NORMATIVA DE FOROPOLICIA

Todos los ámbitos relacionados con el mundo de la Policía.

Moderador: Moderadores Zonales

Reglas del Foro
Este foro está CERRADO, visita y participa en nuestro nuevo foro en: https://www.foropolicia.es.

Por decisión de la administración en este foro ya no se podrán escribir temas ni mensajes nuevos y solo permanecerá abierto a efectos de consulta. Si quieres saber los motivos de este cambio pincha aquí.

Para cualquier información, pregunta o duda puedes enviarnos un e-mail a info@foropolicia.es

Re: NORMATIVA DE FOROPOLICIA

Notapor webmaster » Mar Abr 21, 2009 8:27 pm


¿Que es foropolicia?

Foropolicia es un sistema gratuito de foros que, bajo el lema del compañerismo y la igualdad entre cuerpos, ve la luz como proyecto sin ánimo del lucro el 25 de Marzo del año 2006, teniendo una rápida aceptación entre los usuarios del sector.

Foropolicia es básicamente un punto de encuentro para todas aquellas personas interesadas en el ámbito policial así como el de la seguridad, pública o privada.

¿Cuál es el objetivo del foropolicia?

Nuestro principal objetivo es hacer de nuestro foro un sitio de reunión, encuentro y disfrute en el que intercambiar ideas, opiniones y conocimientos bajo el prisma del respeto y la tolerancia entre compañeros.

Nuestro fin último es formarnos e informarnos como profesionales, mejorar la imagen de la institución policial ante la sociedad y en definitiva, ensalzar y dignificar la profesión policial así como aquellas otras relacionadas con la seguridad.

El compañerismo como lema…

El diccionario de la Real Academia Española (RAE) define compañerismo como “Vínculo que existe entre compañeros” y “Armonía y buena correspondencia entre ellos”, el compañerismo es el lema de nuestro foro.

Ante todo somos compañeros y por lo tanto la armonía y buena correspondencia entre los usuarios del foro, independientemente del cuerpo al que pertenezcan o las funciones que desarrollen, es fundamental.

Este foro fue concebido desde el primer día como un lugar heterogéneo y multidisciplinar que agrupara en un mismo punto todas las profesiones y profesionales relacionados con el ámbito policial y de la seguridad pública o privada.

Pero en nuestro foro no solo tienen voz los compañeros, nuestro foro es un foro abierto a todo el mundo y por lo tanto cualquier ciudadano puede registrarse y participar en él.
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Exposición de Motivos

Notapor webmaster » Mar Abr 21, 2009 8:34 pm


Acceso al cuerpo de policía autonómica del País Vasco

nola2hurtu.eus
Exposición de Motivos

Este foro forma parte de la sociedad en la que usted vive, igual que existen una serie de normas administrativas, civiles, laborales, conductuales, sociales y legales que ha de cumplir en la vida real, este foro tiene su propia normativa que todos los usuarios están obligados a conocer y cumplir.

Por este motivo nuestro foro se ha de regir y se rige por un conjunto de normas que, bajo los fines de convivencia y paz social, permitan a todo el mundo disfrutar de él, sin que nadie, dentro de la lógica razonable, pueda sentirse ofendido, intimidado o molesto por su contenido.

Desgraciadamente no es poca la gente que, basándose en el anonimato y la impersonalidad que ofrece internet, utilizan este medio como difusor de comportamientos, conductas, ideas o expresiones que en la vida real no manifestarían por temor a las represalias de diverso índole que podrían acarrearles.

La normativa que a continuación se expone se basa en la lógica y el sentido común, debiendo su actual existencia al resultado de la experiencia vivida desde la creación del foro.

Dicha normativa no debe ser interpretada como un elemento represivo, pues si bien coarta la libertad individual de cada usuario lo hace en beneficio del conjunto, no hay que olvidar que la temática del foro es especialmente delicada y por ello requiere un tratamiento y una normativa más específica y contundente que en otros foros de internet, dotando con todo ello de gran profesionalidad y seguridad al foropolicia.

