NUEVA LEY SEGURIDAD PRIVADA EN EL HORNO

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Re: NUEVA LEY SEGURIDAD PRIVADA EN EL HORNO

Notapor vicalus » Mar Abr 01, 2014 4:18 pm


cryber escribió:
emerito7 escribió:Obviamente, el caso de centros de menores, cárceles, CIEs... son claras excepciones....
Un saludo.



Los centros de internamiento de menores son las excepciones completas. El personal de seguridad interior no es obligatorio que sea compuesto por Vigilantes de Seguridad. Puede ser personal propio, sin habilitación de ningún tipo y se denomina Auxiliar de Centro Educativo (ACE). Además dicho personal va dotado con defensa y grilletes.
De ahí que tanto en la sentencia de la Audicencia como la del TS del centro de menors los considerara a todos por igual(Vigilantes habilitados y personal sin habilitar)


Si eso lo tengo claro, pero es que no es ese el argumento utilizado por el magistrado, sino el de considerar por igual a vigilantes habilitados y sin habilitar DENTRO del marco jurídico de la ley de Seguridad Privada y de la de FFCCSS. En mi opinión, esa es la chapuza, no se puede juzgar a alguien por lo que no es, aunque lo simule y usurpe unas funciones y una identidad profesional que no le corresponden.
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Re: NUEVA LEY SEGURIDAD PRIVADA EN EL HORNO

Notapor cryber » Mar Abr 01, 2014 5:29 pm


vicalus escribió:Si eso lo tengo claro, pero es que no es ese el argumento utilizado por el magistrado, sino el de considerar por igual a vigilantes habilitados y sin habilitar DENTRO del marco jurídico de la ley de Seguridad Privada y de la de FFCCSS. En mi opinión, esa es la chapuza, no se puede juzgar a alguien por lo que no es, aunque lo simule y usurpe unas funciones y una identidad profesional que no le corresponden.



Es que no lo conptempla porque sean vigilantes o dentro de la LSP, sino porque es personal trabajando en un Centro de internamiento de Menores, ergo es indiferente que estén habilitados o no.
PD:A individuos menospreciantes, que debieran ser, como mímino, llamados al orden por moderadores, paso de contestarles, es preferible..

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Re: NUEVA LEY SEGURIDAD PRIVADA EN EL HORNO

Notapor vicalus » Mié Abr 02, 2014 9:28 am


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cryber escribió:
vicalus escribió:Si eso lo tengo claro, pero es que no es ese el argumento utilizado por el magistrado, sino el de considerar por igual a vigilantes habilitados y sin habilitar DENTRO del marco jurídico de la ley de Seguridad Privada y de la de FFCCSS. En mi opinión, esa es la chapuza, no se puede juzgar a alguien por lo que no es, aunque lo simule y usurpe unas funciones y una identidad profesional que no le corresponden.



Es que no lo conptempla porque sean vigilantes o dentro de la LSP, sino porque es personal trabajando en un Centro de internamiento de Menores, ergo es indiferente que estén habilitados o no.


Por error, borré un mensaje anterior de respuesta a tu comentario. Para no extenderme, te lo resumo.

STS 4778/2013 - Tribunal Supremo. Sala de lo Penal

Recurso de Juan Antonio (VS habilitado):

SEGUNDO.- También como infracción de ley, se impugna la tipificación de los hechos probados como constitutivos del delito del artículo 174 del Código Penal . Ahora lo cuestionado es la condición del recurrente como posible sujeto típico de dicho delito al no concurrir, según el recurrente, la condición de funcionario público en el mismo.

En efecto, el delito del artículo 174 difiere del tipo penal previsto en el artículo 173 en la condición típica del autor que debe acomodarse a la definición del artículo 24 del Código Penal . Y tal condición, dice el recurrente, no concurre en el mismo, que era un vigilante de seguridad, lo que le sitúa entre los meros "auxiliares" de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, conforme a la Ley 23/1992 de 30 de julio.

