada del art. 202.1 CP no legitima al titular o morador para cometer, a su vez, otros delitos. Habría que denunciar y seguir el respectivo procedimiento penal; aunque parezca "el colmo" al que lo sufre; en este caso, a la pobre señora enferma... Creo que no procedería el delito de usurpación del art. 245.2 CP, al tener la condición de morada de la mencionada señora...

En el caso de que te sucediera algo así; "si llamas al EQUIPO A", y usas los servicios de un cerrajero para cambiar la cerradura, o mucho me equivoco, o los "okupantes" te podrían denunciar, entre otras figuras posibles, por un delito "desconocido" para muchos mortales de a pie: el de realización arbitraria del propio derecho.

Art. 455.1. El que, para realizar un derecho propio, actuando fuera de las vías legales, empleare violencia, intimidación o fuerza en las cosas, será castigado con la pena de multa de seis a doce meses.


Puede parecer "raro"; pero su objeto, no es otro que evitar, entre otras cosas, casos así y similares... Mejor, evitarse problemas y hacer las cosas como deben hacerse.

Un saludo!


Con esta buena explicacion me quedo de piedra.

Entonces se supone que yo deberia irme a un hotel hasta que a un juez le salga de las narices dictar sentencia mientras estos bichos comen de mi plato. De todas formas no entiendo como se podria dictar algo en contra mia en el caso de que yo forzara MI puerta, porque seria fuerza en MIS cosas, no en las de los demas. Solo imaginemos que no hay nadie en la casa, cosa que yo podria alegar perfectamente en esta situacion, ahi seria dificil que tuviera problemas por esto, pues entonces pobre de todo aquel que se deje las llave dentro. Y una vez que yo entre en mi domicilio, ¡Socorro ladrones! Supongo que la policia se los llevaria detenidos como tal ¿no?

Por otra parte entiendo la filosofia de la ley, porque lo que en un principio se podria entender como una accion justa y oportuna, una vez que comienza la violencia... nunca se sabe como va a terminar.
Desde luego no voy a ser yo quien defienda el CP de EEUU, pero este caso alli se soluciona tirando de cacharra y empezando a escupir plomo.

Siento haber abierto un post nuevo, de todas formas da gusto como responde la gente aqui, todos los mensajes son interesantes.

Por cierto Serpico somos paisanos, ¿eres policia ya? Yo estoy opositando.
Saludos a todos
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Notapor dudoso » Vie Jun 08, 2007 3:10 pm


Conviértete En Ertzaina

Todo online
nola2hurtu.eus
lo de ocupar casas al descuido me parece un canteo, pero no tengo nada en contra de que monten Centros Sociales Autogestionados en inmuebles que llevan muchos años deshabitados y que no sirven de nada estando vacios... y no creo que sea por falta de ganas de currar, lo que pasa es que se ahi se trabaja mucho (que los inmuebles no estan limpitos...) pero sin tener en mente un salario si no un espacio donde reunirse y organizar eventos sociales, cursos, mesas redondas, salas de ensayo para grupos, etc, todo ello gratuito o a cambio de "la voluntad"...
ocupar las casas de particulares que por alguna razon las hayan dejado vacias por un espacio de tiempo no tiene ni pies ni cabeza, es un robo (hablando sin idea de leyes, a nivel de calle) y punto, estaria gracioso lo de la contraocupacion, eso si, al que le toque tomar acta de lo ocurrido, lo puede flipar :twisted:
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Re: Ocupacion de viviendas y guarros de perro y flauta.

Notapor gk » Vie Jun 08, 2007 4:12 pm


MarioDR escribió:Con esta buena explicacion me quedo de piedra.

Entonces se supone que yo deberia irme a un hotel hasta que a un juez le salga de las narices dictar sentencia mientras estos bichos comen de mi plato. De todas formas no entiendo como se podria dictar algo en contra mia en el caso de que yo forzara MI puerta, porque seria fuerza en MIS cosas, no en las de los demas. Solo imaginemos que no hay nadie en la casa, cosa que yo podria alegar perfectamente en esta situacion, ahi seria dificil que tuviera problemas por esto, pues entonces pobre de todo aquel que se deje las llave dentro. Y una vez que yo entre en mi domicilio, ¡Socorro ladrones! Supongo que la policia se los llevaria detenidos como tal ¿no?

Por otra parte entiendo la filosofia de la ley, porque lo que en un principio se podria entender como una accion justa y oportuna, una vez que comienza la violencia... nunca se sabe como va a terminar.
Desde luego no voy a ser yo quien defienda el CP de EEUU, pero este caso alli se soluciona tirando de cacharra y empezando a escupir plomo.

Siento haber abierto un post nuevo, de todas formas da gusto como responde la gente aqui, todos los mensajes son interesantes.

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El caso que tú planteas, para mí está muy claro. El hecho de que temporalmente te ausentes o incluso fuera tu segunda residencia, no impide que quienes están dentro estén perpetrando un allanamiento de morada flagrante y resplandenciente como la luz del sol, lo que en términos policiales se traduce en inmediata detención y, en lo que a tí respecta, fin del problema inmediato.