No olvidemos pues que esto es un foro policial, por tanto nuestro comportamiento debe ser más prudente y moderado que en otros foros. Especialmente cuando alguien haga ostentación de pertenecer a alguna Fuerza y Cuerpo de Seguridad debe tener en cuenta que su actuación en el foro puede ser observada por diversidad de personas que podrían extrapolar sus ideas o actitud a la generalidad del cuerpo o institución que represente.

Como hemos dicho nuestra finalidad es mejorar la imagen de la institución policial ante la sociedad así como ensalzar y dignificar tanto la profesión policial como aquellas otras relacionadas con la seguridad, por tanto es objetivo y obligación de cada usuario del foro cumplir en el fomento de estas premisas así como de crear un sitio de reunión, encuentro y disfrute en el que intercambiar ideas, opiniones y conocimientos bajo el prisma del respeto y la tolerancia entre compañeros.
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CAPITULO I De la aplicación de la presente normativa

Notapor webmaster » Mié Abr 22, 2009 10:25 pm


SECCIÓN I Reglas Generales

CAPITULO I De la aplicación de la presente normativa

Artículo 1

Todos los usuarios de foropolicia están obligados a conocer, aceptar y cumplir la presente normativa.

Artículo 2

Todos los usuarios tienen derecho a participar en la aplicación de la presente normativa denunciando, a los moderadores y administradores, aquellos mensajes que a su juicio la violen o quebranten.

Para tal fin aquel usuario que desee comunicar a los moderadores y/o administradores un mensaje que a su juicio contradice la presente normativa debe pulsar el botón “Reportar este Mensaje” que encontrará en la esquina inferior derecha de cada mensaje publicado, dicho icono se representa con un botón en cuyo interior se encuentra una exclamación tal y como muestra la siguiente imagen:

Imagen

Artículo 3

Los únicos usuarios competentes para amonestar y sancionar aquellos comportamientos que contravengan la presente normativa son los moderadores y administradores de foropolicia.
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CAPITULO II De las amonestaciones y expulsiones

Notapor webmaster » Mié Abr 22, 2009 10:32 pm


Fundas Para Arma Corta

desenfunda.com
CAPITULO II De las amonestaciones y expulsiones

Artículo 4

Las amonestaciones y expulsiones a adoptar en cada caso se fundamentan en:

1. Trastorno que el quebranto de la norma a supuesto al foro o a sus usuarios.
2. Gravedad de los hechos cometidos.
3. Conducta dolosa en el quebranto de la norma.
4. Circunstancias en las que se ha producido el hecho.
5. Reincidencia en el quebrantamiento de la misma o distinta norma.
6. Antecedentes de amonestaciones.
7. Denuncias efectuadas contra el usuario.
8. Tiempo trascurrido desde la última amonestación recibida.
9. Trayectoria del usuario en el foro.
10. Antigüedad del usuario en el foro.

Artículo 5

1. Los usuarios que incumplan la presente normativa serán amonestados por los moderadores o administradores del sistema mediante falta leve, grave o muy grave.

2. Las faltas leves se producirán cuando el hecho o norma quebrantada haya resultado de escasa entidad o cuando, por los hechos y circunstancias que rodean al caso concreto, no se pueda apreciar dolo o mala fe en el usuario que quebrantó la norma.

3. Las faltas graves se producirán cuando el hecho o norma quebrantada haya resultado de gran entidad o cuando, por los hechos y circunstancias que rodean al caso concreto, se pueda apreciar dolo o mala fe en el usuario que quebranto la norma, así como aquellos casos en los que el usuario continúe infringiendo una norma por la que ya fue sancionado con falta leve.

4. Las faltas muy graves llevan aparejada la expulsión del foro, temporal o permanente, y se producirán cuando:

1. El hecho o norma quebrantada haya supuesto un gran perjuicio para el foro o para sus usuarios y por los hechos o circunstancias que rodean al caso concreto se pueda apreciar dolo o mala fe en el obrar del usuario que quebrantó la norma.

2. Tras repetidas y oportunas amonestaciones el usuario, haciendo caso omiso a las mismas, continúe infringiendo la misma norma u otras distintas por las que ya hubiera sido amonestado al menos una vez con falta grave.