Olvida el recurrente que es precisamente esa condición la que lleva a que los vigilantes de seguridad se deban clasificar entre los sujetos a que se refiere el artículo 24.2 del Código Penal , en cuanto que, conforme a la citada Ley, y habiendo sido legalmente investido de esa condición, la función que desempeña tiene, a los efectos penales, la consideración de funcionario, lo que, como en el caso de la Sentencia nº TS 850/2006 de 12 de julio , le reportaría la exención de responsabilidad penal, si se adecua al ejercicio proporcionado de la misma.

El motivo se rechaza


Recurso de Sebastián (VS NO habilitado):

En cuanto al sujeto activo del delito del artículo 176 se tipifica por su condición de funcionario, concepto que se especifica en el artículo 24 del Código Penal y respecto del cual damos por reproducido lo dicho en cuanto al recurso del otro coacusado.

CUARTO.- El segundo de los motivos se contrae a la refutación de su condición como potencial sujeto activo típico del delito por no estar revestido de la condición de funcionario.

Damos aquí por reproducido lo dicho al respecto al rechazar idéntica argumentación del otro recurrente también vigilante de seguridad en el centro escenario del delito.

El motivo se rechaza.


Mismo argumento, mismo tratamiento, misma consideración.
vicalus
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Re: NUEVA LEY SEGURIDAD PRIVADA EN EL HORNO

Notapor Sivict » Mié Abr 02, 2014 9:56 am



60?
materialpolicial.com
No si ahora hasta el que va a llevar las garrafas de agua es funcionario, madre mía...
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Re: NUEVA LEY SEGURIDAD PRIVADA EN EL HORNO

Notapor toxxo » Mié Abr 02, 2014 1:49 pm



intervencionpolicial.com
Lo advertí en la pagina 183

toxxo escribió:
vicalus escribió:¿De verdad creéis que dignificará nuestra profesión esa protección jurídica, teniendo en cuenta que la gente nos verá la mayor parte de nuestro tiempo supervisando calderas, temperaturas y climatizadores, acompañando y orientando visitantes, comprobando tickets y entradas, abriendo y cerrando puertas, dirigiendo el tráfico interno y ejerciendo de “gorrillas”?

Nos olvidamos que no todos los servicios se reducen a centros comerciales, eventos deportivos, renfe o metro; que la mayoría de vigilantes trabajan en lugares donde no se producen casi nunca ese tipo de intervenciones, y en las situaciones cotidianas no sirve para nada esa protección, porque por mucho que algunos se empeñen en decir lo contrario, casi siempre defendemos intereses privados, y a partir de ahora, se hará todavía más evidente. Esta es la verdadera complementariedad, no la que nos quieren vender para hacernos creer más altos y más guapos.

Esta ley solo sirve para externalizar una parcela de la seguridad pública, para abrir la puerta de par en par al intrusismo, para legalizar servicios y actividades que se vienen prestando desde hace años (permitido desde la más absoluta complicidad e inacción de las autoridades encargadas de velar por el cumplimiento de la ley), y para satisfacer los intereses particulares de los empresarios del sector y de los usuarios de seguridad privada. Punto. A nosotros solo nos ofrecen unas tristes gominolas edulcoradas, sin azúcar. Los verdaderos problemas y las auténticas necesidades de la profesión siguen sin resolverse. Se ha perdido una ocasión única para dar un salto cualitativo y han hecho bueno el dicho de que hay que cambiarlo todo para que todo siga siendo igual (de malo, claro está).

En fin, que nuestro futuro pasa por ser unos “dignos” supervisores y comprobadores, trabajadores con doble personalidad e identidad profesional: una para las grandes ocasiones y otra, para el día a día.

Por cierto, ¿alguien se ha fijado en este “pequeño” detalle?:

b) Las tareas de recepción, comprobación de visitantes y orientación de los mismos, así como las de comprobación de entradas, documentos o carnés, en cualquier clase de edificios o inmuebles, y de cumplimiento de la normativa interna de los locales donde presten dicho servicio.


¿Dónde ha quedado lo de privados? Ahora que estas actividades se han regulado por ley, que nadie dude de que se va a utilizar este truco para eludirla. Se admiten apuestas.


