toxxo escribió:vicalus escribió:¿De verdad creéis que dignificará nuestra profesión esa protección jurídica, teniendo en cuenta que la gente nos verá la mayor parte de nuestro tiempo supervisando calderas, temperaturas y climatizadores, acompañando y orientando visitantes, comprobando tickets y entradas, abriendo y cerrando puertas, dirigiendo el tráfico interno y ejerciendo de “gorrillas”?
Nos olvidamos que no todos los servicios se reducen a centros comerciales, eventos deportivos, renfe o metro; que la mayoría de vigilantes trabajan en lugares donde no se producen casi nunca ese tipo de intervenciones, y en las situaciones cotidianas no sirve para nada esa protección, porque por mucho que algunos se empeñen en decir lo contrario, casi siempre defendemos intereses privados, y a partir de ahora, se hará todavía más evidente. Esta es la verdadera complementariedad, no la que nos quieren vender para hacernos creer más altos y más guapos.
Esta ley solo sirve para externalizar una parcela de la seguridad pública, para abrir la puerta de par en par al intrusismo, para legalizar servicios y actividades que se vienen prestando desde hace años (permitido desde la más absoluta complicidad e inacción de las autoridades encargadas de velar por el cumplimiento de la ley), y para satisfacer los intereses particulares de los empresarios del sector y de los usuarios de seguridad privada. Punto. A nosotros solo nos ofrecen unas tristes gominolas edulcoradas, sin azúcar. Los verdaderos problemas y las auténticas necesidades de la profesión siguen sin resolverse. Se ha perdido una ocasión única para dar un salto cualitativo y han hecho bueno el dicho de que hay que cambiarlo todo para que todo siga siendo igual (de malo, claro está).
En fin, que nuestro futuro pasa por ser unos “dignos” supervisores y comprobadores, trabajadores con doble personalidad e identidad profesional: una para las grandes ocasiones y otra, para el día a día.
Por cierto, ¿alguien se ha fijado en este “pequeño” detalle?:
b) Las tareas de recepción, comprobación de visitantes y orientación de los mismos, así como las de comprobación de entradas, documentos o carnés, en cualquier clase de edificios o inmuebles, y de cumplimiento de la normativa interna de los locales donde presten dicho servicio.
¿Dónde ha quedado lo de
privados? Ahora que estas actividades se han regulado por ley, que nadie dude de que se va a utilizar este truco para eludirla. Se admiten apuestas.
Al fiiiinn alguien que se da cuenta de que el 90 por ciento de los servicios que prestamos no son en la vía pública o semipública o como leches lo quieran definir algunos y esto es muy simple, choro que entra, recinto cerrado, choro trincado, policía y a otra cosa mariposa ¿me hace falta ser agente de la autoridad para eso ? no, yo trabajo en un hospital, de cara al publico, el ultimo juicio por agresión a un compañero en el que estuve, una multa, pagar las costas y 2000 euros si 2000 con tres ceros, al compañero de indemnización, una simple bofetada, no somos agentes de la autoridad, 2000 euros ¿algun compañero de la publica agente de la autoridad ha recibido eso por una agresión hasta grave? no, ¿el que seamos agentes de la autoridad otra vez nos garantiza mas proteccion? no, todo depende de lo que el de negro quiera, siendo agente de la autoridad o capitán general ... ademas, volvemos a lo mismo, en el borrador lo ponían claro y lo han cambiado ¿porque lo han cambiado? nooo para no alarmar a la población ¿no alarmar a la población despues de como nos han puesto? para no dar que decir a la oposición ¿esa misma que me esta diciendo que soy un fascista? ¿o ese inspector de policia de uno de los sindicatos mas grandes de policía que sale por la tele diciendo a la gente que no obedezcan la ley y que se nieguen a identificarse ante nosotros? no nos lo han devuelto porque no les ha dado la gana y esta interpretacion magistral o no solo es eso, una interpretacion.
Repito lo mismo y nadie me contesta 20 años con la ley de seguridad privada y el reglamento de seguridad privada en el que dice textualmente que detenemos y si no lo hacemos a la calle, viene asi de claro articulo 151 del reglamento de seguridad privada, punto 5.
"La negativa a prestar auxilio o colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, cuando sea procedente, en la investigación y persecución de actos delictivos, en el descubrimiento y detención de los delincuentes o en la realización de las funciones inspectoras o de control que les correspondan, incluyendo:" 20 años asi de claro y en todas la comisarias me dicen que retengo, en todas las noticias que desde las comisarias transmiten a la prensa dicen que retengo, en casi todas las academias en las que el profesor es un policia, que es en el 99%, el policía me dice que retengo, no hacen caso a lo que esta claramente escrito ¿y ahora me tengo que creer que se va a hacer caso a una interpretacion? 181 paginas hablando sobre lo mismo, si se borran los mensajes sobre eso, este tema se quedaría en nada, el cambio legislativo mas importante que hemos sufrido en los ultimos 20 años y nosotros aqui a vueltas con que somos o dejamos de ser porque donde dice digo quieren decir diego, lo dicho, no se si vomitar o ponerme a llorar, nos merecemos esto y mas por bobos
y con esto zanjo la cuestión en este tema, ya hay un tema sobre esta cuestión , se acabo hablar sobre la interpretacion de si soy o no soy agente de la autoridad el que quiera seguir con eso aqui condicion-de-agente-de-la-autoridad-de-los-vs-en-nueva-ley-t121405.html , ahora el que tenga mas cosas que decir sobre la reforma de la ley que hable, mas cosas, que la ley es larga y nos afecta en muchísimas mas cosas. Por si a alguno se le olvida, o no lo sabe, en rojo soy moderador, aqui no se escribe mas sobre si soy no soy, interpreto o dejo de interpretar.En cuanto a los auxiliares, lee bien, formar parte de las empresas de seguridad, ya son parte de las empresas de seguridad, ya son personal de seguridad y funciones como "la custodia de llaves" se han añadido, a las funciones de los ahora nuevos compañeros.