5. La expulsión de un usuario es la última medida a tomar por los moderadores y administradores del foro, esta medida se produce como último recurso ante el continuo quebranto de las normas por parte de un usuario y el caso omiso a las amonestaciones recibidas.

6. Como quiera que el historial de denuncias y amonestaciones de un usuario es privado y de acceso exclusivo al equipo de moderadores, son estos pues los únicos que cuentan con toda la información como para tomar la decisión final sobre la expulsión.

Artículo 6

1. Los usuarios expulsados no podrán volver al foro con su mismo nombre de usuario, ni volver a registrarse con otro distinto, si no en virtud de autorización expresa del Administrador o Webmaster.

2. Los usuarios expulsados de los cuales se tenga certeza sin ningún género de dudas que se han vuelto a registrar en el foro con otro nombre de usuario serán expulsados inmediatamente del mismo.
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CAPITULO I Del Administrador

Notapor webmaster » Mié Abr 22, 2009 10:36 pm


HECKLER & KOCH SFP9 9mm x 19

Diseñada para profesionales
uspsuministros.com
SECCIÓN II Del Administrador y los Moderadores

CAPITULO I Del Administrador

Artículo 7

El Administrador o Webmaster de foropolicia es el dueño y máximo responsable del foro, a él le competen todos los asuntos relacionados con el foro y sus usuarios, pudiendo ser localizado a través de la dirección de e-mail info@foropolicia.es

Artículo 8

El Administrador podrá delegar parte de sus funciones en determinados usuarios de su confianza y en los que recaerá el titulo de Moderador.
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CAPITULO II De los Moderadores

Notapor webmaster » Jue Abr 23, 2009 7:16 pm


Gafas Polarizadas 5.11

militariapiel.es
CAPITULO II De los Moderadores

Artículo 9

Los Moderadores son usuarios en quienes delega el Administrador, en ausencia o como apoyo a las labores del mismo, la facultad de aplicar la normativa del foro y dirigir o presidir los debates del foro mediante intervenciones de carácter resolutorio y/o sancionador en cuanto a amonestaciones o expulsiones de usuarios.

Artículo 10

La finalidad de los moderadores será la de fomentar el buen funcionamiento y mantenimiento del foropolicia, para ello deberán basar su actuación en los principios de legalidad, congruencia, oportunidad, proporcionalidad, imparcialidad y responsabilidad en el ejercicio de sus funciones.

Artículo 11

1. Cualquier abuso de un moderador en el ejercicio de sus funciones o la deslealtad hacia el resto de usuarios, moderadores o hacía el propio administrador supondrá la pérdida de confianza en esté y su cese inmediato del cargo de moderador.

2. También supondrá el cese inmediato del cargo de moderador aquel que haga uso de las facultades que le han sido conferidas en beneficio propio, en perjuicio de terceros, de forma malintencionada, con afán de venganza o de cualquier manera que pueda causar un perjuicio al foro o a sus usuarios.
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CAPITULO I De las ofensas y ataques

Notapor webmaster » Jue Abr 23, 2009 7:19 pm


Curso Online Psicotécnicos

joyfepolferes.es
SECCIÓN III De las infracciones

CAPITULO I De las ofensas y ataques

Artículo 12

1. El que ofenda a uno o varios usuarios será amonestado atendiendo a la gravedad de la ofensa y a las circunstancias en las que esta se hubiere producido.

2. Se considerará ofensa a estos efectos el hecho de insultar, criticar, atacar, difamar, ridiculizar o descalificar a un usuario o conjunto de usuarios, incluyéndose el uso del sarcasmo, la burla encubierta o la socarronería para alcanzar tales fines.
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CAPITULO II Del contenido de los Mensajes y Temas

Notapor webmaster » Jue Abr 23, 2009 7:33 pm


Gc Edicion 175 Aniversario

gafaspolicia.com
CAPITULO II Del contenido de los Mensajes y Temas

Artículo 13

El que publique mensajes, expresiones o imágenes que atenten contra la ley, el orden, la dignidad de las personas, las buenas costumbres o que de cualquier otro modo resulten de mal gusto o puedan herir la sensibilidad de los usuarios será amonestado atendiendo a la gravedad de los hechos y a las circunstancias en las que estos se hubieren producido.