Al fiiiinn alguien que se da cuenta de que el 90 por ciento de los servicios que prestamos no son en la vía pública o semipública o como leches lo quieran definir algunos y esto es muy simple, choro que entra, recinto cerrado, choro trincado, policía y a otra cosa mariposa ¿me hace falta ser agente de la autoridad para eso ? no, yo trabajo en un hospital, de cara al publico, el ultimo juicio por agresión a un compañero en el que estuve, una multa, pagar las costas y 2000 euros si 2000 con tres ceros, al compañero de indemnización, una simple bofetada, no somos agentes de la autoridad, 2000 euros ¿algun compañero de la publica agente de la autoridad ha recibido eso por una agresión hasta grave? no, ¿el que seamos agentes de la autoridad otra vez nos garantiza mas proteccion? no, todo depende de lo que el de negro quiera, siendo agente de la autoridad o capitán general ... ademas, volvemos a lo mismo, en el borrador lo ponían claro y lo han cambiado ¿porque lo han cambiado? nooo para no alarmar a la población ¿no alarmar a la población despues de como nos han puesto? para no dar que decir a la oposición ¿esa misma que me esta diciendo que soy un fascista? ¿o ese inspector de policia de uno de los sindicatos mas grandes de policía que sale por la tele diciendo a la gente que no obedezcan la ley y que se nieguen a identificarse ante nosotros? no nos lo han devuelto porque no les ha dado la gana y esta interpretacion magistral o no solo es eso, una interpretacion.

Repito lo mismo y nadie me contesta 20 años con la ley de seguridad privada y el reglamento de seguridad privada en el que dice textualmente que detenemos y si no lo hacemos a la calle, viene asi de claro articulo 151 del reglamento de seguridad privada, punto 5. "La negativa a prestar auxilio o colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, cuando sea procedente, en la investigación y persecución de actos delictivos, en el descubrimiento y detención de los delincuentes o en la realización de las funciones inspectoras o de control que les correspondan, incluyendo:" 20 años asi de claro y en todas la comisarias me dicen que retengo, en todas las noticias que desde las comisarias transmiten a la prensa dicen que retengo, en casi todas las academias en las que el profesor es un policia, que es en el 99%, el policía me dice que retengo, no hacen caso a lo que esta claramente escrito ¿y ahora me tengo que creer que se va a hacer caso a una interpretacion? 181 paginas hablando sobre lo mismo, si se borran los mensajes sobre eso, este tema se quedaría en nada, el cambio legislativo mas importante que hemos sufrido en los ultimos 20 años y nosotros aqui a vueltas con que somos o dejamos de ser porque donde dice digo quieren decir diego, lo dicho, no se si vomitar o ponerme a llorar, nos merecemos esto y mas por bobos y con esto zanjo la cuestión en este tema, ya hay un tema sobre esta cuestión , se acabo hablar sobre la interpretacion de si soy o no soy agente de la autoridad el que quiera seguir con eso aqui condicion-de-agente-de-la-autoridad-de-los-vs-en-nueva-ley-t121405.html , ahora el que tenga mas cosas que decir sobre la reforma de la ley que hable, mas cosas, que la ley es larga y nos afecta en muchísimas mas cosas. Por si a alguno se le olvida, o no lo sabe, en rojo soy moderador, aqui no se escribe mas sobre si soy no soy, interpreto o dejo de interpretar.

En cuanto a los auxiliares, lee bien, formar parte de las empresas de seguridad, ya son parte de las empresas de seguridad, ya son personal de seguridad y funciones como "la custodia de llaves" se han añadido, a las funciones de los ahora nuevos compañeros.


Continúe en la 186

toxxo escribió:
vsBUENO escribió:Pues esperemos que el reglamento no tarde 2 años como la última vez, pienso que si realmente se aplicase una uniformidad única seria una solución muy buena para combatir el intrusismo ya que todo el mundo sabria distinguir un vs de un trucho, y a la vez daria una sensación de más profesionalidad y cuerpo de seguridad, eso si, el miedo que tengo es que como el que diseñe la uniformidad sea el mismo que el de la placa ya nos veo de amarrillo fosforescente con topos blancos y nariz de payaso de dotación jajaja. .. :risitas: y a lo que dice emerito7 de crear jurisprudencia antes que salga el reglamento me imagino se refiere al artículo 31, lo veo una iniciativa genial, yo de momento me he encargado de pasar el enlace con la interpretación de emerito7 a varios compañeros aunque en mi servicio dadas las características hemos podido comprobar en juicios que siempre se nos ha considerado autoridad ante agresiones y desobediencias pero lo suyo es que sea absolutamente en todos los servicios cuando actuemos ante ilícitos como dice emerito7. . Espero que toxo no se enfade por hablar del 31 aqui que veo que es un tema del que está arto jajaja. . :risitas:


