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Vale, pero a mí, según lo que os leo, me surge la siguiente duda (y me interesa mucho el tema, porque en mi distrito está la complutense):
Z-9... para H-50, vaya usted a la facultad de derecho, nos llama una alumna que está en el aula XXXX, que nos dice que tiene problemas con unos compañeros del mismo aula (y nada más, que todos sabéis que normalmente las llamadas entran así).
Total, que allí va el Z-9.., y llega a la puerta de la facultad de derecho. Como yo al recinto, según exponéis, no puedo entrar sin el permiso del rector, le pido a H-50 que hable con requirente y que salga a la puerta que allí la esperamos.
H-50 me dice que la requirente no le coge el teléfono. Así pues, me entrevisto con personal de la universidad, y les pido que por favor localicen al rector para que nos autorice a entrar y dirigirnos al aula XXXX. Y pasa a)El rector no está ni se le puede localizar, o b)se le localiza y niega el permiso. Explico el motivo de nuestra presencia allí y nadie sabe nada, ni nadie colabora con nosotros en comprobar los hechos ni localizar a la alumna.
¿Qué hago yo? Porque delito flagrante no hay. Desde luego que se puede estar produciendo, la pueden estar apaleando, robando, etc, pero ni mucho menos es un delito flagrante (de hecho todos sabemos que el 90% de estas llamadas son milongas tipo "es que me llamó gorda dando voces y me ofendí toda"). ¿Me lavo las manos? ¿Pero y si la mata? ¿Entro, bajo mi responsabilidad, y me expongo a que sea una milonga gigantesca y encima me crujan?
(Sí, ya sé, llamada al jefe, y que lo arreglen las altas esferas, pero como pase algo, al final me van a encuernar a mí o intentarlo, que esto es España y siempre se intentan follar al de abajo).