Artículo 14

1. El que publique mensajes conflictivos con el fin de crear malestar entre los miembros del foro o provocar enfrentamientos entre los usuarios será amonestado atendiendo a la gravedad de los hechos, a las circunstancias en las que estos se hubieren producido así como al efectivo malestar o enfrentamiento generado.

2. Cuando con dicho mensaje se haya generado de forma gravemente efectiva malestar o enfrentamientos entre los miembros del foro esta conducta será sancionada siempre como grave o muy grave.

Artículo 15

El que mediante mensajes, actos, expresiones o imágenes cause o pueda llegar a causar menoscabo al prestigio de cualquier corporación policial, grupo de miembros del foro o cualesquiera otros grupos sociales y profesionales, será amonestado atendiendo a la gravedad de los hechos y a las circunstancias en las que estos se hubieren producido.

Artículo 16

1. El que ataque a cualquier cuerpo policial, grupo profesional del foro o cualesquiera otros grupos sociales y profesionales, más allá de las legítimas críticas a actuaciones y situaciones concretas, será amonestado atendiendo a la gravedad de los hechos y a las circunstancias en las que estos se hubieren producido.

2. Estos hechos se considerarán especialmente graves cuando dicho ataque conlleve una generalización descalificatoria hacia dichos cuerpos o grupos buscando con ello el desprestigio de la institución, del grupo y/o de sus integrantes.

Artículo 17

1. El que publique datos, imágenes o informaciones que contengan datos de carácter personal, privado o de los cuales tenga conocimiento por razón del oficio o cargo que ostente, siempre y cuando dichos datos, imágenes o informaciones supongan un acceso público a información restringida que ponga o pueda poner en riesgo la seguridad, operatividad o imagen de una determinada institución o servicio, será amonestado atendiendo a la gravedad o privacidad de la información, imágenes o datos publicados así como a los fines con los que estos se hubieran hecho públicos.

2. Aquel usuario que en Foropolicía divulgue o mencione nombres de aplicaciones policiales, turnos de servicio, horarios de los mismos, nominaciones de indicativos policiales, número o composición de unidades policiales o cualesquiera otra información que afecte a la operatividad de cualquier Cuerpo Policial, siempre será sancionado con FALTA GRAVE o MUY GRAVE, dependiendo de la sensibilidad de la información revelada.

Artículo 18

1. El que, abusando de la buena fe de los usuarios, publique mensajes, datos o informaciones de cualquier tipo con conocimiento de que estos son manifiestamente falsos, o de cualquier otro modo no haga honor a la verdad en sus participaciones, todo ello con la finalidad de inducir a error a los usuarios o de beneficiarse de algún modo, será amonestado atendiendo a la gravedad de los hechos y a las circunstancias en las que estos se hubieren producido.

2. Se considerará especialmente graves aquellos casos en los que un usuario manifieste pertenecer a un colectivo del cual no forme parte realmente.

Artículo 19

El que publique mensajes publicitarios de tipo spam en un foro distinto al “Tablón de Anuncios", o aún publicándolos en ese foro lo haga de forma redundante o reiterada o haga publicidad encubierta mediante cualquier forma o método será amonestado atendiendo a la gravedad de los hechos y a las circunstancias en las que estos se hubieren producido.

Artículo 20

El que publique imágenes, críticas, opiniones o cualquier otro tipo de mensaje deliberadamente hostil o sin ningún propósito constructivo será amonestado atendiendo a la gravedad de los hechos y a las circunstancias en las que estos se hubieren producido.

Artículo 21

1. El que publique uno o varios mensajes provocativos pensados especialmente para generar respuestas negativas, hostiles o insultantes de los usuarios, fomentando así un mal ambiente dentro del foro, será amonestado atendiendo a la gravedad de los hechos y a las circunstancias en las que estos se hubieren producido.

2. Especialmente grave se considerará la publicación de mensajes de contenido político y partidista, o se ataque cualquier ideología política o religiosa, contraviniendo el deber de imparcialidad y neutralidad que rige para los miembros de las Fuerzas de Seguridad y que se extiende a éste foro.