Pues si bastante harto de que una tema con cantidad de cambios lleve 182 paginas con un solo cambio que ni siquiera se ha producido, asi que si quieres seguir con ese tema lo haces aqui interpretacion-de-emerito7-de-a-a-de-los-vs-en-nueva-ley-t121405.html


189

toxxo escribió:1º Mucho moderador veo en este tema, igual el moderador se cansa y empieza a moderar mandando a alguno a su casa otra temporada.
2º No se para que sirve el botón de denuncia.
3º Este es un foro de opinión, con muchas opiniones, no solo las de algunos, si no sabéis respetar las opiniones de los demás con argumentos igual empieza a sobrar alguno.
4º También hay un botón de ignorar usuario.
5º Y las cuestiones personales por mensaje privado, SIN INSULTOS NI AMENAZAS.

Parece que alguno no se ha dado cuenta de que este foro va a volver a ser lo que era, respeto, buenas formas, pruebas, sentencias y debate sano, el que no acepte las normas tiene la puerta igual de abierta que cuando entro y si no sabe salir se le mostrara la salida.



190

toxxo escribió:
emerito7 escribió:A ver... y si nos tranquilizamos todos un poco?... creo que es obvio que pueda sentar mal que por a determinadas personas (muchas, basándonos en el porcentaje de foreros) se nos tache de "utópicos", mientras se dice que los que tienen la otra idea, son los realistas; así como que se nos diga que por tener determinada opinión, somos "clientes potenciales de las tiendas de carteras fantasía"... supongo que todos podemos entender que, cuanto menos, quien lo lea pueda llegar a entender que se le está menospreciando a él o a su opinión o su modo de verlo... tan válido como el de los demás. El error, creo, está en, además de expresar nuestra propia opinión, permitirnos valorar la de los demás, además, con bastante ligereza. Esto es un foro, y está para dar nuestra opinión, y para rebatir la de los demás si no estamos de acuerdo, pero sencillamente eso, dejando claro que no estamos de acuerdo y rebatiendo si lo creemos oportuno... pero no es correcto tachar a los demás de nada por tener una opinión distinta.
Yo abrí un hilo para intentar guiar a los compañero hacia EL CAMINO MÁS CONVENIENTE PARA NOSOTROS, además de haber constatado con anterioridad que dicha "teoría" no es solo una "teoría" mía, sino una idea que se tenía en ciertos sectores cuando "parieron" y modificaron la ley... los propios responsables de esta (toxxo, no tienes que irte muy lejos, quizás no hayas caído, pero en tu facebook tienes a alguien MUY cercano a uno de los "padres/madres" :silbando: de esta ley), y aún así, aunque las debata, respeto las opiniones de quienes discrepen conmigo (solo hay que ver el caso de bullfighter, JASAN, Quemasdá...), y no las tacho de nada, pero obviamente, me sentiré agraviado, cuando menos, cuando alguien me tache de algo que no me considero, solo por tener una opinión o una visión distinta a la suya.
Creo que no cuesta nada respetarnos unos a otros, sin por ello tener que dejar de seguir exponiendo nuestras opiniones y difiriendo y rebatiendo aquellas distintas a la nuestra cuanto sea necesario... pero siempre desde el respeto.

Un saludo.


Hace años que no abro el facebook.

Respeta tu ultima frase y veras como tienes menos problemas.

¿Bandos en el foro? no me gustan los bandos, pandillas, grupos y demás ... todos iguales y todos con respeto, alguno igual tiene que volver a leerse las normas de este foro, en concreto los articulos 25, 26 y el 30 punto 1 son de lo mas interesantes.
.