Otra cosa sería que se diera esa circunstancia en otro tipo de inmueble, como del que se trata en el otro hilo que te han señalado. En ese caso hay vías judiciales a seguir en caso de que el propietario sea consciente de la ocupación. También se puede optar por la opción B, aunque no seré yo quien te la recomiende. Pero, eso sí, la opción B se habrá de practicar sin la presencia policial, porque ante la misma esa opción ya no cabe y judicializado el tema menos todavía, ya que entonces el propietario podría incurrir en uno o varios ilícitos, algunos de los cuales ya te han señalado y otros se comentan en el otro hilo.

Un saludo!
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Re: Ocupacion de viviendas y guarros de perro y flauta.

Notapor EL LOBO » Vie Jun 08, 2007 4:20 pm


Navajas De Rescate desde 10?!

desenfunda.com
gk escribió:
MarioDR escribió:Con esta buena explicacion me quedo de piedra.

Entonces se supone que yo deberia irme a un hotel hasta que a un juez le salga de las narices dictar sentencia mientras estos bichos comen de mi plato. De todas formas no entiendo como se podria dictar algo en contra mia en el caso de que yo forzara MI puerta, porque seria fuerza en MIS cosas, no en las de los demas. Solo imaginemos que no hay nadie en la casa, cosa que yo podria alegar perfectamente en esta situacion, ahi seria dificil que tuviera problemas por esto, pues entonces pobre de todo aquel que se deje las llave dentro. Y una vez que yo entre en mi domicilio, ¡Socorro ladrones! Supongo que la policia se los llevaria detenidos como tal ¿no?

Por otra parte entiendo la filosofia de la ley, porque lo que en un principio se podria entender como una accion justa y oportuna, una vez que comienza la violencia... nunca se sabe como va a terminar.
Desde luego no voy a ser yo quien defienda el CP de EEUU, pero este caso alli se soluciona tirando de cacharra y empezando a escupir plomo.

Siento haber abierto un post nuevo, de todas formas da gusto como responde la gente aqui, todos los mensajes son interesantes.

Por cierto Serpico somos paisanos, ¿eres policia ya? Yo estoy opositando.
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El caso que tú planteas, para mí está muy claro. El hecho de que temporalmente te ausentes o incluso fuera tu segunda residencia, no impide que quienes están dentro estén perpetrando un allanamiento de morada flagrante y resplandenciente como la luz del sol, lo que en términos policiales se traduce en inmediata detención y, en lo que a tí respecta, fin del problema inmediato.

Otra cosa sería que se diera esa circunstancia en otro tipo de inmueble, como del que se trata en el otro hilo que te han señalado. En ese caso hay vías judiciales a seguir en caso de que el propietario sea consciente de la ocupación. También se puede optar por la opción B, aunque no seré yo quien te la recomiende. Pero, eso sí, la opción B se habrá de practicar sin la presencia policial, porque ante la misma esa opción ya no cabe y judicializado el tema menos todavía, ya que entonces el propietario podría incurrir en uno o varios ilícitos, algunos de los cuales ya te han señalado y otros se comentan en el otro hilo.

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Re: Ocupacion de viviendas y guarros de perro y flauta.

Notapor morfeo » Vie Jun 08, 2007 5:02 pm


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Por otra parte entiendo la filosofia de la ley, porque lo que en un principio se podria entender como una accion justa y oportuna, una vez que comienza la violencia... nunca se sabe como va a terminar.
Desde luego no voy a ser yo quien defienda el CP de EEUU, pero este caso alli se soluciona tirando de cacharra y empezando a escupir plomo.

Pues yo opino que con una ley tanto o más restrictiva como en EEUU las cosas nos irían bastante mejor aquí, ejemplos del país de la Coca-Cola:
- Quien le pega a un policía, a prisión preventiva.
- Quien ocupa una casa ajena, a prisión preventiva.
- Quien esté en "mera" posesión de sustacias estupefacientes, detenido.
- Quien sea sólo "sospechoso" de pertenecer a banda armada, a prisión preventiva.
- Quien se cuele en tu casa para robarte y de paso violar a tu mujer, tiro en el pecho por parte del dueño que al volver a su domicilio se encuentra a los delincuentes.
- La que ejerza la prostitución (con todo lo que eso conlleva: trata de blancas, tráfico de seres humanos, tráfico de drogas): detenida.
- El que matare a otro: Desde cadena perpetua como mínimo (pero perpetua de verdad) hasta pena de muerte.
Y como estos ejemplos muchos más, ¿o acaso te imaginas en EEUU que un violador en serie (como el del Ensanche) se le ponga en libertad tras "pagar" unos pocos años de prisión? Esa gente jamás se reinserta... No me gustaría verme en el pellejo de su próxima víctima...

De todas formas un compi me dijo hace tiempo algo que no se me olvidará con respecto a todo esto y que con el paso de los años me he dado cuenta de que es completamente cierto: "NO TENEMOS, NI MÁS NI MENOS, QUE LO QUE NOS MERECEMOS".......... (Una pena)
¿LA PALABRA QUE MÁS ODIO EN EL MUNDO?: GARANTISTA

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