Artículo 22

El que publique mensajes con excesivas o intencionadas faltas ortográficas o gramaticales, así como texto del tipo lenguaje SMS, o que de cualquier otra manera publique mensajes que resulten difícilmente legibles o interpretables, será amonestado atendiendo a la intencionalidad de los hechos y a las circunstancias en las que estos se hubieren producido.

Artículo 23

El que empleare en sus mensajes, bien de forma excesiva o como costumbre, colores, tamaños, letras mayúsculas o formato de texto enriquecido con el fin de hacerlos ilegibles o resaltarlos y diferenciarlos del resto llamando así la atención de los usuarios sobre los mismos, será amonestado atendiendo a la intencionalidad de los hechos y a las circunstancias en las que estos se hubieren producido.

Artículo 24

1. El idioma oficial del Foro es el castellano, el que con la finalidad de dificultar su lectura o interpretación escriba o publique mensajes en cualquier otro idioma, lengua o dialecto, siempre y cuando no lleven su correspondiente traducción al castellano, será amonestado atendiendo a la intencionalidad de los hechos, al contenido del mensaje y a las circunstancias en las que estos se hubieren producido.

2. Se podrán por ello escribir mensajes en cualquier dialecto, idioma o lengua siempre y cuando lleven su correspondiente traducción al castellano.

3. Las palabras sueltas en otras lenguas, idiomas o dialectos usadas de forma coloquial o generalmente reconocidas no se considerarán mensajes a estos efectos siempre y cuando el mensaje original pueda ser fácilmente interpretado por un castellano parlante.

4. En aquellos foros de oposición a cuerpos de policía autonómicos cuyas pruebas de acceso se redacten en una lengua distinta al castellano, se podrán publicar partes del temario, test o preguntas de examen redactadas en la lengua utilizada para realizar dichas pruebas, sin que sea necesario acompañar la correspondiente traducción al castellano.

Artículo 24.bis

En los mensajes abiertos con el fin de difundir una noticia o cuyo contenido sea copiado o extraído de otro medio de comunicación o página web, será obligatorio el citar al autor o la fuente de la noticia con un enlace directo a la misma. Asimismo es recomendable que, si es posible, al abrir éste tipo de hilos no se ponga solo el enlace a una noticia, sino que se copie y pegue el texto de la misma en el post abierto a fin de facilitar la lectura de la misma en el foro.
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CAPITULO III De la forma del mensaje o tema

Notapor webmaster » Jue Abr 23, 2009 7:37 pm



foropolicia.es
CAPITULO III De la forma del mensaje o tema

Artículo 25

El que publique de forma repetida temas o mensajes en un mismo foro o en distintos, siempre y cuando el contenido de todos ellos sea sustancialmente el mismo, será amonestado atendiendo al contenido del tema y el número de repeticiones del mismo.

Artículo 26

El que se auto contestase un tema o mensaje para que este suba posiciones en el foro y así se mantenga a la vista de los usuarios será amonestado atendiendo al contenido del tema y el número de veces que se haya auto contestado.

Artículo 27

Los hechos de los dos artículos anteriores se considerarán especialmente graves cuando la finalidad de los mismos redunde o pueda redundar en beneficio del usuario que ha quebrantado la norma, especialmente cuando se trate de mensajes comerciales o publicitarios de cualquier tipo.
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CAPITULO IV De los usuarios

Notapor webmaster » Jue Abr 23, 2009 7:41 pm


Cartera Guardia Civil

Fabricada en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
CAPITULO IV De los usuarios

Artículo 28

1. Los usuarios deben mostrar un comportamiento profesional y comedido dentro del foro, por ello debe primar el buen compañerismo, el mutuo respeto y la tolerancia, criticando de manera positiva y debatiendo las ideas u opiniones sin atacar a las personas.

2. Aquellos usuarios que demuestren una actitud contraria e incompatible a los valores y objetivos del foropolicia, mostrando un comportamiento basado en la intolerancia, la falta de respeto y/o compañerismo, la prepotencia o de cualquier otro modo muestren un comportamiento vil, soez, traicionero, deshonroso, falto de valores o escrúpulos, con tendencias extremas o ideas radicales, cuya palabra se base en el ataque y la descalificación continua de personas o grupos y que en definitiva, cuya participación se ciña estrechamente a generar un mal ambiente dentro del foro a través de críticas o intervenciones destructivas o irrespetuosas serán directamente expulsados.