Y debajo de cada advertencia vuelta la burra al río, alguno se ha ido 7 días para casa, veremos si asi nos calmamos y empezamos a entender que en este tema se acabo lo de agentes de la autoridad funcionarios y demás, si reincidimos, la expulsión sera definitiva, el tema lo abriré mañana y asi doy tiempo para que alguno mas piense antes de escribir.
Art. 32 Para cualquier cuestión relativa a la moderación, póngase en contacto vía MP con el moderador o con los webmasters. http://www.foropolicia.es/foros/normativa-de-foropolicia-t43653.html Nemo patriam quia magna est amat, sed quia sua. Seneca
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Re: NUEVA LEY SEGURIDAD PRIVADA EN EL HORNO

Notapor toxxo » Jue Abr 03, 2014 12:23 pm


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Un día cerrado, lo vuelvo a abrir, espero que haya quedado claro de una vez para que es este tema.
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Re: NUEVA LEY SEGURIDAD PRIVADA EN EL HORNO

Notapor JASAN12 » Vie Abr 04, 2014 5:16 pm


Bueno a esperar que se publique en el Boe y que también salga el reglamento así hacemos las mejoras y los inconvenientes de la nueva ley
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Re: NUEVA LEY SEGURIDAD PRIVADA EN EL HORNO

Notapor cryber » Sab Abr 05, 2014 8:09 am


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Publicado en: «BOE» núm. 83, de 5 de abril de 2014, páginas 28975 a 29024 (50 págs.)
Sección: I. Disposiciones generales
Departamento: Jefatura del Estado
Referencia:BOE-A-2014-3649
http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2014-3649

Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Esta ley entrará en vigor a los dos meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley.
Madrid, 4 de abril de 2014.
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Re: NUEVA LEY SEGURIDAD PRIVADA EN EL HORNO

Notapor rubé » Sab Abr 05, 2014 9:59 am


Gracias cryber.

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Re: NUEVA LEY SEGURIDAD PRIVADA EN EL HORNO

Notapor A36 » Sab Abr 05, 2014 10:57 am


Botas Policiales Desde 52?

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Gracias cyber,
:okguay:

ya le estamos echando un ojo a la definitiva,
:aplauso:

por fin,
:silbando:

saludos
:victoria:
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Re: NUEVA LEY SEGURIDAD PRIVADA EN EL HORNO

Notapor Nitropp » Sab Abr 05, 2014 11:12 am


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cryber escribió:Publicado en: «BOE» núm. 83, de 5 de abril de 2014, páginas 28975 a 29024 (50 págs.)
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Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
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Re: NUEVA LEY SEGURIDAD PRIVADA EN EL HORNO

Notapor EL LOBO » Sab Abr 05, 2014 11:41 pm


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Igualdad y seguridad

Las graves consecuencias de la nueva ley de seguridad privada

04.04.2014 | 01:41


Igualdad y seguridad

Antonio Trevín Lombán Portavoz de interior del Grupo Socialista en el Congreso

El pasado día 20 de marzo el Congreso de los Diputados aprobó una nueva ley de seguridad privada. Desde ese día se posibilita que los españoles tengamos distinto nivel de seguridad.

Según diferentes estudios de opinión, la mayoría de los españoles aspiran a una sociedad que combine economía de mercado con democracia, derechos civiles y garantías sociales.

Pese a ello, el actual Gobierno parece empeñado en llevarnos a otra parte. Con el falso pretexto de la austeridad sigue sacrificando la equidad.

El rigor del gasto no debería significar el desmantelamiento de los servicios públicos. Es posible compaginar rigor en el gasto con asegurar su calidad. Algunas falsedades no deberían salir gratis.

Pero, además del gasto, el Estado del bienestar enfrenta en nuestro país la dicotomía público/privado, y hay áreas en las que el mercado no debería entrar, porque perjudica la vida democrática, según el profesor de Política y Justicia de Harvard Michael J. Sandel. En la seguridad, el dinero marca diferencias, cambia la relación entre los ciudadanos y la de éstos con los espacios públicos. Por eso, estamos en contra radicalmente de entregar al beneficio empresarial una buena parte de nuestra seguridad pública.

