Multa exceso de peso carnet tipo B

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Multa exceso de peso carnet tipo B

Notapor Laurammar » Vie Jul 06, 2012 1:42 pm


Navaja Tactica Rui

militariapiel.es
Buenos días, quería comentar una duda con mi remolque.

Tengo un nissan patrol 6 cilindros corto, y un remolque de caballos. El peso del conjunto es de 3525Kg, osea, me excedo 25 kg del limite de mi carnet, tipo B. (Coche2425Kg y remolque +carga 1100). Antes tenia otro todoterreno que pesaba más y me he dado cuenta de este echo. Hay alguna tolerancia en el peso máximo, quiero decir, me excedo menos del 1%. Se que hay unas pruebas para validar mi carnet hasta 4250Kg y no es problemas pues llevo años conduciendolos, pero me ahorraría el dinero que ahora mismo no me sobra. Un saludo

Sino cuantos puntos y multa me pueden caer. Gracias
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Laurammar
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Re: Multa exceso de peso carnet tipo B

Notapor Usgo » Dom Jul 15, 2012 3:40 pm


¿Quieres ser Policía Nacional?

Prepárate con los mejores
joyfepolferes.es
http://es.wikipedia.org/wiki/Autorizaci ... os#B_.2B_E


B
Edad mínima para obtenerlo: 18 años

Habilita la conducción por la vía pública de:
Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.

Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.
Triciclos y cuatriciclos de motor:

Hasta los veintiún años cumplidos no autorizará a conducir triciclos de motor cuya potencia máxima exceda de 15 kW.
Las personas que estén en posesión del permiso de la clase B en vigor, con una antigüedad superior a 3 años (BOE 138), podrán conducir (en España) las motocicletas cuya conducción autoriza el permiso de la clase A1.

Para la conducción de vehículos que realicen transporte escolar o transporten materias peligrosas se precisará una autorización especial.

Para obtener esta clase, la ley exige aprobar 2 exámenes:
Teórico de circulación vial
Práctico de circulación en vía pública

La obtención de este permiso NO implica la concesión del A2, A, BTP, C1, C, D1, D, E. La obtención de este permiso SÍ implica la concesión del AM.

Vehículos agrícolas y vehículos especiales
Se requerirá el permiso de la clase B para conducir vehículos especiales no agrícolas o conjuntos de los mismos cuya velocidad máxima autorizada no exceda de 40 km/h o que transporte personas cuando el número de personas transportadas incluido el conductor no exceda de 9.
Los vehículos especiales agrícolas autopropulsados o conjuntos de los mismos, cuya masa o dimensiones máximas autorizadas no excedan de los límites establecidos para los vehículos ordinarios se podrán conducir con el permiso de la clase B, o con la licencia de conducción si el número de personas transportadas no es superior a 5, incluido el conductor.

Se requerirá permiso de la clase B cuando tengan una masa o dimensiones superiores a las indicadas anteriormente o que transporten a más de 5 personas sin exceder de 9, incluido el conductor.

B + E
Edad mínima para obtenerlo: 18 años
Autoriza para conducir conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque o semirremolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 3500 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.


http://www.autoescuelasasociadas.org/no ... 260210.pdf

El permiso B Código 96, autoriza a llevar Remolque mayor a
750 Kg. siempre que la MMA del conjunto exceda de 3.500 Kg.
sin superar los 4.250 Kg.
Usgo
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Re: Multa exceso de peso carnet tipo B

Notapor Usgo » Dom Jul 15, 2012 3:53 pm


Edición 175 Aniversario Gc

gafaspolicia.com
CON 1 1 5C Conducir un vehículo con un permiso o licencia que no le habilita para ello. 500€ 250€


Creo que te sale más rentable sacarte el permiso necesario...
Que triste pensar sólo en la sanción, no en hacer lo conveniente...
Usgo
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