Artículo 29

Los nuevos usuarios registrados en situación de prácticas estarán sometidos a un especial control en el cumplimiento y seguimiento de la presente normativa, así como a una menor tolerancia en el quebrantamiento de la misma, ello atendiendo a localizar y evitar desde el inicio aquellos comportamientos y actitudes contrarios al buen orden del foro.

Artículo 30

Será objeto de expulsión inmediata el usuario al que de forma objetiva se le evidencie:

1. La intencionalidad de crear una situación de conflicto, desavenencias o problemas dentro del foro, interrumpiendo el normal desarrollo del mismo y causando un grave trastorno a los usuarios.

2. El que continuamente escriba mensajes incendiarios, sarcásticos, disruptivos o humorísticos destinados a arrastrar a los demás usuarios a una confrontación infructuosa.

3. El que mediante mensajes groseros u ofensivos tenga por finalidad interrumpir el correcto desarrollo de un tema o enfadar a sus participantes.

4. El que intente aprovecharse de los recursos y usuarios del foro sin aportar nada a cambio.

5. El usuario que se haga pasar por otro miembro, usuario o persona distinta a la que es en realidad.

6. El usuario que esté registrado con dos o más nombres de usuario dentro del foro haciéndose pasar por personas distintas con cada uno de ellos.

7. El usuario que muestre una total falta de respeto hacia las normas o hacia la autoridad de los moderadores o administradores.

Artículo 31

El usuario que haga uso falso, abusivo o arbitrario del botón "Reportar este Mensaje" sobrecargando de trabajo innecesariamente a los moderadores o administradores del foro, siempre y cuando el hecho se produzca por venganza, revancha o enemistad y cuando no
medie razón lógica para denunciar, será amonestado atendiendo a la finalidad de los hechos y a las circunstancias en las que estos se hubieren producido.
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CAPITULO V De la falta de respeto a los Moderadores o al Adm

Notapor webmaster » Jue Abr 23, 2009 7:45 pm


CAPITULO V De la falta de respeto a los Moderadores o al Administrador

Artículo 32

1. El usuario que no esté conforme con una decisión tomada por un moderador o administrador deberá comunicárselo a este mediante mensaje privado o correo electrónico exponiendo sus alegaciones, suplicas, desacuerdos o reclamaciones al respecto de la decisión adoptada.

2. Solo en caso de desacuerdo irresoluble el usuario podrá ponerse en contacto con el administrador o Webmaster del foro, mediante mensaje privado o correo electrónico a las direcciones info@foropolicia.es, a fin de que estos resuelvan de forma imparcial el conflicto generado entre moderador y usuario.

Artículo 33

1. El usuario que haga frente públicamente a las decisiones tomadas por el Administrador o sus moderadores será amonestado atendiendo a la gravedad de los hechos y a las circunstancias en las que estos se hubieren producido.

2. Especialmente grave se considerará el hecho de hacer frente públicamente contra una decisión de expulsión llevada a cabo por los moderadores o administradores del foro, más aún teniendo en cuenta el desconocimiento de los usuarios sobre las amonestaciones y advertencias previas realizadas contra el usuario expulsado y el historial de denuncias que le consta al mismo.

Artículo 34

1. Cuando un usuario, además de hacer frente a la decisión del Administrador o sus Moderadores, haga un acto o llamamiento público al resto de usuarios para que se unan en rebelión contra la decisión tomada, dicho usuario será expulsado.

2. También será expulsado el usuario que haga llamamiento a la rebelión de forma encubierta o conspirada.

Artículo 35

Los usuarios que en grupos determinados y mediando conspiración o confabulación hagan frente común en rebelión contra una causa o decisión adoptada por el Administrador o sus Moderadores en el ejercicio de sus competencias serán gravemente amonestados.
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CAPITULO I Del contenido y la temática

Notapor webmaster » Jue Abr 23, 2009 7:49 pm


SECCIÓN VI De la profesionalización del foro

CAPITULO I Del contenido y la temática

Artículo 36

1. El foropolicia se declara un foro profesional cuya amplia temática abarca cualquier ámbito relacionado con la seguridad pública o privada.