La desigualdad es un problema más allá de la pobreza. Cuando la brecha entre ricos y pobres se ensancha, las personas empiezan a vivir cada vez más separadas. En distintos barrios, distintas escuelas, distintos médicos, diferente seguridad. Dejan de convivir en los espacios públicos y crece el riesgo de dejar de sentirnos ciudadanos, miembros de una misma sociedad.

Esta ley nos coloca, además, ante nuevos desafíos.

Deberemos acostumbrarnos a la presencia de empresas de seguridad privada en el día a día de nuestras vidas. Y, sin embargo, esta norma carece de mecanismos legales para controlar sus incumplimientos o las violaciones de los derechos ciudadanos de forma efectiva.

El Gobierno aprobó un texto abriendo la actuación de la seguridad privada a las calles comerciales peatonales, como Milicias Nacionales. Se aprobó ampliándola a "espacios de uso común" que puedan delimitarse, es decir, amplias zonas como la comprendida entre las calles de Milicias Nacionales, Pelayo, Palacio Valdés y Posada Herrera, en torno a la calle Uría (Oviedo).

Dichas calles podrán ser patrulladas por vigilantes privados que atenderán preferentemente a quienes los hayan contratado. Con ello pierde el ciudadano de a pie, que, encima, podrá ser detenido, identificado y cacheado por los mismos.

Otra importante novedad es que posibilita al Gobierno a obligar a los organizadores de eventos a contratar seguridad privada. Desde una concentración cicloturista a una manifestación antigubernamental, pasando por los partidos del fútbol modesto o las maratones populares.

Para los que no adopten las medidas obligadas, la autoridad gubernativa prevé multas de 30.000 a 600.000 euros.

Esta ley convertirá, también y definitivamente, en moneda corriente la precarización laboral del sector.

Las empresas de seguridad tendrán ahora dos categorías. Los vigilantes y los auxiliares. Estos últimos podrán realizar tareas de ayuda o socorro, cobrarán menos y no generarán las mismas obligaciones para las empresas, ya que quedan fuera del control de Interior con esta norma.

La patronal de la seguridad privada está de enhorabuena. La ley grava más las sanciones económicas por infracciones del personal que las de las empresas, que además contarán con nuevos nichos de negocio:

- Los recintos exteriores de las prisiones y los CIES.

- La participación en la prestación de servicios encomendados a la seguridad pública.

- Las vías y los espacios de uso común de las urbanizaciones y polígonos industriales que se la puedan pagar.

- Las vías y espacios de uso común que se encuentren delimitados (cualquier calle o espacio público lo son y lo están).

- Las materias propias de la Protección Civil.

Y el anteproyecto de ley de seguridad ciudadana contempla, incluso, que puedan intervenir en la disolución de manifestaciones.

Esta norma es fruto de un trabajado pacto entre el Grupo Popular y el de Convergencia i Unió. Para el negocio siempre se ponen de acuerdo. Pero de lo que realmente importa, entre Cataluña y España, de eso no son capaces tan siquiera de hablar.

Necesitábamos una nueva ley de seguridad privada, pero no era ésta.

El Grupo Socialista la rechaza porque:

- Los ciudadanos pierden derechos democráticos y sociales.

- Se precarizan las condiciones laborales de los trabajadores.

- Y unas pocas empresas se enriquecerán.



http://www.lne.es/asturias/2014/04/04/i ... 66652.html
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Re: NUEVA LEY SEGURIDAD PRIVADA EN EL HORNO

Notapor Nitropp » Sab Abr 05, 2014 11:49 pm


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Algo tendran que decir los "sosialistas"....si no revientan!!

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Re: NUEVA LEY SEGURIDAD PRIVADA EN EL HORNO

Notapor cryber » Dom Abr 06, 2014 7:33 am


Edición 175 Aniversario Gc

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A ver, seamos un poco consecuentes, realmente sí se está privatizando la seguridad(sanidad, educación)...ahora bien, ¿que es una tendencia mundial? Pues sí, pero ser es....
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Re: NUEVA LEY SEGURIDAD PRIVADA EN EL HORNO

Notapor JASAN12 » Dom Abr 06, 2014 11:04 am



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Bueno ya salio la nueva ley ahora a esperar al reglemento y podemos hacer una valoración
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