2. Bajo dicho amparo se debe evitar la publicación y propagación de temas ajenos al ámbito policial, a la seguridad pública o privada o aquellos cualesquiera que no afecten de algún modo a la temática del foro, evitando así la ralentización, saturación y mal desarrollo del foro.

Artículo 37

1. El que publique temas o mensajes ajenos al ámbito policial, a la seguridad pública o privada o aquellos cualesquiera que no afecten de algún modo a la temática del foro, saturando así el contenido del mismo y dificultando la profesionalización, avance y localización de los temas de interés real, ralentizando y saturando el contenido del foro, serán amonestados atendiendo a la intencionalidad del usuario y a las circunstancias en las que estos hechos se hubieren producido.

2. Se considerará además muy grave la publicación de temas que por su contenido causen o puedan causar discusiones y enfrentamientos ideológicos o de cualquier índole entre los usuarios.

Artículo 38

El que publique nuevos temas con un título que no coincida con el contenido del tema, los titule con palabras o nombres genéricos o los titule de cualquier otro modo que no se pueda apreciar el contenido del nuevo tema creado sin tener que abrirlo, dará derecho a los moderadores para editar el título del nuevo tema abierto adaptándolo al contenido y en su
caso, para amonestar al usuario que lo tituló de aquella manera.
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CAPITULO II Del diseño e imágenes del foro

Notapor webmaster » Jue Abr 23, 2009 7:54 pm


Curso Acceso Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
CAPITULO II Del diseño e imágenes del foro

Artículo 39

1. Queda prohibido subir al servidor de imagenes de foropolicia aquellas cuyo contenido sea ajeno a la temática policial, contrarias a la presente normativa, de contenido sexual o que se encuentre amparadas por derechos de autor, propiedad intelectual o industrial.

2. La libertad y flexibilidad existente en cuanto a las imágenes de avatares, pies de firma y las contenidas en los mensajes queda limitada a determinadas características técnicas con el fin de aumentar la velocidad del foro y evitar el desencuadre de los temas y contenidos del mismo así como la dificultad de su lectura, pudiendo ser eliminadas sin previo aviso las imágenes que incumplan las características que a continuación se señalan:

-Los avatares deberán tener un tamaño máximo de 200x200 pixels y un peso menor
a 100 Kb.

-Las imágenes localizadas en los pies de firma de cada usuario deberán tener en cualquier caso un tamaño igual o inferior a 500 pixels de ancho por 150 pixels de alto con un peso menor a 100 Kb.

-Las imágenes publicadas en los mensajes deben tener un tamaño máximo de 500x500 pixels y un peso menor a 500 Kb.
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CAPITULO I De la Legislación aplicable al Foro

Notapor webmaster » Jue Abr 23, 2009 8:01 pm


Boligrafo Kubotan

28?
materialpolicial.com
SECCIÓN VI De la Legislación

CAPITULO I De la Legislación aplicable al Foro

Artículo 40

Este foro y todos sus usuarios quedan sometidos a la legislación española y comunitaria en materia penal, civil, administrativa o disciplinaria por todos aquellos hechos cometidos dentro del foro, o por cualesquiera otros en los que el foro hubiera sido utilizado como medio o parte para cometer un ilícito penal, civil, administrativo o disciplinario.

Artículo 41

Los usuarios son directamente responsables de forma penal, civil, administrativa o disciplinaria por aquellos mensajes que publiquen o por el uso que hagan del foropolicia.

Artículo 42

El administrador o Webmaster de foropolicia colaborará con aquellas instituciones oficiales del Estado para la persecución de cualquier tipo de ilícito penal, civil, administrativo o disciplinario facilitando cuantos datos sean de interés para la localización e identificación de los usuarios implicados en tales ilícitos.

Artículo 43

El administrador o Webmaster se reserva el derecho de emprender las acciones legales que estime oportunas contra el usuario o usuarios que utilicen el foropolicia para cometer cualquier tipo de ilícito penal, civil, administrativo o disciplinario, dando debida cuenta de ello a las autoridades competentes.
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